Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 193 de 04/10/2018

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Consejería de Fomento y Vivienda

Resolución de 1 de octubre de 2018, de la Delegación Territorial de Fomento y Vivienda de Jaén, expediente de Expropiación Forzosa con motivo de la obra que se cita.

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ANTECEDENTES

Primero. Con fecha 9 de mayo de 2017 se aprueba el proyecto de construcción «Mejora de la Ctra. A-317 desde el Puente de Aguadero hasta Cortijos Nuevos». Clave 02-JA-2219-0000-SV. El 11 de mayo por orden de la Dirección General de Infraestructuras se ordena la iniciación del expediente de expropiación necesario para obtener la plena posesión de los terrenos que se requieren para la ejecución de las obras mencionadas.

En la separata de expropiaciones del proyecto figura la relación individualizada de terrenos necesarios. Al estudiar esta información se comprueba que la totalidad de las parcelas afectadas ya habían sido objeto de expropiación anteriormente, en concreto, con motivo del proyecto aprobado el 25 de mayo de 2010 denominado «Nuevo Puente del Aguadero en la A-317 y acondicionamiento hasta Cortijos Nuevos» Clave 2-JA-1569-0000-PC.

Comparando ambos proyectos se comprueba que en realidad el proyecto aprobado en 2017 es parte del aprobado en 2010, coincidiendo los trazados y superficies a ocupar. Más exactamente de la comparación parcelas a expropiar que figuran tanto en la relación de 2010 como en 2017, se constata que algunas coinciden exactamente, mientras que en otras la superficie del proyecto de 2010 es algo mayor que la que figura en el nuevo proyecto.

Segundo. Respecto al proyecto con núm. clave 1569 aprobado en 2010, esta Delegación tramitó en su momento las correspondientes actas de ocupación, por lo cual formalmente los terrenos a ocupar para la ejecución del proyecto aprobado en 2017 están disponibles desde 2010.

Aunque se hizo la ocupación formal o legal, los terrenos no se vieron afectados materialmente por ocupación alguna, al quedar paralizado el proyecto, manteniendo por tanto los propietarios afectados la posesión de los terrenos. No se tramitó ningún expediente de justiprecio, al no existir ocupación material ni ejecución de obra alguna, pero tampoco se desafectaron los terrenos ni se hizo pronunciamiento alguno para dejar sin efecto las expropiaciones formalizadas, por lo cual al día de hoy siguen expropiados y disponibles para la ejecución del nuevo proyecto.

Tercero. Dada la coincidencia sustancial entre el proyecto de obra aprobado en 2017 y el que se aprobó en 2010, en lo que se refiere a las parcelas afectadas y la finalidad de la obra procede sustituir el procedimiento administrativo tramitado con la clave 1569 por la nueva clave 2219.

Las actas de ocupación ya tramitadas se mantienen con su clave original y se incorporan al expediente clave 2219. Todas las sucesivas actuaciones administrativas se harán bajo la nueva clave.

Por lo expuesto,

RESUELVO

1. Declarar disponibles los terrenos necesarios para la ejecución de la obra «Mejora de la ctra. A-317 desde el Puente de Aguadero hasta Cortijos Nuevos». Clave 02-JA-2219-0000-SV, por haber sido expropiados con motivo de la tramitación del expediente de expropiación forzosa «Nuevo Puente del Aguadero en la A-317 y acondicionamiento hasta Cortijos Nuevos» CLAVE 2-JA-1569-0000-PC.

2. Incorporar el expediente administrativo tramitado en 2010 con la clave 1569 al nuevo expediente con clave 2219, en la medida en que sea necesario por haber coincidencia de parcelas afectadas en ambos proyectos. Los sucesivos trámites se harán conforme a la nueva clave, incluídos las ampliaciones de expropiación de las parcelas afectadas que fueran necesarias por la ejecución de la obra.

3. A los efectos de los intereses de demora del art. 56 LEF, la fecha de cómputo es la de aprobación del proyecto actual es decir, 9 de mayo de 2017.

4. Notificar la presente resolución personalmente a los titulares de las parcelas afectadas por la expropiación, así como publicarla en los tablones de anuncios de los Ayuntamiento de Segura de la Sierra y Orcera, y en el BOJA.

Notifíquese a los interesados la presente resolución, con la advertencia de que contra la misma, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Fomento y Vivienda en el plazo de un mes desde la notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Jaén, 1 de octubre de 2018.- El Delegado, José Manuel Higueras Lorite.

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