Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 204 de 22/10/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de enero de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Sevilla, dimanante de autos núm. 322/2016. (PP. 2098/2018).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00139908.

NIG: 4109142C20160011135.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 322/2016. Negociado: 3.º

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Doña Sandra Roldán Rodríguez y Comunidad de Bienes formada con M.ª del Carmen Roldán Rodríguez.

Procuradora: Sra. Macarena Pérez de Tudela Lope.

Contra: Doña Luminita Popa y Gheorghita David.

Procuradora: Sra. Clemente de la Cruz Rodríguez Arce.

Letrado: Sr. José Antonio Cumplido González.

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 322/2016 seguido a instancia de Sandra Roldán Rodríguez y Comunidad de Bienes formada con M.ª del Carmen Roldán Rodríguez frente a Luminita Popa y Gheorghita David se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 167/2017

En Sevilla, a veintisiete de julio de dos mil diecisiete.

Vistos los presentes autos por don Sebastián Moya Sanabria, Magistrado titular de este Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Sevilla, se pronuncia sentencia en el juicio verbal número 322/2016, sobre reclamación de cantidad, seguido a instancias de doña Sandra Roldán Rodríguez, que actúa en beneficio de comunidad de bienes formada con doña María del Carmen Roldán Rodríguez y ha estado representada en el procedimiento por la procuradora doña Macarena Pérez de Tudela Lope y asistida por el abogado don Rafael Cortés Gallego, contra doña Gheorghita David, que no se ha mostrado parte en el procedimiento, y contra doña Luminita Popa, que sí lo ha hecho por medio del procurador don Clemente Rodríguez Arce y con asistencia letrada del abogado don José Antonio Cumplido González.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda deducida por la representación procesal de doña Sandra Roldán Rodríguez, que ha actuado en beneficio de comunidad de bienes formada con doña María del Carmen Roldán Rodríguez, contra doña Gheorghita David y doña Luminita Popa, declaro que las citadas demandadas le adeudan la cantidad de 1.159,71 euros, condenándolas en consecuencia al pago de esa suma más los intereses rendidos por la misma desde la fecha de interposición de demanda, ello con imposición de costas a las partes demandadas, que habrán de responder de su pago también de forma solidaria.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que es firme y que contra ella no cabe interponer recurso ordinario alguno, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada a dicho precepto por Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal.

Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose la demandada, Gheorghita David, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que le sirva de notificación en forma.

Dado en Sevilla, a diecinueve de enero de dos mil dieciocho.- El/La letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

Descargar PDF