Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 29/10/2018

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Cámara de Cuentas de Andalucía

Resolución de 19 de octubre de 2018, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se anuncia concurso de méritos para la provisión de un puesto de trabajo en la Cámara de Cuentas de Andalucía.

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De acuerdo con lo previsto en el art. 29 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y art. 74 del Reglamento de Organización y funcionamiento, y de conformidad con lo previsto en el Acuerdo normativo del Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía aprobado en la sesión de Pleno de 19 de octubre de 2017 y publicado en el BOJA núm. 215, de 9 de noviembre de 2017, por el que se regulan las especificidades del procedimiento de provisión de puestos de trabajo mediante concurso de méritos en la Cámara de Cuentas de Andalucía, y con el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero, el Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en cumplimiento del Acuerdo de 16 de octubre de 2018, adoptado por la Comisión de Gobierno, y en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 22.a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de esta Institución, ha resuelto convocar concurso de méritos para cubrir el puesto de trabajo vacante que se relaciona en el Anexo III de esta resolución y que se desarrollará con arreglo a las siguientes

BASES

Primera. Requisitos y condiciones de participación.

1. Podrá participar en el presente concurso el personal funcionario de carrera que preste servicio en la Cámara de Cuentas de Andalucía, cualquiera que sea su situación administrativa, siempre que reúna los requisitos previstos en cada caso en la Relación de Puestos de Trabajo, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Para poder participar en el concurso de méritos, deberá haber transcurrido un mínimo de dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, salvo en los supuestos de remoción por desempeño ineficaz, supresión del puesto de trabajo o en cualquier otro caso de adscripción provisional sin reserva de puesto, y de reingreso al servicio activo en la Cámara de Cuentas desde situaciones que no conllevan reserva de puesto.

3. Los requisitos de participación exigidos deberán mantenerse a lo largo del proceso del concurso y hasta el momento de la toma de posesión en el puesto adjudicado

Segunda. Plazo de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes de participación y cuanta documentación se acompañen, se dirigirán a la persona titular de la presidencia de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El modelo de solicitud figura como Anexo I de presente convocatoria.

2. Se presentarán preferentemente en el Registro General de esta Institución, pudiendo remitirse también por correo certificado o presentarse en cualquiera de las dependencias aludidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el supuesto de que se presente la solicitud en oficinas de correos, se hará en sobre abierto con objeto de que sea fechada y sellada antes de su certificación.

3. Concluido el plazo de presentación de instancias no se admitirá ninguna solicitud, ni modificación alguna al puesto solicitado, ni documentación referida a los méritos alegados.

4. Los méritos alegados se relacionarán en el modelo que figura como Anexo II, autobaremable, al que se acompañará copia compulsada de la documentación que los acredite, sin perjuicio de que los solicitantes puedan remitirse a la que conste en el expediente personal obrante en la propia Cámara de Cuentas; en tales casos, la Secretaría General emitirá el correspondiente certificado que se unirá a las instancias recibidas en que así conste.

5. Los participantes no podrán desistir de su solicitud de participación una vez finalizado el plazo de alegaciones a la lista provisional de destinos adjudicados.

Tercera. Méritos valorables.

1. La valoración de los méritos se efectuará en función del puesto de que se trate con sujeción al baremo y reglas aplicables aprobadas en el Acuerdo del Pleno de la Cámara de Cuentas de 19 de octubre de 2017 por el que se regulan las especificidades del procedimiento de provisión de puestos de trabajo mediante concurso de méritos, y de conformidad con los Anexos IV y V que se acompañan a la presente convocatoria.

2. La puntuación máxima a obtener será de 100 puntos, y la mínima para poder adjudicar un puesto será la de 30 puntos.

3. Solo se valorarán los méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes que sean alegados, acreditados y autobaremados por el personal participante.

4. No serán objeto de valoración como méritos los requisitos exigidos en la RPT para ocupar el puesto a que se aspira, los cuales, en todo caso, deberá cumplir la persona solicitante.

Cuarta. Comisión de Valoración.

La Comisión de Valoración estará compuesta del siguiente modo:

Titulares:

• Presidencia: Doña Beatriz Idígoras Molina.

• Vocalías: Don Manuel de Mora Gutiérrez, doña Manuela Elorza Guerrero y don Juan Millán Santana.

• Secretaría: Don Carlos L. Suan Mejías.

Suplentes:

• Suplente de Presidencia: Don Enrique Muñoz Juan.

• Vocales suplentes: Don Álvaro García Cabrera, don Alejandro Teré Pérez y don Miguel Ángel Alonso Rodríguez.

• Suplente de Secretaría: Don José Luis Valdés Díaz.

Quinta. Adjudicación: orden de prioridad y empate.

1. La adjudicación de las plazas vendrá dada por la puntuación total obtenida según el baremo.

2. En caso de empate en la puntuación, se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en los distintos apartados de méritos del baremo, contemplados éstos por el orden del mismo. De persistir éste, se acudirá por este orden a la mayor antigüedad como funcionario de carrera en el Cuerpo desde el que se concursa, a la mayor antigüedad en el último puesto definitivo, a la mayor puntuación obtenida en el procedimiento de adjudicación del puesto desde el que se participa y, finalmente, a la mayor edad.

Sexta. Propuesta y resolución del concurso.

1. Una vez finalizado el proceso de valoración se procederá a la publicación de la lista provisional de destinos adjudicados, con indicación de la puntuación obtenida en cada caso, así como de exclusiones, con indicación de las causas. Dichos listados serán expuestos en la intranet del organismo.

2. En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación, las personas interesadas podrán presentar alegaciones, que no tendrán carácter de recurso, y solicitar, si lo desean, vista de su expediente a los efectos de comprobar la valoración efectuada al mismo.

3. Las alegaciones formuladas contra las listas provisionales serán resueltas, a propuesta de la Comisión de Valoración, en la Resolución por la que se resuelve definitivamente el concurso, que será publicada en el BOJA, relacionando las adjudicaciones, con indicación de la puntuación obtenida, y los puestos que hubieran quedado desiertos de entre las vacantes ofertadas.

4. La resolución definitiva será adoptada por la Comisión de Gobierno. Habrá de ser motivada y deberá quedar acreditado en la misma que se han cumplido todos los trámites y requisitos previstos en la convocatoria.

5. Contra esta resolución definitiva, cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno de esta Institución en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Séptima. Plazos de cese y toma de posesión.

1. El cese del funcionario en el anterior destino deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

La toma de posesión deberá formalizarse con efectos administrativos del día siguiente al del cese en el destino anterior, salvo que comporte el reingreso al servicio activo, en cuyo caso se formalizará en el plazo de un mes desde la publicación de la resolución del concurso.

2. El plazo de incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se efectuará en los tres días hábiles siguientes al del cese. Si implicase cambio de residencia del funcionario, el plazo será de un mes acreditando de forma fehaciente dicho cambio. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, la incorporación efectiva al nuevo puesto de trabajo se producirá en la misma fecha en la que se toma posesión en el mismo.

3. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde motivadamente suspender el disfrute de los mismos.

4. Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia voluntaria o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el período de reserva del puesto de trabajo.

Sevilla, 19 de octubre de 2018.- El Presidente, Antonio M. López Hernández.

ANEXO III

Número de plazas: 1.

Departamento: Servicio de Administración General.

Denominación: Jefe de Personal y Régimen Interior.

Adscripción: F.

Subgrupo: A1.

Cuerpo: Titulados Superiores.

Nivel: 27.

C. Específico: 20.256,76 €.

Características: Gestión y control del personal, del régimen interior y de la contratación administrativa. Gestión de la Función Pública y de los programas informáticos adaptados a la misma. Propuestas al Jefe de Servicio.

Experiencia: 4 años.

ANEXO IV

FUNCIONES PROPIAS DEL PUESTO CONVOCADO

Puesto: Jefe de Personal y Régimen Interior.

Funciones: El puesto convocado tiene asignadas las funciones previstas en la RPT de la Cámara de Cuentas, que se contienen en el Anexo III de la presente convocatoria, siendo de aplicación, por identidad de contenido, las funciones por áreas contenidas en el Decreto 65/1996, de 13 de febrero, por el que se establece el área funcional como una de las características esenciales de los puestos de trabajo de personal funcionario contenidos en la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía, en concreto, al puesto que se convoca le corresponden la mayoría de las funciones de la agrupación de áreas denominada «Gestión Administración Pública», especialmente las funciones correspondientes a las áreas de: Administración Pública, Recursos Humanos, Documentación, Publicaciones y Comunicación Social y Legislación y Régimen Jurídico.

ANEXO V

TITULACIONES ACADÉMICAS DIRECTAMENTE RELACIONADAS

Puesto: Jefe de Personal y Régimen Interior.

Titulaciones relacionadas: Grados o licenciaturas y postgrados que supongan conocimientos en las áreas de ciencias sociales o jurídicas.

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