Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 213 de 05/11/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 25 de octubre de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 469/2018.

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Procedimiento: Seguridad Social en materia prestacional 469/2018. Negociado: 06.

NIG: 2906744420180006077.

De: Doña Patricia Hafner Berodia.

Abogado: Francisco Antonio Cívico Romero.

Contra: Calidum Resorts, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Mutualidad de Andalucía y de Ceuta (CESMA).

EDICTO CITACIÓN

Doña María Caballero Redondo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga.

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha en los autos número 469/2018 se ha acordado citar a Calidum Resorts, S.L., en la persona de su Rte. legal como parte demandada por tener ignorado paradero para que comparezcan el próximo día 4 de diciembre de 2018 a las 10,50 para asistir a los actos de conciliación y juicio en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en C/ Fiscal Luis Portero García (Ciudad de la Justicia de Málaga), planta 3.ª, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita Calidum Resorts, S.L., en la persona de su Rte. legal para que, en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a ).

Se expide la presente cédula de citación para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Málaga, a veinticinco de octubre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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