Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 06/11/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Decreto 203/2018, de 30 de octubre, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el antiguo convento de Santa Isabel de los Ángeles, en el término municipal de Córdoba (Córdoba).

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I

En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo. Asimismo, en el artículo 9 se regula la tramitación de los procedimientos de inscripción en el citado Catálogo, incluyéndose en el artículo 25 entre las tipologías de los inmuebles que serán objeto de inscripción la de los Monumentos, que se definen en el artículo siguiente como los edificios y estructuras de relevante interés histórico, arqueológico, paleontológico, artístico, etnológico, industrial, científico, social o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones y accesorios que expresamente se señalen.

Por su parte, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, y declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de bienes culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural, y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento, a este último dicha declaración. Por otra parte, el artículo 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone que corresponde la resolución del procedimiento de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, al Consejo de Gobierno, cuando se trate de Bienes de Interés Cultural. Dicha inscripción podrá realizarse de manera individual o colectiva, conforme se establece en el artículo 7.2 de la citada ley.

II

La construcción del antiguo convento de Santa Isabel de los Ángeles se remonta a 1491, constituyendo la cuna del movimiento descalzo franciscano femenino en Andalucía. Fundación vinculada con la transformación del convento de terciarias franciscanas de Santa María de los Ángeles y que tiene como protagonista, en ambos casos, a doña María de Villaseca, viuda de García de Montemayor e hija del caballero Martín Alfonso de Villaseca que profesa como terciaria franciscana tras enviudar, decidiendo la denominación «de los Ángeles», con la idea de volver a los orígenes de la regla de Santa Clara.

Constituido por distintas dependencias organizadas en torno a siete patios, cabe destacar que el edificio conforma un lateral completo de la plaza Conde de Priego, dando personalidad al citado recinto por el juego y disposición de los vanos existentes. De la construcción original destaca la fachada principal y la iglesia, en la que intervinieron importantes arquitectos como Juan de Ochoa o Sebastián Vidal. En su interior preside el altar mayor un relieve de la visitación de la Virgen a Santa Isabel, obra del escultor sevillano Pedro Roldán. El coro bajo de las monjas es otra de las dependencias a destacar de la construcción original, así como el claustro y parte de la arquitectura de clausura. El resto de dependencias conventuales ha sido objeto de diferentes remodelaciones a lo largo del tiempo. No obstante, el conjunto ostenta relevantes valores patrimoniales y urbanísticos, dado su enclave en el centro histórico de Córdoba, que lo hacen merecedor de su inscripción como Bien de Interés Cultural.

III

La Dirección General de Bienes Culturales y Museos de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 10 de mayo de 2017, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 95, de 22 de mayo de 2017, incoó procedimiento de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, del antiguo convento de Santa Isabel de los Ángeles, en Córdoba, siguiendo la tramitación establecida en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.

Emitió informe favorable a la inscripción la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Córdoba, en sesión celebrada el 21 de junio de 2017, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.

De acuerdo con la legislación aplicable, se cumplieron los trámites preceptivos de información pública, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 159, de 21 de agosto de 2017, de audiencia al Ayuntamiento de Córdoba y a los particulares directamente afectados en sus derechos, conforme consta en certificado que obra en el expediente. Se presentaron escritos de alegaciones que han sido debidamente valoradas y contestadas por el Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial de Cultura, Turismo y Deporte en Córdoba, mediante informes emitidos el 8 de agosto de 2018 que obran en el expediente.

Terminada la instrucción del procedimiento y de conformidad con el artículo 27.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el antiguo convento de Santa Isabel de los Ángeles, en el término municipal de Córdoba (Córdoba), que se describe y delimita en el anexo al presente decreto.

De otra parte, a tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero, en relación a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

Así mismo y de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede el asiento gratuito en el Registro de la Propiedad correspondiente de la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el antiguo convento de Santa Isabel de los Ángeles, en el término municipal de Córdoba (Córdoba).

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía y el Decreto 213/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, a propuesta del Consejero de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de octubre 2018,

ACUERDA

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el antiguo convento de Santa Isabel de los Ángeles, en el término municipal de Córdoba (Córdoba), cuya descripción y delimitación figuran en el anexo al presente decreto.

Segundo. Instar la inscripción procedente en el Registro de la Propiedad conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico Andaluz y en la legislación hipotecaria, así como en el Registro Autonómico de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, a través de su inclusión en el catálogo urbanístico del municipio afectado.

Tercero. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.9 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.

Cuarto. Ordenar que el presente decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 13.1 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su publicación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta, en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10.1.a), 14.1, regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 30 de octubre de 2018

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
MIGUEL ÁNGEL VÁZQUEZ BERMÚDEZ
Consejero de Cultura

A N E X O

I. DENOMINACIÓN

Antiguo convento de Santa Isabel de los Ángeles.

II. LOCALIZACIÓN

Provincia: Córdoba.

Municipio: Córdoba.

Dirección: C/ Santa Isabel, número 13.

III. DESCRIPCIÓN DEL BIEN

El antiguo convento de Santa Isabel de los Ángeles se ubica en el perímetro declarado Conjunto Histórico de Córdoba, con fachadas a la calle Santa Isabel, Plaza del Conde de Priego, Plaza de Santa Marina y calle Isabel Losa.

Su construcción se remonta a 1491. En esta fecha el Papa Inocencio VIII concedió licencia para el asentamiento de una comunidad de hermanas de la Orden Tercera de San Francisco, fundada previamente por doña Marina de Villaseca en el año 1483. Fue este pontífice el que concedió el traslado del monasterio a su ubicación actual, concretamente a unas casas que la fundadora poseía junto a una ermita dedicada a la visitación de la Virgen a Santa Isabel, de ahí el nombre que adoptó el nuevo convento.

No obstante, el nuevo emplazamiento se fue ampliando gracias a las nuevas adquisiciones practicadas por la citada fundadora. En 1493, según está documentado, efectúa la compra de la huerta y, al año siguiente, la de otras dos casas de las proximidades del convento para aumentar sus dependencias y extensión.

La entrada al recinto se realiza desde la calle Santa Isabel a través de una portada adintelada, con pilastras almohadilladas y rematada en un frontón partido. En medio de este frontón figura un relieve de la visitación de la Virgen a su prima Santa Isabel, realizado hacia 1680, en el que se lee «INDOMINO CONFIDO»; en la parte baja del mismo se abre una cartela con las cinco llagas. Rematando las pilastras campean los escudos de los marqueses de Villaseca, fundadores del cenobio.

A través de la portada se accede al compás de ingreso, encontrándose al frente la portada de la iglesia, realizada en piedra y enmarcada por pilastras jónicas, rematada por un frontón curvo sobre el que figura otro relieve de la visitación, enmarcado en una cartela manierista donde se aprecia la fecha de 1576. En el lateral derecho se encuentra la puerta de la sacristía, actualmente cegada. Ésta fue realizada en 1703 con estructura adintelada, coronada con un frontón partido donde también campea el escudo de los marqueses benefactores. Los laterales de este patio están ocupados por galerías de arcos de medio punto sobre pilares rectangulares que cobijan el espacio del torno, el obrador, así como la vivienda de los porteros.

El convento propiamente dicho se estructura en torno a seis patios que liberan al interior el muro casi ciego que recorre todo el lateral del convento recayente a la plaza del Conde de Priego. En esta zona se localizan tres patios, el principal y otros dos más, mientras que los restantes se ubican en el interior del espacio primitivo del cenobio. El patio principal presenta planta cuadrada, con galerías perimetrales de arcos de medio punto sobre columnas y capiteles de acarreo, enmarcados en alfiz de tradición mudéjar en planta baja; mientras que en la planta superior, las galerías se conforman con arcos de medio punto sobre columnas de piedra, con capiteles toscanos de un momento histórico posterior.

El denominado patio de San Rafael es de mayores dimensiones, posee la planta baja ciega y el cuerpo superior presenta arcos de medio punto sobre columnas de piedra de capitel y entablamento de estilo toscano.

Destacan a su vez los espacios del patio localizado tras la iglesia, con arcos de medio punto de ladrillo, enmarcados con alfiz en planta baja y ligeramente rebajados en la parte superior, de clara tradición mudéjar. Asimismo, el patio del obrador y el del refectorio conservan capiteles realizados en piedra y de orden toscano, de una cronología más reciente.

El resto del convento lo ocupan diferentes dependencias como el refectorio, el obrador, las celdas, la cocina, la sala de labor, el coro alto y bajo, así como despachos varios.

El espacio de mayor interés es la iglesia. Tiene planta rectangular de una sola nave y cabecera plana, construida en mampostería, sillería y ladrillo. La capilla mayor fue comenzada por el arquitecto Juan de Ochoa en 1583, terminándose en 1660 por Sebastián Vidal y Bernabé Gómez del Río. La bóveda esquifada está decorada en sus cuatro paños con yesería que muestran cartelas en el centro sostenidas por angelotes.

También se conserva la lámpara votiva del siglo XVII. El centro de la bóveda y la calle central de los muros laterales se decoran con el escudo del marqués de Villaseca. En el muro izquierdo figuran los relieves que labró Bernabé Gómez de los Ríos en 1655 con imágenes de San Luis, San Bartolomé, San Juan Evangelista y San Marcos. Relieves que se corresponden con los del muro derecho, que representan a San Sebastián, San Roque, San Lucas y San Mateo.

El retablo mayor, del siglo XVII y atribuido a Sebastián Vidal, se estructura por medio de columnas con capitel dórico; en el mismo destacan los relieves realizados por Pedro Roldán: la visitación y la coronación de la Virgen; así como la pareja de arcángeles del ático. El conjunto se remata con el escudo de los franciscanos en una cartela ornamentada.

Del resto de retablos e imágenes que tenía la iglesia, además del anteriormente descrito, forman parte del inmueble actualmente los siguientes elementos:

- Retablo de la Inmaculada, situado en el muro del evangelio. De madera tallada sin dorar, datado en 1763. Conserva la imagen de la Inmaculada Concepción, de talla policromada y datada en el siglo XVIII.

- Retablo de Jesús Nazareno, situado en el muro del evangelio. Sin imágenes. Anónimo del siglo XVII.

- Retablo de San Antonio, situado en el muro del evangelio. Sin imágenes. Anónimo del siglo XVIII.

- Retablo de la Dolorosa, situado en el muro de la epístola. Sin imágenes. Anónimo del siglo XIX.

- Retablo de San Pedro de Alcántara, situado en el muro de la epístola. Sin imágenes. Anónimo del siglo XVII.

En el primer tercio del siglo XIX la iglesia cambió su fisonomía al sustituirse el viejo artesonado por una nueva armadura y bóveda de yeso.

A los pies de la nave y separados por una pared con reja y celosías, se disponen los coros alto y bajo. El coro alto se abre a la nave central a través de dos amplias ventanas, protegidas por rejas y celosías. Con idéntica estructura se abre el coro bajo, un espacio que al interior se configura como una sala rectangular donde destaca un conjunto de columnas con capitel de acarreo, todos ellos fechados en época tardorromana entre los siglos II y III. Su interior alberga una capilla gótica con bóveda nervada.

En esta zona, igualmente formando parte del inmueble, se encuentran los retablos y demás elementos singulares de los coros alto y bajo:

- Retablo hornacina de madera policromada. Anónimo del siglo XVIII. Sin imágenes. Situado en el coro bajo.

- Retablo de madera sin dorar. Anónimo del siglo XVIII. Sin imágenes. Situado en el coro bajo.

- Órgano de madera policromada. Anónimo del siglo XIX. Situado en el coro bajo.

- Retablo hornacina de madera policromada. Anónimo del siglo XVII. Sin imágenes. Situado en el coro alto.

IV. DELIMITACIÓN DEL BIEN

El antiguo convento de Santa Isabel de los Ángeles se sitúa en la zona norte de la Axerquía, muy cercano a la iglesia de Santa Marina de Aguas Santas, dentro del Conjunto Histórico de Córdoba, circunstancias por las que no se ha considerado necesario delimitar un entorno de protección.

El bien objeto de inscripción ocupa la totalidad de la parcela 01 de la manzana 39528 del plano catastral de Córdoba de 2017.

V. CARTOGRAFÍA

La cartografía base corresponde al Callejero Digital de Andalucía Unificado, 2013. Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía. Cartografía Catastral. Servicio WMS. Sede Electrónica del Catastro, 2017.

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