Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 219 de 13/11/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

Resolución de 5 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro, por la que se acuerda la apertura del trámite de información pública del proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de largometrajes, documentales y otras obras audiovisuales en Andalucía.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00145597.

Con fecha 29 de octubre de 2018, se ha iniciado la tramitación del proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de largometrajes, documentales y otras obras audiovisuales en Andalucía.

El artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que, cuando la naturaleza de la disposición lo aconseje, esta será sometida a información pública durante un plazo razonable no inferior a quince días directamente o a través de las organizaciones y asociaciones reconocidas por la ley que la agrupe o la represente y cuyos fines guarden relación directa con el objeto de la disposición.

El artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.

Por otro lado, el apartado tercero del citado artículo 133 dispone que la audiencia e información pública deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberá ponerse a su disposición los documentos necesarios, que serán claros y concisos, y reunirán toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia.

En virtud de lo anteriormente expuesto, de conformidad con lo previsto en los artículos 43.5 y 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el artículo 133.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y atendiendo el correspondiente mandato del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Someter el proyecto de orden por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de largometrajes, documentales y otras obras audiovisuales en Andalucía, al trámite de información pública, durante el plazo de 15 días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Segundo. El texto del proyecto de orden quedará expuesto, durante dicho plazo, para general conocimiento:

a) En formato digital, en el Portal de la Junta de Andalucía mediante el punto de acceso identificado con la expresión «Participación pública en proyectos normativos» http://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/normativa/audiencia-informacion.html, así como en la Sección de Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, dentro del apartado de Publicidad Activa, en documentos sometidos a información pública, al que se puede acceder a través del siguiente enlace: http://www.juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos/detalle/157375.html.

b) En formato papel, en la sede de la Consejería de Cultura, ubicada en el Palacio de Altamira, sita en la calle Santa María la Blanca, 1, 41004, Sevilla, en horario de 9,00 a 14,00 horas.

Tercero. Las aportaciones que se deseen formular al proyecto de orden deberán dirigirse a la Dirección General de Innovación Cultural y del Libro (indicando el Número de Identificación Fiscal y el nombre y apellidos de las personas físicas; en el caso de las personas jurídicas, deberán indicar su denominación y Número de Identificación Fiscal) y se presentarán:

a) Preferentemente en formato digital y abierto en la dirección de correo electrónico: consultapublica.dgicl.ccul@juntadeandalucia.es.

b) En formato papel, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Cuarto. En cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa establecidas en el artículo 13 de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, la documentación correspondiente a este proyecto normativo estará disponible en el Portal de Transparencia, al que se podrá acceder a través del siguiente enlace: http://www.juntadeandalucia.es/servicios/normas-elaboracion/detalle/157378.html.

Quinto. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de noviembre de 2018.- El Director General, Antonio José Lucas Sánchez.

Descargar PDF