Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 16/11/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública

Resolución de 5 de noviembre de 2018, conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de Política Digital, por la que se implanta la factura electrónica en las entidades que se indican.

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En cumplimiento de lo establecido en la disposición transitoria única de la Orden de 29 de enero de 2015, por la que se regula el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el uso de la factura electrónica en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades del sector público andaluz, y en cumplimiento de la disposición transitoria primera del Decreto 75/2016, de 15 de marzo, por el que se crea el Registro Contable de Facturas de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece su régimen jurídico, la Intervención General de la Junta de Andalucía y la Dirección General de Política Digital

RESUELVEN

Primero. Con fecha 19 de noviembre de 2018 se implanta la factura electrónica en la siguiente entidad: Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Desde ese momento les será de aplicación el Decreto 75/2016, de 15 de marzo, por el que se crea el de Registro Contable de Facturas de la Administración de la Junta de Andalucía y se establece su régimen jurídico, y la Orden de 29 de enero de 2015, por la que se regula el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el uso de la factura electrónica en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades del sector público andaluz.

Segundo. Procedimiento de implantación.

A la fecha de implantación, la entidad enunciada anteriormente deberá haber llevado a cabo las labores de integración tanto con el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el Registro Contable de Facturas de la Administración de la Junta de Andalucía, así como con el Censo Único de Obligaciones. La Consejería de Hacienda y Administración Pública publicará la tripleta de dicha entidad en los puntos de entrada de facturas, tanto en el Autonómico como el Estatal.

Tercero. Obligatoriedad del uso.

Los proveedores de la citada entidad estarán obligados a emitir factura electrónica dentro de los supuestos descritos en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el sector público, y del artículo 3 de la Orden del 29 de enero, por la que se regula el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el uso de la factura electrónica en la Administración de la Junta de Andalucía y en las entidades del sector público andaluz.

Cuarto. Comunicación.

La presente resolución se comunicará a la persona titular de la Dirección de la entidad objeto de esta resolución, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de noviembre de 2018.- La Interventora General, Asunción Peña Bursón; la Directora General de Política Digital, María Gema Pérez Naranjo.

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