Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 224 de 20/11/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 17 de septiembre de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Jaén, dimanante de procedimiento de juicio verbal núm. 127/2017. (PP. 2775/2018).

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NIG: 2305042C20170001765.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 127/2017. Negociado:

Sobre: Posesión (Art 430-466 CC).

De: Banco Santander, S.A.

Procuradora: Sra. María del Valle Herrera Torrero.

Contra: Nauman Ali Safdar, Safar Alir y ignorados ocupantes del inmueble sito en C/ Santísima Trinidad, núm. 15, de Jaén.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 127/2017 seguido en el J. Primera Instancia núm. Cuatro de Jaén (antiguo mixto núm. Uno) a instancia de Banco Santander, S.A., contra Nauman Ali Safdar, Safar Ali y ignorados ocupantes del inmueble sito en C/ Santisima Trinidad, núm. 15, de Jaén, sobre Posesión (art. 430-466 CC), se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«Vistos y examinados los presentes autos civiles núm. 127/2017, de procedimiento de desahucio precario por doña M.ª Sacramento Cobos Grande, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Jaén y su partido; seguidos a instancia de Banco Santander, S.A., representado por la Procuradora doña M.ª Valle Herrera Torrero, y asistido por el Letrado Sr. Martínez Martínez; contra don Safdar Ali, don Nauman Ali Safdar e ignorados ocupantes de vivienda sita en Jaén, C/ Santísima Trinidad, núm. 15, en situación procesal de rebeldía.»

«Que estimando la demanda presentada en representación de Banco Santander, S.A., contra ignorados ocupantes, y en concreto a don Safdar Ali y don Nauman Ali Safdar, debo condenar a estos, y a otros ignorados ocupantes que lo puedan ser en el momento de su lanzamiento, a desalojar el inmueble, vivienda sita en Jaén, C/ Santísima Trinidad, núm. 15, finca registral núm. 10.386, Registro de la Propiedad núm. 2 de Jaén, bajo apercibimiento de lanzamiento; todo ello con expresa imposición de las costas al demandado.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Ilma Audiencia Provincial de Jaén, interponiéndose ante este Juzgado en el plazo de veinte días. En la preparación del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros, bajo apercibimiento de inadmisión.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Nauman Ali Safdar y Safar Ali, extiendo y firmo la presente en Jaén a diecisiete de septiembre de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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