Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 26/11/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Comercio

Resolución de 21 de noviembre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la distribución definitiva de los créditos disponibles para la concesión de subvenciones, reguladas en la Orden de 12 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar las prácticas no laborales en empresas en el marco del programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, establecido en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los programas para la inserción laboral de la Junta de Andalucía, correspondiente a la convocatoria 2018 y 2019.

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La Orden de 12 de mayo de 2018 aprueba las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar las prácticas no laborales en empresas en el marco del programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, establecido en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los programas para la inserción laboral de la Junta de Andalucía.

Mediante Resolución de 27 de junio de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo (BOJA núm. 128, de 4 de julio de 2018), se convocaron, para los ejercicios 2018 y 2019, las subvenciones reguladas por la Orden citada.

Asimismo, previo a la evaluación de las solicitudes, la Resolución de 2 de octubre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo (BOJA núm. 195, de 8 de octubre de 2018), acuerda la redistribución de los créditos disponibles para la concesión de subvenciones, reguladas en la Orden de 12 de mayo de 2018, atendiendo a los ámbitos territoriales de competitividad, publicada en la Resolución de 27 de junio de 2018.

La Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, en su artículo 9.4, «Procedimiento en régimen de concurrencia competitiva», en su Sección 2.ª, se especifica que cuando la cuantía total máxima de la convocatoria se distribuya entre distintos créditos presupuestarios y se otorgue expresamente a dicha distribución carácter estimativo, la alteración cualitativa de la clasificación económica a nivel de capítulo, artículo, concepto y subconcepto de dicha distribución de créditos para adecuarla a los gastos subvencionables y/o a la naturaleza jurídica de las posibles personas o entidades beneficiarias no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de aprobación del gasto de la convocatoria antes de la resolución de la concesión. El órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintivos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

Una vez publicada la propuesta provisional de Resolución de la Dirección General de Políticas Activas de Empleo de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo, por la que se aprueba la relación provisional de beneficiarias y suplentes en el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, relativa al programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, convocatoria para los años 2018 y 2019, y previo a la publicación de la resolución definitiva de la Dirección General de Políticas Activas de Empleo de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo, por la que se aprueba la relación de entidades beneficiarias en el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, relativa al programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, convocatoria para los años 2018 y 2019, se hace necesaria publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintivos créditos presupuestarios.

En su virtud, de conformidad con el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, y la disposición adicional primera de la Orden de 12 de mayo de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, para financiar las prácticas no laborales en empresas en el marco del programa de Experiencias Profesionales para el Empleo, establecido en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los programas para la inserción laboral de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Las subvenciones contempladas en la Resolución de 27 de junio de 2018 serán por una cuantía total máxima de treinta millones de euros (30.000.000 de euros) y con cargo a las siguientes partidas presupuestarias:

a) Programa de Experiencias Profesionales para el Empleo (Decreto 85/2003, de 1 de abril).

Aplicaciones Presupuestarias/ Códigos de Proyecto Cuantías máximas
Anualidad 2018 (en euros) Anualidad 2019 (en euros) Anualidad 2020 (en euros)
Totales
(en euros)
Experiencias Profesionales para el Empleo (Decreto 85/2003, 1 de abril) 1539188023 G/32L/44207/00 S0574 600.000 300.000 300.000 1.200.000
1539188023 G/32L/46005/00 S0574 2.500.000 1.250.000 1.250.000 5.000.000
1539188023 G/32L/48007/00 S0574 1.900.000 950.000 950.000 3.800.000
TOTAL 5.000.000 2.500.000 2.500.000 10.000.000

b) Programa de Prácticas no Laborales (Decreto 192/2017, de 5 de diciembre).

Aplicaciones Presupuestarias/ Códigos de Proyecto Cuantías máximas
Anualidad 2018 (en euros) Anualidad 2019 (en euros) Anualidad 2020 (en euros)
Totales
(en euros)
Prácticas no Laborales (Decreto 192/2017, de 5 de diciembre) 1539018023 G/32L/44201/00 01 200.000 100.000 100.000 400.000
1539018023 G/32L/46001/00 01 7.200.000 3.600.000 3.600.000 14.400.000
1539018023 G/32L/48101/00 01 2.600.000 1.300.000 1.300.000 5.200.000
TOTAL 10.000.000 5.000.000 5.000.000 20.000.000

Segundo. La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de noviembre de 2018.- El Director Gerente, Manuel Caballero Velázquez.

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