Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 26/11/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Orden de 15 de noviembre de 2018, por la que se aprueban las propuestas de ampliación del Lugar de Importancia Comunitaria Los Alcornocales (ES0000049), de adecuación de los límites del Lugar de Importancia Comunitaria Ríos Guadiaro y Hozgarganta (ES6120031), del Lugar de Importancia Comunitaria Fondos Marinos Marismas del Río Palmones (ES6120033) y del Lugar de Importancia Comunitaria Ramblas de Gérgal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla (ES6110006) y de cambio de denominación del Lugar de Importancia Comunitaria Sierra de Castell de Ferro (ES6140011).

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El Parque Natural Los Alcornocales fue declarado mediante la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección; designado, en el marco de la normativa europea, como Zona de Especial Protección para las Aves (en adelante, ZEPA) en el año 1989; designado Lugar de Importancia Comunitaria (en adelante, LIC) mediante la aprobación de la Decisión de la Comisión Europea de 19 de julio de 2006 por la que se adopta la Lista de Lugares de Importancia Comunitaria de la Región Biogeográfica Mediterránea; y declarado Zona Especial de Conservación (en adelante, ZEC) mediante el Decreto 493/2012, de 25 de septiembre, por el que se declaran determinados Lugares de Importancia Comunitaria como Zonas Especiales de Conservación de la Red Ecológica Europea Natura 2000 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, de 21 de enero de 2014, se acordó la formulación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del ámbito de Los Alcornocales, incluyendo en su ámbito territorial tanto el Parque Natural Los Alcornocales, como una serie de fincas colindantes que, en atención a los valores naturales y funciones ecológicas y sociales que albergan, requieren del establecimiento de medidas concretas para garantizar su conservación y, si procede, del establecimiento de un régimen de protección adecuado.

Estas fincas, «La Almoraima», «La Alcaidesa», «Pinar del Rey y Dehesilla», «Majarambú», «Cerro del Moro», «Botafuegos», «Dehesa de Guadalquitón», «Diente Borondo» y «Dehesa de Chapatal», colindantes al Parque Natural, se sitúan en los Términos municipales de Algeciras, Castellar de la Frontera y San Roque, de la Provincia de Cádiz.

En sesión del Consejo de Gobierno de 19 de septiembre de 2017 es aprobado el Decreto 150/2017, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del ámbito Los Alcornocales, se amplía el ámbito territorial del Parque Natural Los Alcornocales y de la ZEPA Los Alcornocales (ES0000049), y se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Los Alcornocales.

Como su título indica, mediante este Decreto, solidariamente con la ampliación del Parque Natural, se amplía el ámbito territorial de la ZEPA Los Alcornocales (ES0000049) de tal forma que los límites de ambas figuras son coincidentes.

No ocurre así con los límites de la ZEC, ya que, conforme a los procedimientos establecidos, su ampliación requiere la ampliación previa del LIC. Es por ello por lo que con la presente Orden se propone la ampliación del ámbito territorial del LIC Los Alcornocales (ES0000049), de tal forma que sus límites ampliados sean coincidentes con los nuevos límites del Parque Natural y de la ZEPA Los Alcornocales (ES0000049), dando así mayor coherencia y unidad a la gestión de estos espacios.

La ampliación de la ZEPA Los Alcornocales (ES0000049), 5.852 ha en total, supuso a su vez una ampliación de la superficie Red Natura, con la inclusión de unas 5.822 ha. El resto, aproximadamente 30 ha, pertenecen a la ZEC Ríos Guadiaro y Hozgarganta (ES6120031) y por tanto ya estaban incluidas en la Red.

La ampliación del LIC Los Alcornocales (ES0000049) que se propone con la aprobación de esta Orden conlleva la adecuación de los límites del LIC Ríos Guadiaro y Hozgarganta (ES6120031) de tal forma que las 30 ha de éste que fueron incluidas en la ZEPA Los Alcornocales (ES0000049) tras su ampliación queden también incluidas en el LIC Los Alcornocales. Así, el LIC Ríos Guadiaro y Hozgarganta (ES6120031) pasará de tener una superficie de 410 ha a 380 ha, aproximadamente.

Los tipos de hábitats de interés comunitario recogidos en el Anexo I y especies de animales y vegetales de interés comunitarios recogidos en el Anexo II de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, presentes en la superficie que se amplía del LIC Los Alcornocales (ES0000049) son:

- Hábitats de interés comunitario:

• 1210 Vegetación anual pionera sobre desechos marinos acumulados.

• 2120 Dunas móviles de litoral con Ammophila arenaria (dunas blancas).

• 2190 Depresiones interdunares húmedas.

• 2230 Dunas con céspedes de Malcomietalia.

• 2250* Dunas litorales con Juniperus spp.

• 2260 Dunas con vegetación esclerófila del Cisto-Lavanduletalia.

• 3170* Estanques temporales mediterráneos.

• 4020 Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica cillaris y Erica tetralix.

• 4030 Brezales secos europeos.

• 5110 Formaciones estables xerotermófilas de Buxus sempervirens en pendientes rocosas (Berberidion p.p.).

• 5330 Matorrales termomiditerráneos y pre-estépicos.

• 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales de Thero-Brachypodietea.

• 6310 Dehesas perennifolias de Quercus spp.

• 8220 Pendientes rocosas silíceas con vegetación casmofítica.

• 91B0 Fresnedas termófilas de Fraxinus angustifolia.

• 91E0 Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Anion incanae, Salicon albae).

• 9240 Rodales ibéricos de Quercus faginea y Quercus canariensis.

• 92A0 Bosques galería de Salix alba y Populos alba.

• 92D0 Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae).

• 9320 Bosques de Olea y Ceratonia.

• 9330 Bosques de Quercus suber.

- Especies de interés comunitario:

• Especies de flora: Hymenostemma pseudoanthemis.

• Especies de fauna: Discoglossus jeanneae y Petromyzon marinus.

Igualmente, también es objeto de esta Orden aprobar las propuestas de adecuación de los límites de los LIC Fondos Marinos Marismas del Río Palmones (ES6120033), en la provincia de Cádiz y del LIC Ramblas de Gérgal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla (ES6110006), en la provincia de Almería.

Estos espacios fueron declarados como ZEC mediante el Decreto 369/2015, de 4 de agosto, por el que se declaran determinadas zonas especiales de conservación con hábitats marinos del litoral andaluz y el Decreto 112/2015, de 17 de marzo, por el que se declaran las zonas especiales de conservación de la red ecológica europea Natura 2000 Ramblas del Gérgal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla (ES6110006), Sierras del Nordeste (ES6140005), Sierra de Arana (ES6140006), Sierra de Campanario y Las Cabras (ES6140007), Barranco del Río Aguas Blancas (ES6140015), Marismas y Riberas del Tinto (ES6150014), Estuario del Tinto (ES6150029) y Sierra de Alanís (ES6180004).

Con motivo de sus respectivas declaraciones y de la redacción de los correspondientes planes de gestión, aprobados por las Órdenes de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de 10 de agosto de 2015 y de 13 de mayo de 2015; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.3 de la ley 42/2007, de 13 de diciembre, fue necesario trasladar los límites de ambos espacios a una escala apropiada de gestión, de acuerdo con el punto 1.1.1 de las Directrices de Conservación de la Red Natura 2000, relativo al ámbito territorial, directrices, inclusión de límites geográficos. A tal efecto, y como ha venido haciéndose para todos los espacios, se consideró como escala técnicamente apropiada la 1:10.000 y, teniendo en cuenta las herramientas cartográficas disponibles, se determinó como base cartográfica de referencia para dicha revisión la Ortofotografía Básica Color de Andalucía 2010-2011 y 2008-2009, respectivamente, ambas con tamaño de píxel 0,5 metros.

Con la adecuación de los límites de Fondos Marinos Marismas del Río Palmones (ES6120033) que se propone con esta Orden se pretende corregir una indefinición generada en el mencionado proceso de traslación de límites, eliminando tanto el solape como la discontinuidad territoriales existentes entre este espacio y la ZEC colindante Marismas del Río Palmones (ES6120006). Esta adecuación supone la inclusión de 0,06 ha al LIC Fondos Marinos Marismas del Río Palmones (ES6120033), y la exclusión de 0,22 ha al mismo, de las que 0,18 ha seguirán perteneciendo a Marismas del Río Palmones (ES6120006).

Por otro lado, con la adecuación de los límites del LIC Ramblas de Gérgal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla (ES6110006) que se propone, se eliminarán los pequeños solapes territoriales existentes entre éste y la ZEC Desierto de Tabernas (ES0000047) que fueron producidos en el mencionado proceso de traslación de límites. Esta propuesta, consistente en la adaptación de los límites de Ramblas de Gérgal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla (ES6110006) a los de la ZEC Desierto de Tabernas (ES0000047), no implica una disminución de la superficie Red Natura, pues los terrenos afectados continuarán integrados en esta última ZEC.

Por último, con la presente orden se aprueba también la propuesta de cambio de denominación del LIC Sierra de Castell de Ferro (ES6140011), que pasa a denominarse LIC «Sierra de Gualchos-Castell de Ferro» (ES6140011), al objeto de identificar la figura de protección del espacio con el territorio.

Aprobadas las propuestas objeto de esta Orden por la Comisión Europea, se procederá posteriormente a la ampliación, adecuación y modificación de las ZEC correspondientes mediante Decreto del Consejo de Gobierno.

En cuanto al procedimiento seguido en su tramitación, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 43 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, y lo dispuesto en el Decreto 216/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, la presente Orden ha sido elaborada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio e informada por otros órganos directivos en razón de su competencia. Igualmente, ha sido sometida a los trámites de audiencia e información pública.

En su virtud, cumplidos los trámites previstos en la Ley y en el ejercicio de las competencias atribuidas,

DISPONGO

Primero. Objeto.

1. Se aprueban las propuestas de ampliación del Lugar de Importancia Comunitaria (en adelante, LIC) Los Alcornocales (ES0000049) y de adecuación de los límites del LIC Ríos Guadiaro y Hozgarganta (ES6120031).

Quedan recogidas en los Anexos I y II respectivamente, las representaciones gráficas a escala 1:10.000 sobre Ortofotografía Andalucía 2013 de la Junta de Andalucía y el Ministerio de Fomento, de 0,5 metros de resolución, de las propuestas de ampliación del LIC Los Alcornocales (ES0000049) y de adecuación de límites del LIC Ríos Guadiaro y Hozgarganta (ES6120031), que han sido realizadas a partir de los límites que se corresponden con la superficie aprobada mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2018/37 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2017, por la que se adopta la undécima lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea.

Conforme a lo previsto en el artículo 43.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, el régimen de protección preventiva del área de ampliación del LIC Los Alcornocales (ES0000049) queda definido por el propio régimen de protección que otorgan las figuras de Zona de Especial Protección para las Aves y de Parque Natural, con el fin de garantizar que no exista una merma del estado de conservación de los hábitats y especies presentes en estos espacios hasta el momento de su declaración formal.

2. Se aprueba la propuesta de adecuación de los límites del LIC Fondos Marinos Marismas del Río Palmones (ES6120033).

Queda recogida en el Anexo III la representación gráfica a escala 1:10.000 sobre Ortofotografía Andalucía 2013 de la Junta de Andalucía y el Ministerio de Fomento, de 0,5 metros de resolución, de la propuesta de adecuación de límites del LIC Fondos Marinos Marismas del Río Palmones (ES6120033), que ha sido realizada a partir de los límites que se corresponden con la superficie aprobada mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2018/37 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2017, por la que se adopta la undécima lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea.

3. Se aprueba la propuesta de adecuación de los límites del LIC Ramblas de Gérgal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla (ES6110006).

Queda recogida en el Anexo IV, la representación gráfica realizada a escala 1:10.000 sobre Ortofotografía Andalucía 2013 de la Junta de Andalucía y el Ministerio de Fomento, de 0,5 metros de resolución, de la propuesta de adecuación de límites del LIC Ramblas de Gérgal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla (ES6110006), que ha sido realizadas a partir de los límites que se corresponden con la superficie aprobada mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2018/37 de la Comisión, de 12 de diciembre de 2017, por la que se adopta la undécima lista actualizada de lugares de importancia comunitaria de la región biogeográfica mediterránea.

4. Se aprueba la propuesta de cambio de denominación del LIC «Sierra de Castell de Ferro» (ES6140011) por el de «Sierra de Gualchos-Castell de Ferro» (ES6140011), al objeto de identificar la figura de protección del espacio con el territorio.

Segundo. Ámbito de aplicación.

La propuesta de ampliación del LIC Los Alcornocales (ES0000049) y las de adecuación de los LIC Ríos Guadiaro y Hozgarganta (ES6120031), de Fondos Marinos Marismas del Río Palmones (ES6120033) y del LIC Ramblas de Gérgal, Tabernas y Sur de Sierra Alhamilla (ES6110006), comprenden las aguas marinas y el lecho, en su caso, el suelo, el subsuelo y los recursos naturales incluidos dentro de los límites que se muestran en los Anexos I, II, III, IV de esta orden, respectivamente.

Tercero. Tramitación.

De acuerdo al artículo 43.2 de la Ley 42/2007, del Patrimonio natural y de la Biodiversidad, se dará traslado al Ministerio para la Transición Ecológica para su remisión a la Comisión Europea de la propuesta objeto de esta orden, a través del procedimiento establecido en la Orden AAA/2230/2013, de 25 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de comunicación entre las administraciones autonómicas, estatal y comunitaria de la información oficial de los espacios protegidos Red Natura 2000.

Para ello se remitirán para cada espacio protegido Red Natura 2000 los correspondientes Formularios Normalizados de Datos actualizados y cumplimentados y la documentación complementaria pertinente en el formato establecido en la citada orden ministerial.

Cuarto. Publicación.

La presente orden, incluidos los anexos cartográficos, será publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Quinto. Efectos.

La presente orden tendrá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Sevilla, 15 de noviembre de 2018

JOSÉ GREGORIO FISCAL LÓPEZ
Consejero de Medio Ambiente
y Ordenación del Territorio
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