Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 30/11/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación

Resolución de 27 de noviembre de 2018, de la Delegación Territorial de Educación en Cádiz, por la que se conceden ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva para financiar actividades de las asociaciones del alumnado de esta provincia, curso 2018-2019, de acuerdo con la Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo), así como la Resolución de 11 de mayo de 2018, por la que se efectúa su convocatoria para ese mismo curso, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva.

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1. El Decreto 85/1999, de 6 de abril, modificado parcialmente por el Decreto 19/2007, de 23 de enero, regula los derechos y deberes del alumnado y las correspondientes normas de convivencia y se dispone el derecho a la libertad de asociación de los alumnos y alumnas en los niveles no universitarios.

2. El Decreto 28/1998, de 10 de febrero, regula las asociaciones de alumnos y alumnas de los centros docentes no universitarios, y se establece que la Consejería de Educación fomentará las actividades de asociaciones de alumnos mediante la concesión de las ayudas que para tales fines figuren en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

3. La Orden de la Consejería de Educación de 15 de abril de 2011 (BOJA de 17 de mayo) estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas, entre otras, a financiar actividades de las asociaciones del alumnado de esta provincia (apartado 1.b) del artículo único de la citada orden y por Resolución de 11 de mayo de 2018 (BOJA núm. 98, de 23 mayo de 2018), de la Dirección General de Participación y Equidad por la que se efectúa su convocatoria para el curso 2018-2019 (Resuelve primero 1.b), en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva.

4. Las asociaciones del alumnado, objeto de subvenciones para 2018-2019, cumplen las condiciones para ser beneficiarias, estando inscritas en el Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, conforme a los requisitos establecidos para participar en la convocatoria.

5. Son de aplicación el Decreto de la Presidenta 12/2017, de 8 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, por el que se ha modificado la composición y competencias de varias de las Consejerías que componen la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto 207/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, y el Decreto 304/2015, de 28 de julio, que modifica al decreto anterior, referentes ambos a las competencias atribuidas a las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Educación.

6. Conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con su disposición final primera, desarrollada por su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; en el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; la vigente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Decreto 282/2010, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas; Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como otras disposiciones de obligado cumplimiento.

7. De acuerdo con las propuestas realizadas por la Comisión Evaluadora Provincial de Cádiz, y siendo el órgano competente para resolver la persona titular de esta Delegación Territorial, según se establece en las bases reguladoras de estas subvenciones.

Esta Delegación Territorial de Educación en Cádiz ha resuelto:

1.º Conceder las siguientes ayudas a los proyectos presentados por las asociaciones del alumnado que a continuación se citan, con cargo a la aplicación presupuestaria 1100020000 G/42F/48601/11 01 del ejercicio económico del año 2018:

ENTIDAD SUBVENCIÓN CONCEDIDA (€)
CARPE DIEM (J72035165) de Sanlúcar de Barrameda 3550
EL SOL (G72029929) de Paterna de Rivera 1300

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse alternativamente, o recurso potestativo de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto, siendo el plazo máximo para dictar y notificar la resolución de este recurso de un mes; o de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Cádiz, 27 de noviembre de 2018.- La Delegada, Remedios Palma Zambrana.

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