Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 30/11/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 17 de octubre de 2018, por la que se concede la prórroga de la autorización administrativa al centro docente privado extranjero «Internacional El Sabio», de Jerez de la Frontera (Cádiz), autorizado conforme al Sistema Educativo Británico, para alumnado español y extranjero. (PP. 2949/2018).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Francisco Rafael Rufino Candau, como representante de la entidad Campus El Sabio, S.L., titular del centro docente privado extranjero «Internacional El Sabio», con código 11012383 y domicilio en C/ Alemania, s/n, portal 1, de Jerez de la Frontera (Cádiz), solicitando la prórroga de la autorización con la que cuenta el centro para los cursos desde Pre-Nursery (de 2 a 3 años) hasta Year 13 (de 17 a 18 años) del Sistema Educativo Británico para alumnado español y extranjero, según lo dispuesto en el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo.

Resultando que, por orden de esta Consejería de Educación, el citado centro tiene autorización para impartir enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero para 360 puestos escolares desde Pre-Nursery (de 2 a 3 años) hasta Year 13 (de 17 a 18 años).

Resultando que en el expediente ha recaído informe favorable del British Council en España.

Vistos: La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley 17 /2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo (BOE de 23 de junio), sobre régimen de centros docentes extranjeros en España; el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la prórroga de la autorización administrativa al centro docente privado extranjero «Internacional El Sabio», código 11012383 y domicilio en C/ Alemania, s/n, portal 1, de Jerez de la Frontera (Cádiz), cuya entidad titular es Campus El Sabio, S.L., para impartir las enseñanzas del Sistema Educativo Británico a alumnado español y extranjero para 360 puestos escolares desde Pre-Nursery (de 2 a 3 años) hasta Year 13 (de 17 a 18 años).

Segundo. El centro deberá complementar las enseñanzas autorizadas con enseñanzas de lengua y cultura españolas.

Tercero. La enseñanza de lengua española deberá impartirse con el mismo diseño y horario establecidos en los Decretos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a la educación infantil, a la educación primaria y a la educación secundaria obligatoria.

Asimismo, la cultura española deberá desarrollar los contenidos esenciales de las áreas de Conocimiento del entorno, de Ciencias de la naturaleza y de Ciencias sociales y de Geografía e Historia recogidos en los Decretos anteriormente citados.

Cuarto. La autorización a la que hace referencia el apartado primero de esta orden tendrá validez hasta el 20 de abril de 2019, para las enseñanzas desde Pre-Nursery a Reception y hasta el 20 de abril de 2022 para las enseñanzas desde Year 1 a Year 13, en consideración a los certificados emitidos por el British Council. A partir de estas fechas, la autorización dependerá de una nueva inspección del citado organismo.

Quinto. La presente autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de octubre de 2018

SONIA GAYA SÁNCHEZ
Consejera de Educación
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