Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 04/12/2018

3. Otras disposiciones

Consejería de Salud

Resolución de 27 de noviembre de 2018, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se comunica la Resolución de 22 de noviembre de 2018, de esta Dirección Gerencia, por la que se delega la competencia en la persona titular de la Dirección Gerencia del Hospital Universitario Virgen del Rocío, para la firma de un Convenio Singular de Colaboración con la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) y la Fundación ONCE, en el ámbito de la atención a las personas con discapacidad y, en particular, a las personas ciegas o con deficiencia visual grave.

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Con fecha 28 de mayo de 2018 se firmó Convenio Marco entre la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) y la Fundación ONCE, para la colaboración en el ámbito de la atención a las personas con discapacidad y, en particular, a las personas ciegas o con deficiencia visual grave. El apartado 12 de la Estipulación Segunda de este Convenio Marco fija la intención de posibilitar de forma gratuita la venta de productos de juego de la ONCE por parte de los agentes vendedores que ya lo vienen haciendo en los recintos sanitarios hospitalarios, centros de salud y agencias públicas sanitarias de la Comunidad, y en aquellos otros casos que la ONCE lo solicite, estando siempre debidamente acreditados y homologados. El vendedor se situaría en un lugar que no obstaculice la circulación de las personas, siendo la ubicación definitiva, en todo caso, aprobada por la dirección del centro.

La Estipulación Tercera del referido Convenio Marco establece que para el desarrollo del mismo se podrán realizar convenios específicos en los que se detallarán las actuaciones y, en su caso, los recursos aportados por los firmantes.

El presente Convenio Singular tiene por objeto, como desarrollo del Convenio Marco de fecha 28 de mayo de 2018, la cesión por parte de determinados centros sanitarios de la provincia de Sevilla, de espacios en las dependencias interiores o exteriores, de los Centros que a continuación se especifican, para la instalación por parte de la ONCE y Fundación ONCE de los puntos para la venta fijos y móviles de productos de cupones de la ONCE y otros juegos de azar, siguientes:

1. Hospital Universitario Virgen del Rocío (HUVR):

i. 1 Ud de punto fijo venta cupones de la ONCE en el Vestíbulo del Hospital General.

ii. 1 Ud de punto fijo venta cupones de la ONCE en el acceso al recinto Hospitalario, de entrada a las Urgencias del Hospital de la Mujer y Hospital Infantil.

i. 1 Ud de punto móvil venta cupones de la ONCE en el acceso a la cafetería de público del Hospital de la Mujer.

ii. 1 Ud de punto móvil venta cupones de la ONCE en el acceso al edificio del Centro de Diagnóstico y Tratamiento.

iii. 1 Ud de punto móvil venta cupones de la ONCE en el acceso al edificio del Duques del Infantado.

2. Hospital Universitario Virgen Macarena (HUVM):

i. 1 Ud de venta cupones de la ONCE en el acceso al recinto Hospitalario, del Hospital Universitario Virgen Macarena.

3. Área de Gestión Sanitaria de Osuna (AGSO):

i. 2 Uds de venta cupones de la ONCE en el acceso al recinto Hospitalario y en el Vestíbulo del Hospital de la Merced de Osuna.

4. Área de Gestión Sanitaria Sur de Sevilla (AGSS)

i. 1 Ud de venta cupones de la ONCE en el acceso planta semisótano del Hospital Universitario de Valme.

El régimen jurídico, tanto del Convenio Marco como del Convenio Singular, es el previsto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, quedando excluido de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Asimismo, se prevé en el Convenio Singular, el carácter supletorio del Convenio Marco para aquello que no se hubiera previsto en aquel.

El plazo de duración del presente convenio singular surtirá efectos desde la fecha de su firma, y tendrá una vigencia de cuatro años. No obstante, podrá ser prorrogado tácitamente por cuatro años adicionales, realizada con dos meses de antelación a la fecha de vencimiento del plazo inicial estipulado, mediante acuerdo expreso de las partes. En todo caso, la vigencia no podrá extenderse más allá de la del Convenio Marco del que deriva.

Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación el Decreto 208/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud y de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 103 de la de la Ley 9/2007, de 26 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Delegar en la Directora Gerente del Hospital Universitario Virgen del Rocío de Sevilla, la competencia para la suscripción del Convenio Singular de Colaboración con la organización nacional de ciegos (ONCE) y la Fundación ONCE, en el ámbito de la atención a las personas con discapacidad y, en particular, a las personas ciegas o con deficiencia visual grave, en la cesión de espacios de determinados centros sanitarios de la provincia de Sevilla para la instalación por parte de la ONCE y Fundación ONCE de algunos puntos para la venta fijos y móviles de cupones y otros juegos de azar.

Segundo. La presente resolución tendrá efectividad el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 27 de noviembre de 2018.- La Directora Gerente, Francisca Antón Molina.

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