Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 02/02/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de diciembre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Fuengirola, dimanante de autos núm. 905/2015. (PP. 127/2018).

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NIG: 2905442C20150003718.

Procedimiento: Juicio Ordinario 905/2015. Negociado: ED.

De: Autopista del Sol Concesionaria Española, S.A.

Procurador: Sr. Ernesto del Moral Chaneta.

Contra: Mutua Madrileña Automovilista, El Olivar 2014, S.L., y Rodrigo Sánchez Sánchez.

Procurador: Sr. Emilio José Fernández Antón.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento de referencia 905/2015 que se sigue en este Juzgado en materia de Juicio Ordinario-tráfico, a instancia de Autopista del Sol Concesionaria Española, S.A., representada por el Procurador don Ernesto del Moral Chaneta, frente a Mutua Madrileña Automovilista, representada por el Procurador don Emilio José Fernández Antón, y El Olivar 2014, S.L., y Rodrigo Sánchez Sánchez, ambos declarados en Rebeldía, tras los trámites procesales oportunos se ha dictado Sentencia 340/2017 en fecha 14.12.2017 con el siguiente contenido:

FALLO

Estimando íntegramente la demanda presentada por Autopista del Sol Concesionaria Española, S.A., frente a don Rodrigo Sánchez Sánchez y El Olivar 2014, S.L., en rebeldía procesal; y frente a la entidad Mutua Madrileña Automovilística, debo condenar y condeno a los expresados demandados a que abonen a la actora la suma de ocho mil doscientos noventa y tres euros con cincuenta céntimos (8.293,50) más los intereses legales de la citada cantidad desde la interpelación judicial incrementados en dos puntos a la fecha de la presente resolución para los demandados rebeldes e intereses del art. 20 LCS, para la entidad aseguradora demandada.

Procede imponer costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe interponer recurso de apelación previa constitución de depósito necesario para recurrir en cuantía de 50 euros.

Y como consecuencia del ignorado paradero de los codemandados declarados en rebeldía El Olivar 2014, S.L., y Rodrigo Sánchez Sánchez, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, quedando copia íntegra literal de la resolución a su disposición en la Secretaría de este Tribunal.

En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).

En fuengirola, a catorce de diciembre de dos mil diecisiete.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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