Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 12/02/2018

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Consejería de Cultura

Resolución de 30 de enero de 2018, de la Direccción General de Bienes Culturales y Museos, por la que se somete al trámite de información pública el anteproyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Instituciones Museísticas de Andalucía.

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Con fecha 30 de octubre de 2017, la persona titular de la Consejería de Cultura acordó el inicio de tramitación del anteproyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Instituciones Museísticas en Andalucía, en desarrollo de la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía.

El artículo 45.1 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando la naturaleza de una disposición lo aconseje será sometida a información pública, como es el caso, durante un plazo razonable no inferior a quince días hábiles.

El artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que cuando la norma afecte a los derechos e intereses legítimos de las personas, el centro directivo competente publicará el texto en el portal web correspondiente. En cumplimiento de este precepto, esta iniciativa reglamentaria ha sido sometida a consulta pública previa con fecha 31 de enero de 2017, estableciendo un plazo para presentación de observaciones del 1 al 15 de febrero, sin que se haya producido observación alguna por parte de la ciudadanía. Asimismo, se encuentra disponible para la consulta de la ciudadanía el texto del borrador y su documentación complementaria en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía desde el 30 de octubre de 2017.

Por otro lado, el apartado tercero del citado artículo 133 dispone que la audiencia e información pública deberán realizarse de forma tal que los potenciales destinatarios de la norma y quienes realicen aportaciones sobre ella tengan la posibilidad de emitir su opinión, para lo cual deberá ponerse a su disposición los documentos necesarios, que serán claros y concisos, y reunirán toda la información precisa para poder pronunciarse sobre la materia.

Con fecha 21 de diciembre, mediante Resolución de la Dirección General de Bienes Culturales y Museos, se ha establecido el trámite de audiencia pública de este proyecto de Decreto de Reglamento de Insituticones Museísticas de Andalucía a organismos e instituciones directamente relacionados con el ámbito de esta norma. Asimismo, es intención de este centro directivo, dada la trascendencia de este proyecto, someterlo al trámite de información pública.

Por todo ello y de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, así como en el artículo 133.2 y 3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,

RESUELVO

Primero. Someter el proyecto de Decreto por el que aprueba el Reglamento de Instituciones Museísticas de Andalucía al trámite de información pública, durante el plazo de 15 días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la finalidad de que se formulen cuantas alegaciones se estimen oportunas.

Segundo. Durante dicho plazo el texto del proyecto de Decreto estará a dispoisición de las personas en la Sección de Transparencia del Portal de la Junta de Andalucía, dentro del apartado Publicidad Activa, al que se puede acceder también a través del enlace http://www.juntadeandalucia.es/servicios/normas-elaboracion.html, así como en las dependencias administrativas de la Dirección General de Bienes Culturales y Museos, sita en la calle Levíes, núm 27, en Sevilla.

Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al anteproyecto se podrán realizar preferentemente en formato digital y abiero en la dirección de correo electrónico participacion.museos.ccul@juntadeandalucia.es así como por escrito dirigido a la Dirección General de Bienes Culturales y Museos, presentado preferentemente en el Registro General de la Consejería de Cultura, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación a la disposición transitoria cuarta y la disposición final séptima de la Ley 93/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de enero de 2018.- El Director General, Marcelino Sánchez Ruiz.

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