Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 13/02/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 8 de noviembre de 2017, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Sevilla, dimanante de autos núm. 297/2016. (PP. 50/2018).

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 297/2016. Negociado: 2.

De: Transporte Integral de Paquetería, S.A.

Procuradora: Sra. María Elena Arribas Monge.

Contra: Majopa, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 297/2016, seguido a instancia de Transporte Integral de Paquetería, S.A., frente a Majopa, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA nÚM 232/17

En Sevilla, a siete de noviembre de dos mil diecisiete.

Vistos por mí, doña María Trinidad Vergara Gómez, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de los de esta localidad, los presentes autos de juicio verbal seguidos con el núm. 297/16, sobre reclamación de cantidad, en virtud de demanda interpuesta Transportes Integral Paquetería, S.A., representada por la Procuradora doña Arribas Monge, y asistida por el Letrado Sra. Lucas García, frente a Majopa, S.L., en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda formulada por doña María Elena Arribas Procuradora de los Tribunales y de Transporte Integral Paquetería, S.A., debo condenar y condeno a Majopa, S.L., en situación procesal de rebeldía a abonar a la actora la suma de 6.800 euros, más los intereses del art. 1108 del CC, desde la interpelación judicial, y hasta el dictado de la presente sentencia que serán los del art. 576 de la LEC, y con expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, informándole que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicha demandada, Majopa, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a ocho de noviembre de dos mil diecisiete.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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