Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 19/02/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de marzo de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Sevilla, dimanante de procedimiento Juicio Verbal núm. 559/2015. (PP. 739/2016).

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NIG: 4109142C20150017782.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 559/2015. Negociado: 4.

De: Juegomatic, S.A.

Procurador Sr.: Juan José Barrios Sánchez.

Contra: Juana Ledesma Ardoy.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 559/2015 seguido a instancia de Juegomatic, S.A., frente a Juana Ledesma Ardoy, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 70/16

En Sevilla, a veintiuno de marzo de dos mil dieciséis.

Vistos por mí, doña María Trinidad Vergara Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Sevilla, y su partido, los presentes autos de juicio verbal de reclamación de cantidades debidas, seguidos con el número 559/15, a instancia Juegomatic, S.A., representada por el Procurador Sr. Barrios Sánchez, y asistida por el Letrado Sr. Corrales Barbecho, frente a doña Juana Ledesma Ardoy, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda promovida por don Juan José Barrios Sánchez, Procurador de los Tribunales y de Juegomatic, S.A., debo condenar a doña Juana Ledesma Ardoy, en situación procesal de rebeldía, a abonar a la actora la suma de 4.649,70 €, más los intereses conforme a lo establecido en el fundamento de derecho tercero in fine y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, informándoles que es firme, y contra ella no cabe interponer recurso de apelación.

Y encontrándose dicha demandada, Juana Ledesma Ardoy, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a la misma.

En Sevilla, a veintinueve de marzo de dos mil dieciséis.- La Letrada de la Administración de Justicia.

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