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La Consejería Hacienda y Administración Pública ejerce las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía conforme al Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías. Para su mejor desempeño, tiene atribuida la coordinación en materia de contratación pública de la Junta de Andalucía y la declaración y concreción de la contratación centralizada de aquellos suministros, obras y servicios, que por sus especiales características sean susceptibles de ser utilizados con carácter general por todas las Consejerías y entidades instrumentales y vinculadas de la Junta de Andalucía; todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados.
El Decreto 245/1997, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Manual de Diseño Gráfico para su utilización por el Gobierno y Administración de la Junta de Andalucía de la Consejería de la Presidencia (BOJA núm. 130, de 8 de noviembre de 1997), la Orden de 30 de abril de 1998 (BOJA núm. 63, de 6 de junio), por la que se aprueba el Manual de Señalización Corporativa de la Junta de Andalucía y, posteriormente el Manual de Diseño Gráfico adaptado y actualizado mediante el Decreto 126/2002, de 17 de abril, de la Consejería de la Presidencia (BOJA núm. 49, de 27 de abril de 2002), adaptando y actualizando el Manual de Señalización Corporativa de la Junta de Andalucía por Orden de 3 de septiembre de 2007 (BOJA núm. 193, de 1 de octubre) y por último, tras la Orden de 27 de febrero de 2012, por la que se regula la señalización de los Lugares de Memoria Histórica de Andalucía (BOJA núm. 52, de 15 de marzo), se establece la obligada observancia de la señalización de la Junta de Andalucía, para todas las Consejerías, Organismos Autónomos, Empresas de capital íntegro de la Junta de Andalucía, bien sean Entidades de Derecho Público o Sociedades Mercantiles y Fundaciones en las que corresponda a la Administración de la Junta de Andalucía la designación de la totalidad de los miembros de su patronato.
El Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, y se regula el régimen de bienes y servicios homologados, dedica su Capítulo V a la contratación de obras, bienes y servicios homologados.
Concretamente, el artículo 34.4 del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, establece que tanto la Administración de la Junta de Andalucía como sus agencias administrativas estarán obligadas a contratar con las empresas homologadas sus correspondientes bienes y servicios homologados. Del mismo modo, la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 9 de mayo de 2011, establece la obligatoriedad de contratación de dichos bienes por las agencias públicas empresariales y de régimen especial, así como por las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz. Y el artículo 35 de este Decreto 39/2011, de 22 de febrero, establece que a la Dirección General competente en materia de Patrimonio le corresponde la declaración de bienes y servicios de necesaria uniformidad, así como tramitar el procedimiento de selección, de conformidad con el sistema de racionalización técnica de la contratación elegido. Le corresponde también la elaboración, publicación y actualización del Catálogo de Bienes y Servicios Homologados de la Junta de Andalucía.
Asimismo, el artículo 10.1.f) del Decreto 206/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, establece que a la Dirección General de Patrimonio le corresponde la competencia de la declaración de necesaria uniformidad de obras, bienes y servicios, así como la celebración de Acuerdos Marco y la articulación de sistemas dinámicos de contratación en relación con la homologación de obras, bienes y servicios de utilización común para la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, así como las demás competencias en la materia previstas en la normativa de aplicación.
Mediante Resolución de 25 de enero de 2016 (BOJA núm. 30, de 15 de febrero 2016), se derogó la anterior Declaración de Necesaria Uniformidad de Elementos de Señalización de 12 de enero de 2010, al haber expirado la vigencia del acuerdo marco de homologación correspondiente, por lo que se hace necesaria la convocatoria de un nuevo acuerdo marco que deberá regir la contratación de los referidos elementos de señalización por la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales en los próximos años, habida cuenta que el Catálogo de Bienes y Servicios Homologados de la Junta de Andalucía incluye una amplísima gama de bienes con variedad de características, prestaciones y precios, que pretende satisfacer el máximo de necesidades que puedan plantearse a los órganos, entes y entidades de la Administración de la Junta de Andalucía. Asimismo, se prevé su permanente actualización, al objeto de que los bienes o el equipamiento se adquieran al menor precio con el máximo de prestaciones adicionales.
La experiencia acumulada ha demostrado que la homologación de elementos de señalización, permiten un mayor ahorro en los distintos niveles de la prestación requeridos, uniformidad en los suministros, identidad corporativa, simplificación de los procedimientos y un mejor aprovechamiento de las disponibilidades presupuestarias. Además, el sistema fija estándares de calidad, elimina diferencias injustificadas entre diferentes centros u organismos, y permite simplificación de los costes administrativos asociados a la gestión.
Ante estas circunstancias, en virtud de lo establecido en el artículo 36 de citado Decreto 39/2011, de 22 de febrero y en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente sobre contratación administrativa,
RESUELVO
Primero. Declarar necesaria la uniformidad de los Elementos de Señalización que se relacionan en el Anexo adjunto, para la utilización común por la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.
Segundo. Diferir la entrada en vigor de la presente declaración hasta la publicación en el Catálogo de Bienes y Servicios Homologados de la Junta de Andalucía, de alguno o todos los lotes que componen el Acuerdo Marco de Homologación de Elementos de Señalización que próximamente será publicado para su licitación.
Tercero. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de marzo de 2018.- El Director General, Antonio M. Cervera Guerrero.
ANEXO
BIENES DECLARADOS DE NECESARIA UNIFORMIDAD
ACUERDO MARCO DE HOMOLOGACIÓN DE ELEMENTOS DE SEÑALIZACIÓN
- MONOLITO SERIE PRINCIPAL ADMINISTRACIÓN.
- MONOLITO SERIE PRINCIPAL ENTES INSTRUMENTALES.
- MONOLITO SERIE AUXILIAR ENTES INSTRUMENTALES.
- MONOLITO PARA LUGARES DE MEMORIA HISTÓRICA.
- BANDA SERIE PRINCIPAL ADMINISTRACIÓN.
- BANDA SERIE PRINCIPAL ENTES INSTRUMENTALES.
- BANDA SERIE AUXILIAR ENTES INSTRUMENTALES.
- PLACA SERIE PRINCIPAL ADMINISTRACIÓN.
- PLACA SERIE PRINCIPAL ENTES INSTRUMENTALES.
- PLACA SERIE AUXILIAR ENTES INSTRUMENTALES.
- PLACA SERIE VIDRIO ADMINISTRACIÓN/ENTES INSTRUMENTALES.
- PERFILES CURVOS PARA DIRECTORIOS (Interior).
- PERFILES PLANOS (CORREDERAS) PARA DIRECTORIOS (Interior).
- PERFILES PLANOS PARA DIRECTORIOS (Interior).
- PERFILES CURVOS ADOSADOS (Interior).
- PERFILES CURVOS BANDEROLAS (Interior).
- PERFILES CURVOS COLGADOS (Interior).
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