Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 52 de 15/03/2018

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 9 de marzo de 2018, de la Universidad de Almería, por la que se corrigen errores en la convocatoria de contratos posdoctorales HIPATIA del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2018.

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Por Resolución del Rectorado de 26 de febrero de 2018, se convocaron a concurso público cuatro contratos posdoctorales HIPATIA del Plan Propio de Investigación y Transferencia 2018 (BOJA núm. 43, de 2 de marzo). Se han observado errores materiales y aritméticos en la base 3 y en el baremo.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y en el Decreto 343/2003, de 9 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad de Almería

HA RESUELTO

Primero. De conformidad con lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, proceder a la corrección de los citados errores materiales y aritméticos

Base 3.1.c) Requisitos de admisión de los solicitantes.

Donde dice:

c) Haber realizado una estancia postdoctoral, de al menos 1 año de duración, en un centro de I+D diferente al centro donde llevó a cabo su formación predoctoral (CIF diferente al de la UAL). La estancia postdoctoral deberá haber sido posterior a la lectura de la tesis doctoral y las actividades de investigación del candidato deberán haberse enmarcado durante ese período, de forma inequívoca, en el desarrollo de un proyecto de investigación. La estancia se puede haber realizado en dos periodos, de forma que la suma de ambos sea igual o superior a 12 meses y ninguno de los dos sea inferior a 3 meses.

Debe decir:

c) Haber realizado una estancia postdoctoral, de al menos 1 año de duración, en un centro de I+D diferente al centro donde llevó a cabo su formación predoctoral (CIF diferente al del centro donde se ha realizado la formación predoctoral). La estancia postdoctoral deberá haber sido posterior a la lectura de la tesis doctoral y las actividades de investigación del candidato deberán haberse enmarcado durante ese período, de forma inequívoca, en el desarrollo de un proyecto de investigación. La estancia se puede haber realizado en dos periodos, de forma que la suma de ambos sea igual o superior a 12 meses y ninguno de los dos sea inferior a 3 meses.

Anexo I Baremo.

Donde dice:

1.- Expediente académico (máximo 5 puntos).
1.1.- Nota media del expediente académico del título de Grado o equivalente que da acceso a los estudios de doctorado del solicitante (en base 10) multiplicado por 0,4 (hasta 4 puntos)

Debe decir:

1.- Expediente académico (máximo 6 puntos).
1.1.- Nota media del expediente académico del título de Grado o equivalente que da acceso a los estudios de doctorado del solicitante (en base 10) multiplicado por 0,5 (hasta 5 puntos)

Segundo. Como consecuencia de las correcciones indicadas en el punto anterior, ampliar el plazo de presentación de solicitudes de participación en las citadas pruebas selectivas, estableciéndose dicha ampliación en 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en BOJA.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa en virtud de los artículos 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y 62 de los Estatutos de la Universidad de Almería, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este escrito, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); o con carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Almería, 9 de marzo de 2018.- El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

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