Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 26/03/2018

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Consejería de Economía y Conocimiento

Resolución de 21 de febrero de 2018, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Jaén, por la que se concede Autorización Administrativa Previa, se declara en concreto la Utilidad Pública y se aprueba el Proyecto que se cita. (PP. 631/2018).

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Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo de Jaén, por la que se concede Autorización Administrativa Previa, se declara en concreto la Utilidad Pública y se aprueba el Proyecto de Ejecución de adecuación de línea aérea 132 kV Baza-Quesada entre los apoyos 66 y 67 para la Entrada-Salida en nueva subestación Pozo Alcón, en el t.m. de Pozo Alcón (Jaén). Expte AT- 3970-1.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 31 de julio de 2017, Endesa Distribución Electrica, S.L., solicita Autorización Administrativa y Aprobación de Proyecto de Ejecución y la Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del proyecto de adecuación de línea aérea 132 kV Baza-Quesada entre los apoyos 66 y 67 para la Entrada-Salida en nueva subestación Pozo Alcón, en el t.m. de Pozo Alcón (Jaén).

Segundo. De acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico, y con el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió a un periodo de información pública la solicitud mencionada insertándose anuncios en BOE núm. 273, de 10 de noviembre de 2017, y la corrección de errores en el número 300 del lunes 11 de diciembre de 2017, BOJA núm. 5, de 8 de enero de 2018, BOP de la provincia de Jaén núm. 236 de 13 de diciembre de 2017, y Diario Ideal de 15 de noviembre de 2017.

Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el art. 144 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, se comunica el 16 de octubre del 2017, al Ayuntamiento de Pozo Alcon donde radican los bienes o derechos afectados por la instalación, para su exposición al público en el tablón de edictos por un periodo de 20 días, a fin de que puedan alegar la existencia de errores en la relación mencionada, así como formular las alegaciones que sean procedentes de acuerdo con lo que disponen los arts. 145 y 147 del mencionado Real Decreto. Según certificado del Secretario Municipal de fecha, 23 de octubre del 2017, no se han producido alegaciones en contra del establecimiento de la instalación.

Tercero. De acuerdo con lo que prevé el art. 146 del R.D. 1955/2000, se remitieron las separatas del proyecto al Ayuntamiento de Pozo Alcon y a la Comunidad de Regantes de Pozo Alcon, Hinojares y Cuevas del Campo, al objeto de que manifestasen su oposición o conformidad con las instalaciones así como que establecieran los condicionados técnicos procedentes.

El Ayuntamiento de Pozo Alcon ha contestado dando su conformidad a la instalación y declaración de utilidad pública, no poniendo ningún condicionado a la instalación que sea necesario modificar el proyecto inicial. La Comunidad de Regantes de Pozo Alcon, Hinojares y Cuevas del Campo no se pronuncia.

El proyecto de las instalaciones no es necesario someterlo al tramite de Autorización Ambiental Unificada al ser la longitud de la LAMT inferior a tres mil metros, según epígrafe 2.17 del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Territorial es competente para conceder la citada Autorización Administrativa Previa, según lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en el artículo 132.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se delegan competencias en materia de autorización de instalaciones eléctricas en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

La Declaración, en concreto, de la Utilidad Pública, en virtud de lo establecido en el artículo 54.1 de la citada Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el artículo 149 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

A tenor de lo establecido en la Sección 3.ª, «Alcance y Límites de la Expropiación», desarrollada en el artículo 157 y siguientes del reiterado Real Decreto 1955/2000, la servidumbre de paso de línea aérea comprenderá:

a) El vuelo sobre el predio sirviente.

b) El establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de los cables conductores de energía eléctrica e instalaciones de puesta a tierra de dichos postes, torres o apoyos fijos.

c) El derecho de paso o acceso para atender el establecimiento, vigilancia, conservación, reparación de la línea eléctrica y corte de arbolado, si fuera necesario.

d) La ocupación temporal de terrenos u otros bienes, en su caso necesarios a los fines indicados en el párrafo c) anterior.

Segundo. La Aprobación del Proyecto de Ejecución de instalaciones eléctricas de alta tensión está regulado en los artículos 122 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los artículos 143 y siguientes del citado R.D. 1955/2000, habiéndose tenido en cuenta el cumplimiento de las limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de acuerdo con lo estipulado en el art. 161.

Visto los preceptos legales citados, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y Ley 40/2015, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, esta Delegación Territorial

RESUELVE

Primero. Otorgar a Endesa Distribución Elétrica, S.L.U., Autorización Administrativa a la instalación eléctrica de «adecuación de Línea Aérea 132 kV Baza-Quesada entre los apoyos 66 y 67 para la Entrada-Salida en nueva subestación Pozo Alcón, en el t.m. de Pozo Alcón (Jaén)».

Segundo. Declarar la Utilidad Pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados, que se sometieron a información pública en el anuncio publicado relacionados en el Anexo, y comporta las afecciones que se describen y las que hubieran podido aflorar o modificarse en la tramitación de este expediente, comprenderá el vuelo sobre el predio sirviente, quedando limitada la plantación de árboles y prohibida la construcción de edificios e instalaciones industriales en la franja definida por la proyección sobre el terreno de los conductores extremos en las condiciones más desfavorables, incrementada con las distancias reglamentarias a ambos lados de dicha proyección, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos, el derecho de paso o acceso para atender el establecimiento, vigilancia, conservación, reparación de la línea y corte de arbolado.

Tercero. Aprobar el proyecto de ejecución de esta instalación, con las características técnicas siguientes:

Características de las instalaciones:

- Sistema: Corriente alterna trifásica a 50 HZ.

- Tensión Nominal: 132 kV.

- Categoría: Primera.

- Longitud nueva construcción: 402,79 m.

- Longitud retensado línea existente: 744,30 m.

- Longitud nueva LAAT 132 kV. E/S SE Pozo Alcon: 22,95 m.

- Número de circuitos: 1/2 (E/S SET).

- Conductor LA-280.

- Número conductores por fase: 1.

- Disposición de los conductores por fase: Tresbolillo/doble bandera (66 bis).

- Temperatura máxima del conductor: 75 ºC.

- Cable de tierra: 1 x ARLE-9,78.

- Zona: B.

- Tipo de aislamiento: Vidrio 10xU-100BS.

- Puesta a tierra: Electrodo de difusión.

Cuarto. Antes de proceder a la puesta en servicio de las instalaciones en cuestión se deberá tener en cuenta lo siguiente:

1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen así como los condicionados emitidos en su día por los distintos organismos.

2. El plazo de puesta en marcha será de 2 años contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución.

3. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación Territorial a efectos de reconocimiento definitivo. A dicha solicitudes acompañara un certificado de final de obra suscrito por el técnico facultativo competente, que acredite que se ajustan al proyecto aprobado y que se ha dado cumplimiento a las normas y disposiciones antes mencionadas, y se adjuntará informe técnico con resultado favorable, de las verificaciones previas a la puesta en servicio.

4. La Administración Autonómica dejara sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella, y previa instrucción del expediente oportuno, acordará en este supuesto la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

5. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a cabo las obras y las instalaciones aprobadas.

Quinto. Cualquier modificación del trazado se someterá a la preceptiva aprobación de proyecto.

Contra la presente resolución que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación, de conformidad con lo establecido en los arts. 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Relación de propietarios con bienes y derechos afectados del proyecto de adecuación de línea aérea 132 kV Baza-Quesada entre los apoyos 66 y 67 para la Entrada-Salida en nueva subestación Pozo Alcón, en el t.m. de Pozo Alcón (Jaén)

Datos de la Finca Afección
Núm.Parcela S/Proyecto Propietario Término Municipal Paraje Parcela S/Catastro Polígono Vuelo (m) Apoyos Ocupación Cultivo
Longitud Supf(m²) Núm. Superf(m²) Temp (m²)
1 HEREDEROS DE JOSÉ MANUEL RODRÍGUEZ SÁNCHEZ POZO ALCÓN EL VISO 69 7 62,65 304,21 66 49,15 300 OR OLIVOS REGADÍO
2 GENOVEVA SÁNCHEZ AMADOR POZO ALCÓN EL VISO 710 7 34,30 220,37 - - - OR OLIVOS REGADÍO
3 AYUNTAMIENTO DE POZO ALCÓN POZO ALCÓN CAMINO 9122 7 42,46 320,74 - - - I. IMPRODUCTIVO
4 ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA, S.L.U. POZO ALCÓN EL VISO 571 7 48,41 225,88 66bis 27,98 300 OR OLIVOS REGADÍO
5 SERGIO FERNÁNDEZ LARA POZO ALCÓN NO INFORMADO 910 7 62,38 412,22 - - - MT MATORRAL
6 SERGIO FERNÁNDEZ LARA POZO ALCÓN LOMA DE LA PEQA 66 7 4,56 71,75 - - - AM ALMENDRO SECANO
7 AYUNTAMIENTO DE POZO ALCÓN POZO ALCÓN EL VISO 595 7 82,72 1.092,70 - - - I. IMPRODUCTIVO
8 MARINA RODRÍGUEZ AMADOR POZO ALCÓN LOMA DE LA PEQA 87 7 84,26 894,51 67 60,53 300 AM ALMENDRO SECANO

Jaén, 21 de febrero de 2018.- La Direccion General de Industria, Energía y Minas, P.D. (Resolución de 9.3.2016, BOJA núm. 51), la Delegada, María de la Paz del Moral Milla.

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