Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 28/03/2018

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación

Resolución de 21 de marzo de 2018, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se modifica la Resolución de 5 de octubre de 2017, por la que se efectúa la convocatoria pública de las ayudas individualizadas para el transporte escolar en el curso académico 2016-2017.

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Mediante Resolución de 5 de octubre de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, efectúa convocatoria pública de las ayudas individualizadas para el transporte escolar en el curso académico 2016-2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 287/2009, de 30 de junio, por el que se regula la prestación gratuita del servicio complementario de transporte escolar para el alumnado de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, y lo establecido en el artículo 10.1 de la Orden de 3 de diciembre de 2010, por la que se regula la organización y gestión del servicio de transporte público regular de uso especial de escolares por carretera y las ayudas individualizadas reguladas en el citado Decreto 287/2009, de 30 de junio.

Con la finalidad de atender al interés general y dar cumplimiento a los objetivos que se persiguen en el Decreto 287/2009, de 30 de junio, y habiéndose recibido solicitudes de ayuda susceptibles de ser atendidas favorablemente por un importe mayor al inicialmente establecido como cuantía máxima, una vez se ha tenido en cuenta la disponibilidad presupuestaria, procede incrementar los créditos disponibles para dicha convocatoria.

En su virtud y por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación,

R E S U E L V O

Modificar el punto 1 del resuelvo sexto de la Resolución de 5 de octubre de 2017, de la Dirección General de Participación y Equidad, por la que se efectúa convocatoria pública de las ayudas individualizadas para el transporte escolar en el curso académico 2016-2017.

Se modifica por el siguiente:

«Sexto. Financiación y abono de las ayudas.

1. El límite máximo presupuestario para esta convocatoria correspondiente al curso 2016-2017 es de 2.100.000,00 euros.»

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Participación y Equidad en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 21 de marzo de 2018.- La Directora General, María Isabel González Gómez.

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