Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 10/04/2018

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 3 de abril de 2018, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de la categoría de Técnico Especialista de Laboratorio tipo C, mediante turno de promoción interna.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00133616.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

En uso de las atribuciones que me confieren la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, y publicados en el BOJA de 28 de octubre de 2003, de acuerdo con la Oferta de Empleo Público del personal de administración y servicios para el año 2015, autorizada mediante Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía de 4 de abril de 2016, se incluía una plaza de Técnico Especialista de Laboratorio en ejecución del artículo 18, apartado 1, del vigente Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades públicas de Andalucía, por el que se establecen los procedimientos para la provisión de vacantes de personal laboral fijo y de acuerdo con las bases de la convocatoria,

RESUELVO

Convocar proceso selectivo para cubrir una plaza de la categoría de Técnico Especialista de Laboratorio tipo C, mediante turno de promoción interna con sujeción a las bases de esta convocatoria.

Cádiz, 3 de abril de 2018.- El Rector, por delegación de firma (Resolución UCA/R16REC/2015, de 20 de abril), El Gerente, Alberto Tejero Navarro.

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de Técnico Especialista de Laboratorio tipo C mediante turno de promoción interna y según lo relacionado en el Anexo I de esta convocatoria.

1.2. El presente proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, los Estatutos de la Universidad de Cádiz, aprobados por Decreto de la Comunidad Autónoma de Andalucía 281/2003, de 7 de octubre, el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 23 de febrero de 2004), el Reglamento de selección, contratación y nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz aprobado por Consejo de Gobierno de fecha 18 de diciembre de 2017, la Resolución de 19 de enero de 2017, de la Universidad de Cádiz, por la que se aprueba la publicación de la relación de puestos de trabajo del personal de administración y servicios y a las bases de esta convocatoria.

1.3. El proceso selectivo constará de dos fases: fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo II.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo III de esta convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización del proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Estar en posesión o en condiciones de obtener antes del término del plazo de presentación de solicitudes del título de Bachiller Unificado Polivalente (BUP), Bachiller, Formación Profesional de Grado Superior o experiencia laboral equiparable con la categoría profesional reconocida en Convenio Colectivo o hayan superado la prueba de acceso a la Universidad para mayores de 25 años, han sido contratados para ejercer funciones o desempeñar puestos de trabajo en razón de su titulación, categoría profesional o experiencia laboral que estén definidos como del Grupo III en la Relación de Puestos de Trabajo.

Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.

2.1.2. Ser personal laboral fijo de la Universidad de Cádiz, con independencia de la categoría profesional que se ostente.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo podrán presentar su solicitud mediante modelo oficial que se acompaña como Anexo IV de esta convocatoria, que será facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, así como en la página web del área de Personal en la dirección: http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas.

3.2. Los interesados deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o Número de Identidad de Extranjero, en vigor.

b) Fotocopia de la Titulación académica exigida en la convocatoria.

c) Para la valoración de los candidatos de la fase de concurso, sólo tendrán que alegar los méritos, no siendo necesario adjuntar la documentación justificativa, excepto que la misma no conste en el expediente del área de Personal.

3.3. Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

3.4. A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo del abono de los derechos de examen. Los derechos de examen serán de 20 euros, y se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049-4870-86-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz», indicando «PS TEL/C PI». En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

3.5. Los aspirantes con discapacidad podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que estimen necesarias para la realización de los ejercicios de la fase de oposición.

3.6. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de Cádiz (calle Ancha, 16, 11001 Cádiz), así como en las oficinas de los Registros Auxiliares de los Campus de Puerto Real (edificio junto a F. CC. Educación), Jerez de la Frontera (edificio de Servicios Generales), Bahía de Algeciras (Administración Campus de Algeciras-E. Politécnica Superior, 1.ª planta) y Cádiz (Edificio Hospital Real - calle Benito Pérez Galdós, s/n), de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento UCA/CG01/2007, de 20 de diciembre de 2006, o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.7. También se podrá presentar la solicitud a través del procedimiento telemático específico establecido por la Universidad de Cádiz, mediante firma electrónica, y accesible desde la propia Sede Electrónica de la UCA https://sedelectronica.uca.es. En caso de no establecerse dicho procedimiento telemático específico, se podrá presentar la solicitud utilizando el procedimiento telemático de solicitud genérica (Registro Electrónico) https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=48.

3.8. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en la página web del área de Personal de la Universidad de Cádiz (http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas).

3.9. No se admitirá la presentación de méritos una vez finalizado el plazo máximo de presentación de solicitudes.

3.10. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la página web del área de Personal (http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas), se incluirá la lista completa de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso, la/s causa/s de exclusión, así como lugar, fecha y hora del primer ejercicio.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo. Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, a contar desde el siguiente a su publicación y según lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a su publicación, ante el órgano competente y según lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.

5. Tribunal Calificador.

5.1. De acuerdo con lo establecido en el vigente Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, el Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo V.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Cádiz, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a tales categorías en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

5.3. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante publicará en la página web del área de Personal, resolución por la que se nombran a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.

5.5. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con asistencia de la totalidad de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso, y con una antelación mínima de diez días a la realización del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.

A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes, en su caso.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en el Reglamento de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 3 de marzo de 2005, en los términos correspondientes.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad de Cádiz.

5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de su realización por todos los opositores y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de los aspirantes.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, así como de información, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Cádiz, calle Ancha, número 10, 11001 Cádiz, teléfono 956 015 039 y en la siguiente dirección de correo electrónico: seleccion.pas@uca.es.

5.11. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo tendrá la categoría segunda de las recogidas en el artículo 20 y en el Anexo III del Reglamento de la Universidad de Cádiz sobre indemnizaciones por razón de servicio aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 10 de junio de 2005.

6. Temario.

6.1. El temario correspondiente a este proceso selectivo figura como Anexo III de la presente convocatoria.

7. Fase de concurso.

7.1. El Tribunal calificador valorará, de acuerdo con los baremos de la convocatoria, que se adjuntan como Anexo II, los siguientes méritos de los candidatos, con las puntuaciones establecidas en el mismo:

a) Experiencia.

b) Antigüedad.

c) Cursos de formación directamente relacionados con la categoría convocada.

8. Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición constará de dos ejercicios, teórico y práctico, basados en el contenido del temario, con una puntuación máxima de 10 puntos cada ejercicio.

8.2. Para aprobar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario obtener como mínimo 10 puntos en la misma y no ser calificado con 0 puntos en ninguno de los ejercicios realizados.

8.3. El primer ejercicio no se celebrará antes del 1 de junio de 2018. La fecha, lugar y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición se hará pública en la página web del área de Personal (http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas).

La/s fecha/s de celebración de los restantes ejercicios se harán públicas en la página web mencionada.

8.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

8.5. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal y, en todo caso, la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

9. Lista de aprobados.

9.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del área de Personal (http://www.uca.es/personal/convocatorias/pas/) el acuerdo con la relación provisional de aprobados. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

9.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público el acuerdo con el listado provisional de valoración de la fase de concurso de aquellos aspirantes que hayan superado aquélla. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación en el plazo de cinco días hábiles que serán resueltas por el Tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.

9.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público el acuerdo por el que se publica el listado de candidatos que han superado el mismo, sin que su número pueda superar el de plazas convocadas.

9.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos definitivos del Tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

10. Norma final.

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la mencionada Ley.

ANEXO I

PLAZA CATEGORIA UNIDAD ADMINISTRATIVA GRUPO TURNO OBSERVACIONES (*)
L40326 Técnico Especialista de Laboratorio. Tipo C Administración del Campus de Puerto Real III MAÑANA Departamento de Física Aplicada

(*) Centro habitual de trabajo.

ANEXO II

BAREMO GENERAL PARA LA PROVISIÓN DE PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DEL PERSONAL LABORAL, MEDIANTE EL SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA

El sistema de provisión será el de concurso-oposición.

A) Fase de concurso.

1. Experiencia profesional.

a. Experiencia dentro de la especialidad e igual categoría de la plaza convocada: 1,436 puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses.

b. Experiencia dentro de la especialidad e inferior categoría de la plaza convocada: 0,431 puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses.

La puntuación máxima de este apartado será de 4,31 puntos.

2. Antigüedad.

a. Por haber prestado servicios en cualquier Administración Pública: 0,377 puntos por año de servicio o fracción superior a seis meses.

La puntuación máxima de este apartado será de 3,77 puntos.

3. Formación.

a. Solo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido realizados con posterioridad a la aprobación del primer Plan de Formación del PAS (junio de 1996), y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

b. No se valorarán las instrucciones de servicio.

c. Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,162 puntos por curso.

d. Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,269 puntos por curso.

e. Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas, en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,323 puntos por curso.

f. Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas, en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,538 puntos por curso.

g. Los cursos de formación cuyo certificado no acredite el número de horas de duración, serán valorados como cursos de formación de menos de quince horas, puntuándose como se señala en el punto c.

h. La posesión de titulación universitaria oficial específica relacionada con la plaza, de igual o superior nivel académico que la titulación exigida para el ingreso en el correspondiente grupo profesional, se valorará a razón de 1,076 puntos.

La puntuación máxima de este apartado será de 2,69 puntos.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que no podrán superar el límite de 10,77 puntos (35% de la puntuación total del proceso selectivo), únicamente se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición a aquellos aspirantes que superen esta última.

B) Fase de oposición.

a. Primer ejercicio: tendrá carácter teórico. Consistirá en contestar un cuestionario tipo test con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el temario contenido en estas bases. La puntuación máxima a alcanzar en este ejercicio será de 10 puntos. Las respuestas erróneas puntuarán negativamente de acuerdo con la siguiente fórmula de corrección:

Total = Aciertos – [errores/ (número de alternativas) – 1]

b. Segundo ejercicio: tendrá carácter práctico. Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos relacionados con las funciones de la categoría y temario de las bases. La puntuación máxima a alcanzar en este ejercicio será de 10 puntos.

Para aprobar la fase de oposición, que tendrá carácter eliminatorio, será necesario obtener como mínimo 10 puntos en la fase de oposición, y no ser calificado con cero puntos en ninguno de los dos ejercicios realizados.

C) Valoración final del proceso selectivo.

La valoración final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición, siendo necesario para superar el proceso selectivo haber aprobado la fase de oposición.

ANEXO III

TEMARIO

Bloque general:

1. Estatuto de la Universidad de Cádiz. Estructura. Órganos de Gobierno, Participación Social y Representación.

2. El segundo Plan Estratégico de la Universidad de Cádiz. Código ético de la Universidad de Cádiz.

Bloque específico:

1. Reglamento marco de funcionamiento de los Departamentos.

2. Normas de seguridad en el laboratorio. Protocolos de seguridad de la Facultad de Ciencias. Normas de laboratorio. Señalización de seguridad. Hojas de seguridad de productos químicos. Plan de emergencias. Gestión de residuos químicos. Uso de gafas, guantes, bata y mascarilla. Tratamiento de residuos sólidos y líquidos. Etiquetado de reactivos químicos.

3. Conocimientos básicos sobre: Instrumentación básica del laboratorio. Composición básica del material de laboratorio. Diferencias entre material graduado y no graduado. Tipo de instrumental volumétrico para líquidos. Instrumental para el manejo y contención de sólidos y líquidos. Fuentes de alimentación. Conectores. Multímetros y osciloscopios. Elementos eléctricos pasivos: resistencias, condensadores, bobinas. Integrados electrónicos básicos. Fuentes láser. Lentes y espejos. Equipos de vacío. Hornos.

4. Conocimientos básicos sobre las siguientes operaciones de laboratorio:

a) Medida de masas y volúmenes. Conceptos de precisión y exactitud. Precisión de una balanza. El concepto de densidad.

b) Medida del pH: Escala de pH. Disoluciones de referencia. Ácidos y bases fuertes. Ácidos y bases débiles.

c) Medida de temperaturas. Escalas de temperatura. Tipos de medidores de temperatura. Sensores electrónicos calibrados.

d) Preparación de disoluciones. Diferencia entre mezcla y disolución. Peso molecular hidratado. Concentración molar. Concentración porcentual. Conceptos de riqueza y densidad. Concepto de viscosidad.

e) Técnicas de separación. Filtración, tipos de filtración. Filtración a baja presión. Centrifugación. Decantación. Separación de líquidos inmiscibles. Tamización.

f) Técnicas y equipos de molienda.

g) Medida de conductividad eléctrica, constante de temperatura y disoluciones de calibrado.

h) Utilización de espectrofotómetro V/UV para medición de diferentes parámetros.

i) Conexión de circuitos eléctricos básicos. Medida de resistencias eléctricas. Soldadura con estaño.

j) Medida de consumos eléctricos de instrumentación. Cálculo de potencias.

k) Montaje de bancadas ópticas básicas.

l) Manejo de gases de uso común en laboratorio. Conexiones y seguridad.

m) Montaje de estructuras mecánicas básicas. Caja de herramientas.

n) Gestión de almacén de productos químicos, búsqueda y pedido de material de laboratorio y reactivos.

5. El ordenador en el laboratorio.

a) Editor de textos. Maquetado. Editor de ecuaciones.

b) Hoja de cálculo. Fórmulas y expresiones numéricas. Gráficos. Líneas de tendencia.

6. Concepto de calidad. Tipos de normas nacionales e internacionales de calidad. Diferencia entre verificación y calibración de equipos. Auditoría interna y externa. Concepto de error e incertidumbre. Tipos de gráficos de control de calidad.

ANEXO V

TRIBUNAL CALIFICADOR

TITULAR

Presidente:

Don Juan Marrero Torres (funcionario de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz).

Vocales:

Don Melquiades Casas Ruiz (Catedrático del Departamento de Física Aplicada de la Universidad de Cádiz).

Don Manuel Piñero de los Ríos (profesor Titular del Departamento de Física Materia Condensada de la Universidad de Cádiz).

Doña María del Carmen Gómez Cama (personal laboral de la categoría de Titulado de Grado Medio de Apoyo a la Docencia e Investigación de la Universidad de Cádiz).

Don Emilio de la Orden Mellado (personal laboral de la categoría de Titulado de Grado Medio de Apoyo a la Docencia e Investigación de la Universidad de Cádiz).

Secretaria:

Doña Carmen Diéguez Olmo (funcionaria de la escala Administrativa de la Universidad de Cádiz).

SUPLENTES

Presidente:

Doña Milagrosa Sanles Pérez (funcionaria de la escala Técnica de Gestión de la Universidad de Cádiz).

Vocales:

Don Óscar Álvarez Esteban (profesor Titular del Departamento de Física Aplicada de la Universidad de Cádiz).

Doña Milagrosa Ramírez del Solar (Catedrática del Departamento de Física Materia Condensada de la Universidad de Cádiz).

Don Antonio Liñeiro Bullón (personal laboral de la categoría de Titulado de Grado Medio de Apoyo a la Docencia e Investigación de la Universidad de Cádiz).

Doña María de las Nieves García Echeverría (personal laboral de la categoría Técnico Especialista de la Universidad de Cádiz).

Secretaria:

Doña Rosa Escolar Peña (funcionaria de la escala Administrativa de la Universidad de Cádiz).

Descargar PDF