Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 68 de 10/04/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 21 de febrero de 2018, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de Dos Hermanas, dimanante de autos núm. 278/2013. (PP. 1011/2018).

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NIG: 4103842C20130003090.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 278/2013. Negociado: 1C.

De: Lindorff Holding Spain, S.L. Unipersonal.

Procuradora: Sra. María José Medina Cabral.

Contra: Don Manuel Ángel Tinajero Rodríguez y doña Ángeles Medina Rodríguez.

Procurador: Sr. Alfonso Carlos Boza Fernández.

EDICTO

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de Dos Hermanas.

Procedimiento Ordinario núm. 278/13.

Demandante: Lindorff Holding Spain, S.L. Unipersonal.

Demandados: Don Manuel Ángel Tinajero Rodríguez y doña Ángeles Medina Rodríguez.

En el juicio referenciado se ha dictado la resolucion cuyo encabezamiento y pie es el siguiente:

SENTENCIA núm. 12/13

En Dos Hermanas, a 11 de febrero de 2014.

Doña Irene de la Rosa López, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de Dos Hermanas, ha dictado la siguiente sentencia:

FALLO

Que estimo parcialmente la demanda formulada por Lindorff Holding Spain, condenando a doña Ángeles Medina Rodríguez y Manuel Ángel Tinajero Rodríguez a que de forma solidaria abonen a la actora el importe de 15.273,84 euros, más los intereses legales que se devenguen desde la interposición de la demanda hasta el momento de su efectivo pago, debiendo cada parte abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese a las partes esta sentencia, contra la que podrán presentar recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación con arreglo a lo prevenido en la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000 y disp. adicc. 15.ª de la LO 1/2009, y previa consignación del depósito legalmente establecido.

Llévese testimonio de la presente a los autos de su razón con archivo de la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia del codemandado doña Manuela Tinajero Rodríguez, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 156.4 y 164 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente Edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia.

En Dos Hermanas, a 21 de febrero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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