Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 07/05/2018

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática

Resolución de 30 de abril de 2018, de la Dirección General de Administración Local, por la que se corrigen errores de la de 16 de abril de 2018, por la que se publican las bases del concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, convocados por las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Advertido error en la Resolución de 16 de abril de 2018, de la Dirección General de Administración Local, por la que se publican las bases del concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, (publicada en BOJA núm. 78, de 24 de abril), respecto a los méritos específicos de determinado puesto.

Así pues, se procede a efectuar a oportuna rectificación en los términos que a continuación se exponen:

Donde dice:

2. Méritos específicos (1,5 puntos como máximo).

A) Experiencia Profesional: Con un máximo de 1,10 puntos.

- Por haber prestado servicios en puestos reservados a funcionarios con Habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría-Intervención en régimen de acumulación en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población entre 500 y 1.500 habitantes: 0,01 puntos por mes con un máximo de 0,40 puntos.

- Por haber prestado servicios en puestos reservados a funcionarios con Habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría-Intervención en régimen de nombramiento definitivo en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población entre 1.000 y 1.500 habitantes; 0,01 puntos por mes con un máximo de 0,70 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento: Con un máximo de 0,40 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la responsabilidad administrativa y penal en la gestión del urbanismo, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,10 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre iniciativa de Turismo Sostenible, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremos de méritos generales o autonómicos: 0,10 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre Régimen Electoral Local, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,10 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre Recurso de Casación en la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,10 puntos.

C) Otros méritos (0 puntos).

Acreditación de méritos.

- La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación del certificado expedido por Ayuntamiento o entidad en la que se hayan prestado los servicios.

- La Formación y perfeccionamiento se acreditará mediante presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o título o certificación de la asistencia en la que figure la superación del curso con aprovechamiento, implicando necesariamente el aprovechamiento la calificación de «apto» en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos.

Debe decir:

1. Datos identificativos Corporación.

Nombre de la Corporación: Ayuntamiento de Monturque.

Denominación del puesto: Secretario-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel del complemento de destino: 27.

Complemento específico: 570,27 euros.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Puntuación mínima: No.

Aprobación de las bases: Resolución Alcaldía de 22.3.2018.

Convocatoria: Resolución Alcaldía de 22.3.2018.

2. Méritos específicos (1,5 puntos como máximo).

A) Experiencia Profesional: Con un máximo de 0,90 puntos.

- Por haber prestado servicios en puestos reservados a funcionarios con Habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría-Intervención en régimen de nombramiento definitivo en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población entre 1.000 y 2.500 habitantes; 0,01 puntos por mes con un máximo de 0,90 puntos.

B) Formación y Perfeccionamiento: Con un máximo de 0,60 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre la responsabilidad administrativa y penal en la gestión del urbanismo, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,20 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre iniciativa de Turismo Sostenible, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,20 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre Régimen Electoral Local, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,10 puntos.

- Por la realización con aprovechamiento, mediante trabajo de evaluación calificado como apto, de curso sobre el Recurso de Casación en la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con una duración mínima de 20 horas lectivas y homologados por el INAP o IAAP a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos: 0,10 puntos.

C) Otros méritos (0 puntos).

Acreditación de méritos.

- La experiencia profesional se acreditará mediante la presentación del certificado expedido por Ayuntamiento o entidad en la que se hayan prestado los servicios.

- La formación y perfeccionamiento se acreditará mediante presentación del original o fotocopia compulsada del diploma o título o certificación de la asistencia en la que figure la superación del curso con aprovechamiento, implicando necesariamente el aprovechamiento la calificación de «apto» en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos.

Sevilla, 30 de abril de 2018.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.

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