Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 15/05/2018

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 2 de mayo de 2018, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 33/2018.

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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 33/2018. Negociado: B3.

NIG: 2906744S20170010648.

De: Doña Sara Alcántara Sastre,

Abogado: Don David Bustamante Toledo.

Contra: Network Power Sales, S.L.

Fondo de Garantía Salarial.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 33/2018 a instancia de la parte actora doña Sara Alcántara Sastre contra Network Power Sales, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se han dictado dos autos cuyas partes dispositivas son:

AUTO

En Málaga, a 30 de abril de 2018 (…..)

PARTE DISPOSITIVA

Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral existente entre doña Sara Alcántara Sastre y Network Power Sales, S.L., con efectos de 30 de abril de 2018.

Debo condenar y condeno a Network Power Sales, S.L., al pago de las siguientes cantidades:

Nombre trabajadora: Doña Sara Alcántara Sastre.

Indemnización: 621,33 €.

Salarios T.: 5.730,66 €.

A las anteriores cantidades deberá añadirse la de 300,92 euros referidos en el punto 3  del fallo de la sentencia.

Que debo condenar y condeno a Fogasa a estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes informándosele que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción.

Así lo acuerda, manda y firma don Gonzalo Alonso Sierra, Magistrado Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, de lo que doy fe.

AUTO

En Málaga, a 30 de abril de 2018 (…..)

PARTE DISPOSITIVA

Que debo corregir y corrijo error de aritmético de la parte dispositiva del auto en el sentido que donde dice «salarios de tramitación 5.730,66 euros», debe decir «salarios de tramitación 5.484,18 euros»

Notifíquese esta resolución a las partes advirtiéndole que la misma es firme y contra ella no cabe recurso sin perjuicio del que pueda asistir contra resolución recurrida.

Así lo acuerda, manda y firma don Gonzalo Alonso Sierra Magistrado Juez del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Network Power Sales, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a dos de mayo de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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