Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 29/05/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 23 de mayo de 2019, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla, por la que se dispone la publicación de la ampliación del plazo de la exposición al público del Plan Especial de la actuación minera «Los Frailes», en el término municipal de Aznalcóllar (Sevilla) aprobado inicialmente por Resolución del Delegado Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio en Sevilla, de fecha 11 de febrero de 2019.

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En relación a la tramitación del Plan Especial para actuación minera «Los Frailes», a implantar en el suelo no urbanizable del término municipal de Aznalcóllar (Sevilla), resultan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero. Con fecha 11 de febrero de 2019, mediante resolución del titular de la Delegación Territorial en Sevilla de la anteriormente denominada Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, se aprobó inicialmente el Plan Especial para actuación minera «Los Frailes», a implantar en el suelo no urbanizable del término municipal de Aznalcóllar (Sevilla). Asimismo, se acordó someter a información pública por plazo no inferior a 45 días hábiles, mediante publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia de Sevilla y en el tablón de anuncios del municipio de Aznalcóllar (Sevilla), de conformidad con el artículo 32.1 regla 2.ª y 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, así como de conformidad con el artículo 40.5 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Segundo. Actualmente, el expediente se encuentra en trámite de información pública. Consta en el expediente administrativo, en relación a dicho trámite, anuncio de acuerdo de apertura en el «Diario de Sevilla» de fecha 7.3.2019 y en el BOJA núm. 60, de fecha 28 de marzo de 2019, así como requerimiento de inserción en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Aznalcóllar. Por problemas técnicos, no pudo llevarse a efecto la publicación del citado acuerdo en el Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía el mismo día de la publicación en el BOJA, en aras de garantizar el acceso de toda persona a la documentación a través del citado portal por un plazo no inferior a 45 días.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En virtud, del artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, las Administraciones Públicas andaluzas están obligadas a publicar los documentos que, conforme a la legislación sectorial vigente, deban ser sometidos a un período de información pública durante su tramitación.

El artículo 32.1, regla 2.ª, en relación con el artículo 39.1.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), prevé la obligación de someter a información pública los procedimientos sustanciados para la aprobación de instrumentos de planeamiento. Esta exigencia legal, es la que activa a su vez la obligación de llevar a cabo la publicación de los documentos que conforman dicho trámite en el portal de la transparencia de la Junta de Andalucía.

Segundo. De conformidad con el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Administración podrá conceder de oficio una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.

Tercero. En virtud del artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el presente acuerdo no será susceptible de recurso.

Cuarto. De conformidad con el artículo 12 del Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, se asignan a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio las competencias en materia de ordenación del territorio y del litorial y urbanismo que eran ejercidas por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Asimismo, el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

En virtud del artículo 2.2 del Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, dicha Consejería gestionará las competencias de los servicios periféricos que le corresponde a través de la organización territorial provincial que se determine. Asimismo, de conformidad con la disposición transitoria tercera del citado decreto, las competencias recogidas en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se entenderán atribuidas a los órganos equivalentes de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

De conformidad con el artículo 26 y 31.2.A) a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, así como el artículo 13.3.b) y la disposición adicional tercera del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, corresponde a esta Delegación Territorial formular el presente Plan Especial para la implantación de actuación de interés público en suelo no urbanizable con incidencia, transcendencia o interés supramunicipal.

Quinto. En virtud del informe del Servicio de Urbanismo de esta Delegación Territorial de fecha 16.4.2019.

Considerando los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico

ACUERDA

Primero. Ampliar el plazo del periodo de información pública en 22 días más, a partir del 5 de junio de 2019, del Plan Especial para actuación minera «Los Frailes» a implantar en el suelo no urbanizable del término municipal de Aznalcóllar (Sevilla), a fin de dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad activa, de conformidad con el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.

Segundo. Durante el periodo de información pública la documentación estará disponible para su consulta en el Portal de la Junta de Andalucía, en la Sección de Transparencia, en el apartado de Publicidad Activa, accesible directamente a través de la url: https://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html, así como en las dependencias administrativas, sitas en Avenida de Grecia, s/n, Sevilla, Edificio Administratrivo Los Bermejales (planta 2.ª), el Servicio de Urbanismo, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, salvo días festivos.

Tercero. Las alegaciones, dirigidas a la persona titular del órgano que adopta este acuerdo, deberán presentarse por escrito en cualquier registro de la Administración, bien en el Registro Electrónico General de la Junta de Andalucía, bien en cualquier registro de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio o bien en cualquier otro registro administrativo, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Quinto. Comunicar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Aznalcóllar (Sevilla), a fin de que procedan a su publicación en el tablón de anuncios.

Sexto. Notificar la presente acuerdo a la entidad Minera Los Frailes, S.L.

De conformidad con el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el presente acuerdo no será susceptible de recurso.

Sevilla, 23 de mayo de 2019.- La Delegación Territorial, P.S. (art. 18.1 del Decreto 342/2012, de 31.7), el Delegado del Gobierno, Ricardo A. Sánchez Antúnez.

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