Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 29/05/2019

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 16 de mayo de 2019, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se resuelven los procedimientos de redistribución convocados por Resolución de 19 de diciembre de 2018.

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La Resolución de 19 de diciembre de 2018, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, ordena la instrucción de procedimientos de redistribución como consecuencia de lo establecido en la Orden de 23 de julio de 2018, por la que se modifican escuelas infantiles de segundo ciclo, colegios de educación primaria, colegios de educación infantil y primaria y centros públicos específicos de educación especial, así como colegios públicos rurales en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por otra parte, se ha procedido a continuar los procedimientos iniciados en centros incluidos en el Decreto 62/2017, de 25 de abril, por el que se crean y suprimen centros docentes públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Llevados a cabo los citados procedimientos en la forma establecida en el artículo 6 de la Orden de 11 de abril de 2011, por la que se regulan los procedimientos de recolocación y redistribución del personal funcionario de carrera de los cuerpos docentes contemplados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, las Delegaciones Territoriales de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación en Granada, Málaga y Sevilla han remitido a esta Dirección General las actas correspondientes, donde consta la audiencia al personal afectado, así como la opción a la que se ha acogido dicho personal, en aplicación de lo establecido en la referida Resolución de 19 de diciembre de 2018.

En consecuencia, procede declarar al mencionado personal en la situación por la que haya optado.

En su virtud, de conformidad con las competencias atribuidas por el artículo 6.3 de la Orden de 11 de abril de 2011, esta Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos

HA RESUELTO

1. Declarar en la situación de supresión al personal que se relaciona en el Anexo I, como consecuencia de los procedimientos de redistribución instruidos de conformidad con la Resolución de 19 de diciembre de 2018.

2. Redistribuir en los centros y puestos que se relacionan en el Anexo II de esta Resolución, como consecuencia de los procedimientos de redistribución instruidos de conformidad con la Resolución de 19 de diciembre de 2018, al personal que se relaciona en dicho anexo.

3. Al personal redistribuido le será de aplicación lo establecido en el artículo 7 de la Orden de 11 de abril de 2011. En particular, la antigüedad en los nuevos puestos y centros adjudicados será la generada desde el destino anterior. Al personal declarado en situación de supresión le serán de aplicación los derechos que, para la obtención de un nuevo destino definitivo, le reconoce el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

4. La presente resolución tendrá efectos administrativos del 1 de septiembre de 2018.

5. El personal adjudicatario de nuevos puestos por estos procedimientos de redistribución que haya participado en el procedimiento de provisión convocado por Resolución de 24 de octubre de 2018 podrá renunciar, en su caso y en el plazo habilitado al efecto, a su participación en dicho procedimiento o, en el supuesto de no hacerlo y obtener nuevo destino por dicha vía, optar por dicho nuevo destino o por el obtenido por esta resolución, en el plazo que se habilite oportunamente.

6. El personal que ha optado en estos procedimientos por la situación de supresión vendrá obligado a participar en todos los concursos de traslados que se convoquen a partir de la entrada en vigor de esta resolución, hasta obtener destino definitivo.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dicta la presente resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de mayo de 2019.- El Director General, Juan Carlos Aunión Ruiz.

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