Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 106 de 05/06/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 28 de mayo de 2019, de la Viceconsejería, por la que se delegan competencias en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería.

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El Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, establece en su artículo 8 las competencias de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible concretándose su estructura orgánica en el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la misma.

Las competencias que corresponden a la persona titular de la Viceconsejería se regulan en el artículo 5 del citado Decreto 103/2019, de 12 de febrero, así como en el artículo 27 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el que se establece que corresponde a las personas titulares de las Viceconsejerías «la dirección, coordinación y control de los servicios comunes y los órganos que les sean dependientes» y, entre sus funciones se recogen las de Proponer medidas de organización de la Consejería, así como en materia de relaciones de puestos de trabajo y planes de empleo, y dirigir el funcionamiento de los servicios comunes a través de las correspondientes instrucciones y órdenes de servicio, así como La coordinación de la actividad económico-financiera de la Consejería.

Como parte de las funciones descritas anteriormente se encuentra la competencia de la persona titular de la Viceconsejería para autorizar previamente la realización de servicios y horas extraordinarias, así como su compensación.

Razones de eficacia, celeridad y simplificación en el tramitación de las citadas autorizaciones hacen necesario delegar la misma en la persona titular de la Secretaría General Técnica.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con los artículos 101 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

RESUELVO

Primero. Delegar en la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible la competencia para autorizar, con carácter previo, la realización de servicios y horas extraordinarias, así como su compensación.

Segundo. En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de aprobación de la resolución y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. La presente resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía por aplicación del artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y del artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía surtirá efectos a partir de la fecha de publicación.

Sevilla, 28 de mayo de 2019.- La Viceconsejera, Ana María Corredera Quintana.

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