Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 12/06/2019

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Extracto de Resolución de 3 de junio de 2019, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se convocan para el año 2019 la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el Programa de Acciones Experimentales, regulado en la Orden de 20 de marzo de 2013, que se cita.

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BDNS (Identificación): 460110.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Convocatoria.

Se convoca, para el año 2019, la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el programa de Acciones Experimentales regulado en la Orden de 20 de marzo de 2013, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en el marco de los Programas de Orientación Profesional, Acompañamiento a la Inserción, Experiencias Profesionales para el Empleo y Acciones Experimentales regulados por el Decreto 85/2003, de 1 de abril de 2003, por el que se establecen los Programas de Inserción Laboral de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 67, de 9 de abril de 2013), y en la Orden 26 de diciembre de 2007, por la que se desarrollan los Programas de Orientación Profesional, Itinerarios de Inserción, Acciones Experimentales, Estudios y Difusión sobre el Mercado de Trabajo, Experiencias Profesionales para el Empleo y Acompañamiento a la Inserción, establecidos por el Decreto 85/2003, de 1 de abril, y se determinan las bases reguladoras de concesión de ayudas para su ejecución (BOJA núm. 7, de 10 de enero de 2008).


Partidas Presupuestarias/
Códigos de Proyecto

Anualidad 2019
(en euros)

Anualidad 2020
(en euros)

Totales
(en euros)
1539188023 G/32L/44206/00 S0574 500.000,00 166.666,66 666.666,66
1539188023 G/32L/46006/00 S0574 2.000.000,00 666.666,67 2.666.666,67
1539188023 G/32L/48006/00 S0574 2.000.000,00 666.666,67 2.666.666,66
TOTAL 4.500.000,00 1.500.000,00 6.000.000,00

Segundo. Entidades beneficiarias.

Podrán solicitar las subvenciones convocadas en la presente resolución las entidades previstas en los apartados 4.a).1.º que reúnan todos los requisitos indicados en los apartado 4.a).2.º del cuadro resumen correspondiente al Programa de Acciones Experimentales en la Orden de 20 de marzo de 2013.

Tercero. Objeto.

El objeto del incentivo es la financiación del Programa de Acciones Experimentales, cuya finalidad es promover la inserción laboral de personas demandantes de empleo inscritas como desempleadas en el Servicio Andaluz de Empleo a través de la puesta en marcha de acciones de carácter experimental. Estas acciones se desarrollarán a través de planes integrales para la inserción laboral que podrán combinar actuaciones de distinta naturaleza, tales como: información, orientación y asesoramiento, formación, práctica laboral y movilidad geográfica de las personas participantes.

Cuarto. Bases reguladoras.

Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus aspectos por lo establecido en la Orden de 20 de marzo de 2013, por la que se establecen las bases reguladoras en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones concedidas en el marco de los de los Programas de Orientación Profesional, Acompañamiento a la Inserción, Experiencias Profesionales para el Empleo y Acciones Experimentales regulados en el Decreto 85/2003 de 1 de abril, por el que se establecen los Programas para la Inserción Laboral de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 67, de 9 de abril de 2013), y en la Orden 26 de diciembre de 2007, por la que se desarrollan los Programas de Orientación Profesional, Itinerarios de Inserción, Acciones Experimentales, Estudios y Difusión sobre el Mercado de Trabajo, Experiencias Profesionales para el Empleo y Acompañamiento a la Inserción, establecidos por el Decreto 85/2003, de 1 de abril, y se determinan las bases reguladoras de concesión de ayudas para su ejecución (BOJA núm. 7, de 10 de enero de 2008).

Quinto. Cuantía.

1. Las subvenciones se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes, por una cuantía máxima de seis millones de euros (6.000.000,00 de euros) y con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo correspondientes a las siguientes partidas presupuestarias, con carácter estimado:


Partidas Presupuestarias/
Códigos de Proyecto

Anualidad 2019
(en euros)

Anualidad 2020
(en euros)

Totales
(en euros)
1539188023 G/32L/44206/00 S0574 500.000,00 166.666,66 666.666,66
1539188023 G/32L/46006/00 S0574 2.000.000,00 666.666,67 2.666.666,67
1539188023 G/32L/48006/00 S0574 2.000.000,00 666.666,67 2.666.666,66
TOTAL 4.500.000,00 1.500.000,00 6.000.000,00

2. Se establece la distribución de los créditos atendiendo al ámbito territorial y/o funcional de competitividad provincial, de acuerdo a las siguientes cuantías:

ÁMBITO TERRITORIAL DE COMPETITIVIDAD PROVINCIAL
ALMERÍA 412.800 €
CÁDIZ 1.051.200 €
CÓRDOBA 590.400 €
GRANADA 626.400 €
HUELVA 362.400 €
JAÉN 429.600 €
MÁLAGA 1.044.000 €
SEVILLA 1.483.200 €
TOTAL 6.000.000 €

3. En la actual convocatoria se podrá también prever que, tras la resolución de concesión, los sobrantes de los créditos estimados en alguno de sus ámbitos territoriales y/o funcionales, por el orden de prelación que establezca la convocatoria y previa modificación de la distribución de los créditos aprobados, posibiliten una resolución complementaria de concesión de la subvención que incluya solicitudes, respetando su orden de evaluación, de ámbitos territoriales y/o funcionales de la misma convocatoria que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos ámbitos, de conformidad con lo que se establece en el apartado e) del artículo 10 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

Porcentaje máximo de la subvención: 100%.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días hábiles a contar a partir del día siguiente al que se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

El formulario para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados con la convocatoria y en la web https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/sae.html.

Sevilla, 3 de junio de 2019.- El Director-Gerente, Miguel Ángel Terrero Prada.

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