Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 18/06/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 16 de mayo de 2019, por la que se concede una modificación de la autorización administrativa, por cambio de domicilio y ampliación, al centro de educación infantil «El Mundo de Carlota» de Roquetas de Mar (Almería). (PP. 1443/2019).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña María del Milagro García González, persona titular del centro de educación infantil «El Mundo de Carlota», con código 04010012, ubicado en Avda. del Sabinal, 666, local 1, 2 y 3, de Roquetas de Mar (Almería), en solicitud de modificación de la autorización administrativa del mismo, por traslado a unas nuevas instalaciones de la misma localidad y ampliación en 2 unidades de primer ciclo, pasando a ser un centro de educación infantil completo.

Resultando que el mencionado centro tiene autorización administrativa para  2 unidades del primer ciclo de educación infantil con 35 puestos escolares, por Orden de 4 de diciembre de 2009 (BOJA de 7 de enero de 2010).

Resultando que en el mencionado expediente han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la entonces Delegación Territorial de Educación de Almería y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación en dicha provincia.

Vistas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE de 12 de marzo); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio); el Decreto 140/2011, de 26 de abril, por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOJA de 10 de mayo); y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder una modificación de la autorización administrativa de funcionamiento al centro de educación infantil «El Mundo de Carlota», con código 04010012, promovida por doña María del Milagro García González, como persona titular, por traslado del mismo a unas nuevas instalaciones en C/ El Salvador, 10, local 1, de Roquetas de Mar (Almería), lo que ha dado lugar a una nueva autorización, y ampliación en 2 unidades, quedando configurado con 4 unidades de primer ciclo de educación infantil para 61 puestos escolares.

Segundo. La persona titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Almería la relación del profesorado del mismo, con indicación de su titulación respectiva.

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de mayo de 2019

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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