Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 26/06/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 13 de junio de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 591/2018.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 591/2018. Negociado: 02.

NIG: 2906744420180007749.

De: Don Anatolli Pelepetskyi.

Abogado: Don Antonio Gil Vargas.

Contra: Don Luis Miguel Adao, don Luis Miguel Adao, Chirivo Construcciones, S.L., y Fogasa.

EDICTO

Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, doy fe y testimonio: Que en este Juzgado se sigue procedimiento número 591/2018, en materia de reclamación de cantidad, a instancias de don Anatolli Pelepetskyi contra don Luis Miguel Adao, Chirivo Construcciones, S.L., y Fogasa, habiéndose dictado auto cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice lo siguiente:

A U T O

Magistrado-Juez.

Sra. doña Victoria Gallego Funes.

En Málaga, a siete de mayo de dos mil diecinueve.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En este procedimiento se ha dictado sentencia que ha sido notificada a las partes litigantes.

Segundo. En la referida resolución figura/n el/los siguiente/s párrafo/s:

1.º Que estimando la demanda interpuesta por don Anatolli Pelepetskyi, frente al empresario don Luis Miguel Adao, sobre reclamación de cantidad, condeno solidariamente a ambas entidades a que abonen a la parte actora la cantidad de 2.156,14 euros, más el 10% del interés moratorio.

Tercero. La defensa de don Anatolli Pelepetskyi ha solicitado la aclaración de la misma en el siguiente sentido: Se ha omitido el pronunciamiento sobre la minuta de honorarios del Letrado de la parte actora.

PARTE DISPOSITIVA

DISPONGO:

1. Estimar la solicitud de don Anatolli Pelepetskyi de aclarar la sentencia dictado en este procedimiento con fecha 17.4.2019 en el sentido que se indica a continuación.

1.º Que estimando la demanda interpuesta por don Anatolli Pelepetskyi, frente al empresario don Luis Miguel Adao, sobre reclamación de cantidad, condeno solidariamente a ambas entidades a que abonen a la parte actora la cantidad de 2.156,14 euros, mas el 10% del interés moratorio, así como la minuta de honorarios del letrado costas de Letrado por importe máximo de 600 euros, conforme establece el art. 97.3 de la LRJS.

2. Incorporar esta resolución al Libro que corresponda y llevar testimonio a los autos principales.

Notifíquese la presente resolución.

Contra este auto no cabe interponer recurso sin perjuicio de los recursos que puedan interponerse frente a la resolución aclarada.

Y para que sirva de notificación al demandado don Luis Miguel Adao, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a trece de junio de dos mil diecinueve.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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