Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 126 de 03/07/2019

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 28 de junio de 2019, de la Universidad de Huelva, por la que se declara inhábil el período comprendido entre los días 1 a 31 de agosto de 2019, ambos inclusive, a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos de gestión propia de la universidad.

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Dada la necesidad de optimizar los recursos públicos, así como el alcance de la jornada y horario de trabajo del personal de administración y servicios, y con el objeto de favorecer el cumplimiento de los plazos establecidos en las normas que resulten de aplicación, este rectorado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en uso de las competencias que le atribuye la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, y los Estatutos de la Universidad de Huelva, aprobados por Decreto 232/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28, de julio de 2011), recientemente modificados por Decreto 35/2018, de 6 de febrero (BOJA núm. 30, de 12 de febrero de 2018), ha resuelto declarar inhábil el período comprendido entre los días 1 a 31 de agosto de 2019, ambos inclusive, a efectos de cómputo de plazos en los procedimientos internos de competencia propia de la Universidad de Huelva, quedando interrumpidos los plazos durante dicho período.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, esta resolución agota la vía administrativa y será impugnable en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, como establece el art. 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, en virtud de lo dispuesto en el art. 8.3) de la Ley 29/1998 citada.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Huelva, 28 de junio de 2019.- La Rectora, María Antonia Peña Guerrero.

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