Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 05/07/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda, Industria y Energía

Resolución de 31 de mayo de 2019, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Martos. (PP. 1463/2019).

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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 10.3.e) del Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía,

RESUELVO

Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis del municipio de Martos que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

TARIFA AUTORIZADA

IVA INCLUIDO

1. Tarifa 1 (Servicios prestados en días laborables de 06:00 a 22:00 horas).

Tarifa 1 Euros
Por bajada de bandera 1,50
Por kilómetro recorrido 0,80
Por hora de espera 17
Carrera mínima 3,75

2. Tarifa 2 (Servicios prestados en días laborables de 22:00 a 06:00 horas, sábados, domingos y festivos las 24 horas, Feria de San Bartolomé los días oficiales estipulados por el Ayuntamiento, Navidad y Reyes desde el 24 de diciembre a las 00:00 horas hasta el 6 de enero a las 23:59 horas y Semana Santa).

Tarifa 2 Euros
Por bajada de bandera 1,90
Por kilómetro recorrido 1,00
Por hora de espera 20
Carrera mínima 4,70

3. Tarifa 3 (Servicios fuera de los límites del casco urbano y hasta el término municipal de Martos).

Tarifa 3 Euros
Por bajada de bandera Según tarifa 1 o 2
Por kilómetro recorrido 1,35
Por hora de espera 17
Carrera mínima Según tarifa 1 o 2

Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente a los usuarios del servicio, por los profesionales del sector, exhibiéndola en un lugar visible del vehículo hasta tanto no se publique en el citado boletín.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 31 de mayo de 2019.- El Director General, Manuel Vázquez Martín.

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