Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 10/07/2019

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Salud y Familias

Orden de 2 de julio de 2019, por la que se nombra a la Coordinadora del Plan Andaluz de Atención a las Personas Afectadas por Enfermedades Raras.

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La Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía establece en el artículo 33 que de conformidad con los criterios y pautas que establezca el Plan Andaluz de Salud, y teniendo en cuenta las especificidades de cada territorio, se elaborarán planes de salud específicos por los órganos correspondientes de cada una de las áreas de salud.

Los descubrimientos en genética humana han supuesto un cambio drástico en la comprensión del desarrollo humano y de la causa de muchas enfermedades que han permitido importantes avances en la práctica clínica.

El IV Plan Andaluz de Salud establece entre sus metas, el conseguir mayores niveles de salud con las acciones contempladas en los planes integrales y las estrategias de salud priorizadas en el Sistema Sanitario Público de Andalucía y el desarrollar un modelo de organización inteligente que genere, fomente y comparta el conocimiento y la innovación y promueva la mejora continua y la calidad de las actuaciones en materia de protección de la salud.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Cesar a don Rafael Camino León como Director del Plan de Atención a las Personas Afectadas por Enfermedades Raras.

Segundo. Nombrar a doña Beatriz Muñoz Cabello, como Coordinadora del Plan Andaluz de Atención a las Personas Afectadas por Enfermedades Raras.

Tercero. La designación no comporta retribuciones específicas, siendo éstas las correspondientes a su puesto de origen. La persona titular de la coordinación del Plan Andaluz de Atención a las Personas Afectadas por Enfermedades Raras conservará la vinculación jurídica existente con su institución de procedencia.

Cuarto. Las indemnizaciones que procedan a favor de la Coordinadora del Plan Andaluz de Atención a las Personas Afectadas por Enfermedades Raras por los desplazamientos que hubiese de realizar por razón de servicio, se liquidarán por su institución de origen, con arreglo a la normativa vigente.

Sevilla, 2 de julio de 2019

JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias
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