Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 31/07/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 24 de julio de 2019, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se aprueban las bases y se convoca concurso público para la contratación laboral en prácticas, de personal técnico de apoyo y gestión de la I+D+i, a través de las ayudas de 2018 para la promoción de empleo joven e implantación de la garantía juvenil en I+D+i en el subprograma estatal de incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.

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Por Orden ECC/1402/2013, de 22 de julio, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016. Esta orden de bases, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros, en su reunión de 29 de diciembre de 2017, por el que se aprobó el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica e Innovación 2017-2020, se mantiene vigente, en tanto no se aprueben nuevas bases reguladoras, y las referencias realizadas al Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación para el período 2013-2016 se entenderán efectuadas al nuevo Plan Estatal respecto de aquellos programas y subprogramas que mantengan su continuidad en él.

Mediante Resolución de 17 de mayo de 2018, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación se convocaron ayudas, correspondientes al año 2018, para la promoción de empleo joven e implantación de la Garantía Juvenil en I+D+i en el Subprograma Estatal de Incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020. Entre las entidades que podían incorporar al personal beneficiario se encuentran las universidades públicas.

En la Resolución definitiva de 4 de julio de 2019 de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, se concede a la Universidad Pablo de Olavide, 8 contratos laborales de personal técnico de apoyo y de gestión de la I+D+i con las características indicadas en la base I de esta convocatoria.

En consecuencia, este Rectorado, en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, y en el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, aprobado por Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero así como en los artículos 32 y siguientes de los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, aprobados por Decreto 298/2003, modificados por Decreto 265/2011,

RESUELVE

I. OBJETO.

Esta convocatoria está enmarcada dentro de las medidas de fomento de la empleabilidad y la ocupación del Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil y del propio Sistema Nacional de Garantía Juvenil y cofinanciada, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil, por la Iniciativa de Empleo Juvenil (IEJ) y el Fondo Social Europeo (FSE), y por la Universidad Pablo de Olavide (UPO).

El objeto de la presente Convocatoria es aprobar las Bases y el proceso selectivo para la formalización de 8 contratos de trabajo en la modalidad de prácticas, de personal técnico de apoyo y de gestión de la I+D+i conforme a las modalidades y requisitos establecidos en la presente Convocatoria y las condiciones establecidas en el Anexo I. Los contratos tienen las siguientes características:

• 1 contrato de personal técnico formación profesional de grado superior con una duración de 24 meses. Plaza con referencia PEJ2018-002910-A.

• 7 contratos de personal técnico de apoyo titulado superior con una duración de 24 meses. Plazas con referencia: PEJ2018-002524-A, PEJ2018-002537-A, PEJ2018-002538-A, PEJ2018-002646-A, PEJ2018-002898-A, PEJ2018-002900-A, PEJ2018-002903-A.

El mes de agosto se declara inhábil a efectos de cómputo de plazos.

Aquellos actos que deban ser notificados al personal solicitante se publicarán en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, en la sección de Investigación, apartado Empleo Juvenil, https://upo.gob.es/teo. Esta publicación sustituirá a la notificación, surtiendo sus mismos efectos, conforme a lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP). Así, las fechas de publicación serán las que determinen el inicio del cómputo de plazos.

II. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES.

El cumplimiento de los requisitos para participar en la presente Convocatoria deberá estar referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deberán mantenerse en el momento de la presentación de la documentación original y en el de la formalización del correspondiente contrato laboral.

Para poder participar en esta Convocatoria, el personal candidato deberá cumplir, los siguientes requisitos:

1. Generales.

1.1. Estar inscrito y constar como beneficiario en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, conforme a los requisitos y al procedimiento establecido en los artículos 97 y 98 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, modificada por el Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre.

1.2. Tener nacionalidad española o ser ciudadano de la Unión Europea o de los Estados que forman parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza, que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia.

1.3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

1.4. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria que impida en su Estado el acceso al empleo público.

1.5. En el caso de extranjeros no comunitarios, poseer la autorización administrativa que les permita trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su reforma dada por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre.

2. Específicos.

2.1. Estar en posesión de la titulación específica requerida en el apartado requisitos mínimos del personal candidato, para cada una de las plazas indicadas en el Anexo I de esta Resolución.

2.2. Estar en posesión, en su caso, del nivel de idioma o capacitación para manejo de animales, requerido en el apartado requisitos mínimos del personal candidato para cada una de las plazas indicadas en el Anexo I de esta Resolución.

III. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).

Quienes deseen participar en esta Convocatoria generarán su solicitud mediante la cumplimentación del formulario que estará disponible en la página web del Área de Investigación, sección Empleo Joven https://www.upo.es/area-investigacion/empleo-joven. En el formulario la persona solicitante habrá de incluir un correo electrónico y teléfono para su uso como medio de comunicación con el interesado ante posibles incidencias.

Una vez cumplimentado el formulario y adjuntada la documentación en el mismo, debe generar a través de dicho formulario la solicitud de participación que aparecerá dirigida al Vicerrector de Investigación y Transferencia de Tecnología. Dicha solicitud, una vez impresa y firmada por el solicitante, deberá ser presentada dentro del plazo de presentación de solicitudes en el Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, bien sea a través del registro electrónico oficial https://upo.gob.es/registro-electronico ,o bien presencialmente en la Oficina de Registro situada en el Edificio Celestino Mutis, Campus Universidad Pablo de Olavide, Carretera de Utrera km 1, s/n, Sevilla). Igualmente, la presentación podrá realizarse en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La documentación acreditativa que deberá adjuntarse al formulario web, en relación con los requisitos exigidos y méritos alegados, es la siguiente:

• Copia del Documento Nacional de Identidad, o equivalente para los ciudadanos de la UE, o pasaporte en caso de personas naturales de otros países, en vigor.

• Currículum Vitae.

• Otros méritos.

• Copia del título que de acceso a la plaza solicitada o e-título, o resguardo de haber abonado las tasas correspondientes para la expedición del título, en el que figure la evidencia del pago de las tasas.

• Copia de la Certificación Académica Personal emitida por el órgano competente en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de éstas y constancia expresa de que las asignaturas constituyen el programa completo de la titulación, así como la nota media del expediente académico. El certificado debe estar firmado y sellado por la Universidad correspondiente. La nota media que conste en dicho certificado deberá estar valorada en una escala de 0 a 10 y expresada, al menos, con dos decimales (nota media certificada en base 10).

• Certificado Expedido por el Sistema Nacional de Garantía Juvenil acreditando que cumple con los requisitos para inscribirse y ser beneficiario de dicho sistema o certificado de estar inscrito y ser beneficiario del mismo. La fecha del certificado (que no es la misma que la fecha de inscripción y de beneficiario) debe ser igual o posterior al inicio del plazo de presentación de solicitudes.

• Acreditación del idioma y/o capacitación para trabajar con animales.

En caso de aportarse una titulación extranjera, la persona solicitante deberá acreditar estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que atestigüe, en su caso, la homologación o equivalencia de la titulación. Las titulaciones y las certificaciones académicas extendidas en un idioma distinto al español deberán acompañarse de la correspondiente traducción oficial al español y de la equivalencia oficial de notas al sistema español.

El solicitante deberá iniciar el procedimiento de presentación de solicitudes y documentación, previsto en esta Base, para cada una de las plazas a las que desee concurrir. De este modo se generará, para cada una de ellas, una solicitud de participación que deberá presentarse en alguno de los registros indicados en esta Base.

Cuando un mismo participante solicite varias plazas deberá asignar un orden de prioridad distinto para cada una de ellas. En caso de que se asigne el mismo orden de prioridad a más de una plaza, el orden de prioridad se asignará de oficio, de forma ascendente, según el número de referencia de cada una de las plazas solicitadas.

No se aceptarán solitudes de participación que no respeten el procedimiento de descrito anteriormente.

Para la presentación de solicitudes se recomienda utilizar preferentemente el registro electrónico o presencial de la Universidad Pablo de Olavide.

Para los solicitantes que opten por la presentación de su solicitud en un registro distinto al de la Universidad Pablo de Olavide, a fin de evitar incidencias y exclusiones, se recomienda el envío por correo electrónico de la copia de la solicitud, una vez registrada, a la dirección empleojuvenil@upo.es dentro de los dos (2) días naturales siguientes al de la presentación.

No obstante, para los solicitantes que presenten su solicitud en un registro distinto al de la Universidad Pablo de Olavide el día en el que vence el plazo de presentación de solicitudes, para evitar incidencias y exclusiones, se recomienda que ese mismo día envíen por correo electrónico copia de la solicitud, una vez registrada, a la dirección empleojuvenil@upo.es.

De conformidad con lo establecido por la normativa vigente en materia de protección de datos personales, los facilitados por quienes concurran a la presente convocatoria serán tratados por la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, e incorporados en el sistema de tratamiento «Gestión de la Investigación», con la finalidad de gestionar y tramitar el proceso de selección objeto de la presente convocatoria, finalidad basada en el cumplimiento de una misión en interés público y en la necesidad de dar cumplimiento a obligaciones legales por parte de la Universidad (arts. 6.1.e) y c), respectivamente, del Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE -RGPD-).

Los listados del personal solicitante serán publicados conforme a las Bases V y VI, e incluirán los datos de carácter personal estrictamente necesarios para su correcta identificación, en los términos previstos por la normativa vigente.

Los interesados pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, de limitación y oposición a su tratamiento, asíì como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan y disponen de información adicional sobre el ejercicio de estos y otros derechos, en relación con sus datos personales, en la siguiente dirección: https://www.upo.es/rectorado/secretaria-general/proteccion-de-datos/.

IV. EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES.

Los méritos del personal candidato serán evaluados por cada una de las Comisiones Evaluadoras, cuya composición se detalla en el Anexo II de esta resolución.

Los procesos de selección convocados por esta resolución, serán resueltos por el Rector de la Universidad Pablo de Olavide o Vicerrector en quien delegue, según la propuesta que realice la correspondiente Comisión Evaluadora. En la resolución se incluirá el candidato al que se le adjudica el contrato.

Las Comisiones Evaluadoras seleccionarán las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria y, posteriormente, elevarán al Rector propuesta de contratación de los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación. No obstante, las Comisiones podrán proponer la no-provisión de alguna o todas las plazas convocadas si, en la evaluación de los candidatos, observaran que ninguno de ellos reúne las condiciones del perfil y/o los requisitos mínimos solicitado en la convocatoria.

Las Comisiones Evaluadoras valorarán con carácter general las siguientes particularidades referidas a los candidatos que cumplan los requisitos mínimos y el perfil del contrato establecidos en el Anexo I de Condiciones Particulares:

• Expediente, títulos y formación: considerando la calidad y relación del expediente académico del candidato con el proyecto de investigación en curso se otorgará hasta un máximo de tres (3) puntos por este concepto.

Se obtendrá la nota media del expediente académico correspondiente a la titulación exigida en el Anexo I de esta convocatoria como requisito mínimo indispensable de los candidatos.

• Experiencia profesional y/o investigadora relacionada con los requisitos de la convocatoria específica: se otorgarán hasta una valoración máxima de tres (3) puntos, a razón de 0,2 puntos por mes trabajado en puestos de la misma o superior categoría, siempre que se acredite la realización, a jornada completa, de las funciones que se determinan en el Anexo I. En caso de acreditarse la experiencia en puestos desarrollados en jornada reducida, la puntuación por este concepto se verá reducida en la misma proporción que dicha jornada.

• Adecuación de los méritos, capacidad y experiencia del candidato a las necesidades de la labor a realizar: valorado hasta un máximo de tres (3) puntos.

• Otros méritos que específicamente vengan determinados en los correspondientes anexos y que habrán de acreditarse documentalmente: valorados hasta un máximo de un (1) punto.

• Si las Comisiones Evaluadoras lo estimasen conveniente, los solicitantes podrán ser convocados a la realización de una entrevista y/o prueba práctica directamente relacionadas con las funciones a desempeñar. En este caso, la entrevista será valorada con un máximo de tres (3) puntos y la prueba práctica con un máximo de cinco (5) puntos.

Las Comisiones no valorarán los méritos de aquellos candidatos que no cumplan con los requisitos mínimos y perfil del contrato establecidos en el Anexo I.

El orden de selección se realizará conforme al criterio de valoración establecido: De mayor a menor puntuación global obtenida, conforme al orden de prioridad solicitado.

En caso de empate de puntuaciones entre el personal candidato, en atención a lo establecido en el artículo 105.3 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, se resolverá a favor de la persona candidata que esté más próxima a cumplir la edad máxima prevista en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Corresponderá a la Comisión de Evaluación prevista en el Anexo II, además de la valoración de los méritos conforme a lo indicado anteriormente, la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de sus funciones, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes, mediante la elaboración del acta correspondiente.

Los miembros de la Comisión de Evaluación quedan sujetos a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de manera que se abstendrán de intervenir en los supuestos previstos en dicho artículo.

De igual manera, las personas que participen en esta Convocatoria podrán, conforme a lo previsto en el artículo 24 de la indicada Ley, recusar a los miembros de la Comisión de Evaluación. De producirse tal circunstancia, se estará a lo dispuesto en el citado artículo.

V. LISTA PROVISIONAL DE ASPIRANTES ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, indicando en este último caso las causas de exclusión. La publicación de dichas listas tendrá lugar en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, en la sección de Investigación, apartado Empleo Juvenil, https://upo.gob.es/teo, con los efectos previstos en la Base I de esta resolución. Toda la documentación del expediente administrativo quedará depositada en el Área de Investigación.

Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos antes referida, o a fin de subsanar posibles errores materiales que se hayan podido producir en la grabación de los datos, las personas participantes dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, en la sección de investigación, apartado Empleo Juvenil, https://upo.gob.es/teo, con los efectos previstos en la base I de esta resolución, para que subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, entendiéndose que la persona interesada desiste de su petición si no presenta alegaciones en el citado plazo. En ningún caso se podrán reformular las solicitudes presentadas.

Para los solicitantes que opten por la presentación de las subsanaciones en un registro distinto del de la Universidad Pablo de Olavide, para evitar incidencias y exclusiones, se recomienda el envío por correo electrónico de la copia de las subsanaciones una vez registradas, y copia de la documentación presentada a la dirección empleojuvenil@upo.es, dentro del plazo de alegaciones establecido.

Se recomienda utilizar preferentemente el registro electrónico o presencial de la Universidad Pablo de Olavide.

VI. LISTADOS DEFINITIVOS DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

Una vez finalizado el plazo de subsanación a que se refiere la base V de esta convocatoria, se analizarán las subsanaciones y se elevarán los listados definitivos de admitidos y excluidos en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, en la sección de investigación, apartado Empleo Juvenil, https://upo.gob.es/teo, con los efectos previstos en la base I de esta resolución.

La resolución que eleve a definitiva la lista de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

VII. RESOLUCIÓN DE LA CONVOCATORIA.

Los procesos de selección convocados por esta resolución, serán resueltos por el Rector de la Universidad Pablo de Olavide o Vicerrector en quien delegue, según la propuesta que realice la correspondiente Comisión Evaluadora. En la resolución se incluirá el candidato al que se le adjudica el contrato.

Las Comisiones Evaluadoras seleccionarán las solicitudes de acuerdo con los criterios establecidos en la presente convocatoria y, posteriormente, elevarán al Rector propuesta de contratación de los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación. No obstante, las Comisiones podrán proponer la no-provisión de alguna o todas las plazas convocadas si, en la evaluación de los candidatos, observaran que ninguno de ellos reúne las condiciones del perfil y/o los requisitos mínimos solicitado en la convocatoria.

La resolución definitiva de adjudicación de los contratos de la presente convocatoria se publicará en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, en la sección de investigación, apartado Empleo Juvenil, https://upo.gob.es/teo, con los efectos previstos en el párrafo quinto de la baseI de esta resolución.

La resolución definitiva contendrá la relación del personal candidato no seleccionado, que pasará a formar parte de una bolsa de trabajo específica para cada una de las plazas solicitadas, por orden de puntuación (de mayor a menor) para cubrir las posibles vacantes, según lo estipulado en las Bases VIII y IX de esta Convocatoria.

La resolución definitiva de adjudicación agotará la vía administrativa, y contra ella los interesados podrán interponer, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

VIII. APORTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN.

En el plazo de cinco (5) días hábiles siguientes al de la publicación de la resolución definitiva, el candidato adjudicatario de cada plaza deberá aportar de manera presencial en la Oficina de Recursos Humanos del Área de Investigación, situada en la 2.ª planta del edificio 44, de la Universidad Pablo de Olavide, la siguiente documentación:

1. Declaración Responsable de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempleo de funciones públicas por Sentencia judicial firme. Anexo III.

2. Declaración Responsable de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que le impida en su Estado el acceso a la función pública, cuando los aspirantes seleccionados no posean la nacionalidad española. Anexo IV.

3. Declaración Responsable de no estar desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público, ni de realizar actividades privadas incompatibles o que requieran reconocimiento de compatibilidad, ni cualquier otro tipo de prestación por cualquier régimen de la Seguridad Social público y obligatorio que resulte incompatible, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre de compatibilidades del Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Anexo V.

4. Certificado de vida laboral actualizado a la fecha de formalización del contrato.

5. Aportación de la documentación original de las copias que fueron presentadas junto con la solicitud de participación, para su cotejo.

6. Certificado original expedido por el Sistema Nacional de Garantía Juvenil actualizado a la fecha de formalización del contrato que acredite estar inscrito en dicho sistema y que además se encuentra en la situación de beneficiario del mismo.

7. Impreso de IRPF (Modelo 145) que será facilitado por la Universidad a la firma del contrato.

8. Datos bancarios según impreso facilitado por la Universidad a la firma del contrato.

Todas las Declaraciones Responsables se presentarán de acuerdo con los modelos contenidos en los Anexos III, IV, V de esta Resolución.

Quienes en el plazo indicado no presenten los documentos citados no podrán ser contratados, entendiéndose que el candidato renuncia al contrato. Tanto en este supuesto, como cuando exista renuncia expresa antes de la formalización del correspondiente contrato laboral e incorporación, dicho contrato se adjudicará a la persona candidata que corresponda de la bolsa de trabajo constituida en la resolución definitiva, por orden de puntuación, quedando el nuevo adjudicatario automáticamente excluido de todas las listas.

Los adjudicatarios que renuncien expresamente al contrato o que no aporten la documentación en el plazo indicado para formalizarlo, no pasarán a formar parte de ninguna de las bolsas de trabajo que se hayan conformado en la resolución definitiva, para las plazas que hubiese solicitado ni para la correspondiente al contrato al que haya renunciado.

Cuando exista renuncia antes de la formalización del correspondiente contrato laboral e incorporación, dicho contrato se adjudicará a la persona candidata que corresponda de la bolsa de trabajo constituida en la resolución definitiva, por orden de puntuación, quedando el nuevo adjudicatario automáticamente excluido de todas las listas.

Si tras la incorporación del personal seleccionado se produjese la extinción anticipada de alguno de los contratos formalizados, éste se adjudicará con el mismo procedimiento descrito anteriormente a la persona candidata que corresponda según la bolsa de trabajo constituida en la resolución definitiva, por orden de puntuación, siempre que la duración del nuevo contrato sea tal que, junto con la del extinguido, no supere todo el período de contratación previsto en la Base IX de esta Resolución. El nuevo candidato seleccionado pasará a ser el adjudicatario, quedando automáticamente excluido de todas las listas en las que figure como suplente.

En todo caso no podrán ser ofertadas las vacantes producidas después de la primera anualidad.

IX. INCORPORACIÓN, CONTRATO Y OBLIGACIONES.

Los contratos se cofinanciarán con los recursos del FSE y de la IEJ asignados a la Agencia Estatal de Investigación en el Programa Operativo de Empleo Juvenil, correspondientes al periodo de programación del FSE 2014-2020.

1. Una vez presentada la documentación a que se refiere la base precedente se procederá a formalizar los correspondientes contratos laborales, que en ningún caso podrán exceder del número de puestos convocados.

2. Desde el momento de su incorporación, que se producirá con el inicio de la vigencia del correspondiente contrato, el personal seleccionado vendrá obligado a:

• Aceptar y respetar tanto las bases fijadas en esta Convocatoria, como las Normas de funcionamiento de la Universidad Pablo de Olavide.

• Desarrollar su labor en el Departamento, Grupo o Centro de adscripción, con una dedicación de jornada completa, sometiéndose al régimen y horarios previstos en el contrato laboral.

• Comunicar al Área de Investigación las renuncias, interrupciones y demás incidencias que puedan surgir durante la vigencia del contrato, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles desde que se produzcan.

• Comunicar la suspensión temporal del contrato por enfermedad o maternidad, desde el momento en que se produzca, a la persona responsable de su actividad y remitir el correspondiente parte de baja médica al Servicio correspondiente.

• Comunicar al Área de Investigación cualquier causa de incompatibilidad que pueda sobrevenir.

3. Los contratos que se suscriban al amparo de esta convocatoria tendrán a las siguientes características:

Se formalizarán en la modalidad de contrato en prácticas, siéndoles aplicables las previsiones del artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y demás normativa de referencia.

No se podrán formalizar contratos de trabajo con aquellos candidatos seleccionados que no cumplan con el requisito establecido en el artículo 11.1 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores «El contrato de trabajo en prácticas podrá concertarse con quienes estuvieren en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional, dentro de los cinco años, o de siete años cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios, de acuerdo con las siguientes reglas:

b) La duración del contrato no podrá ser inferior a seis meses ni exceder de dos años, dentro de cuyos límites los convenios colectivos de ámbito sectorial estatal o, en su defecto, los convenios colectivos sectoriales de ámbito inferior podrán determinar la duración del contrato, atendiendo a las características del sector y de las prácticas a realizar.

c) Ningún trabajador podrá estar contratado en prácticas en la misma o distinta empresa por tiempo superior a dos años en virtud de la misma titulación o certificado de profesionalidad.

Tampoco se podrá estar contratado en prácticas en la misma empresa para el mismo puesto de trabajo por tiempo superior a dos años, aunque se trate de distinta titulación o distinto certificado de profesionalidad.

A los efectos de este artículo, los títulos de grado, máster y, en su caso, doctorado, correspondientes a los estudios universitarios no se considerarán la misma titulación, salvo que al ser contratado por primera vez mediante un contrato en prácticas el trabajador estuviera ya en posesión del título superior de que se trate.

No obstante, el artículo 13 de la Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo establece que «sin perjuicio de lo establecido en el artículo 11.1 del Estatuto de los Trabajadores podrán celebrarse contratos en prácticas con jóvenes menores de treinta años, aunque hayan transcurrido cinco o más años desde la terminación de los correspondientes estudios».

Si de la documentación presentada se desprende el incumplimiento de lo establecido en el punto 5 de la Base VIII, no podrá formalizarse el contrato.

Los contratos convocados tienen las características que a continuación se indican:

• 7 contratos de personal técnico de apoyo titulado superior con una duración de 24 meses. Plazas con referencia: PEJ2018-002524-A, PEJ2018-002537-A, PEJ2018-002538-A, PEJ2018-002646-A, PEJ2018-002898-A, PEJ2018-002900-A, PEJ2018-002903-A,

• 1 contrato de personal técnico formación profesional de grado superior con una duración de 24 meses. Plaza con referencia PEJ2018-002910-A.

Los contratos tendrán una duración mínima de 2 años. La duración del contrato se extenderá desde el día uno del mes siguiente al de la formalización del contrato.

En los casos de sustitución por renuncia u otras causas establecidas en el artículo 49 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, los contratos tendrán una duración inferior a 2 años, en concreto el tiempo que reste del contrato a sustituir hasta completar los 2 años iniciales, siempre que quede como mínimo 1 año por disfrutar.

El régimen de sustitución se realizará de conformidad con el artículo 22 de la Resolución de 17 de mayo de 2018, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación se convocaron ayudas, correspondientes al año 2018, para la promoción de empleo joven e implantación de la Garantía Juvenil en I+D+i en el Subprograma Estatal de Incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.

Los contratos financiados con cargo a las ayudas objeto de esta resolución, serán incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral del personal contratado.

La retribución bruta anual será la siguiente:

a) 16.422,00 euros, en el caso de titulaciones universitarias.

b) 15.000,00 euros, en el caso de titulaciones en el marco de la formación profesional del sistema educativo.

X. COMISIONES EVALUADORAS.

Para cada uno de los procesos selectivos reflejados en el Anexo I de esta resolución, se constituirá una Comisión de Evaluación tal y como indica el Anexo II.

Las Comisiones de Evaluación podrán disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas. Estos asesores colaborarán, exclusivamente, en el ejercicio de sus especialidades técnicas. En todo caso, podrán asistir a la Comisión como especialistas:

• El Responsable de la actuación objeto del contrato.

• Un Doctor propuesto por el Responsable de la actuación objeto del contrato, con experiencia en la investigación/actividad a realizar por los contratados/as.

XI. NORMATIVA.

Esta Convocatoria se regirá, además de por las Bases contenidas en esta resolución, por la normativa que seguidamente se indica:

• Reglamento (UE) núm. 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1083/2006 del Consejo.

• Reglamento (UE) núm. 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013 relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1081/2006 del Consejo.

• Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

• Real Decreto-ley 6/2016, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para el impulso del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

• Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidad del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.

• Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

• Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

• Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades.

• Decreto 298/2003, que aprueba los Estatutos de la Universidad Pablo de Olavide, modificado por el Decreto 265/2011.

• Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

• Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto de los Trabajadores.

• Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos.

• Resolución de 17 de mayo de 2018, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, por la que se aprueba la convocatoria de tramitación anticipada, correspondiente al año 2018, de las ayudas para la promoción de empleo joven e implantación de la Garantía Juvenil en I+D+i en el Subprograma Estatal de Incorporación, del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020. (BOE núm. 127, de 25 de mayo de 2018).

• El Reglamento sobre contratación de personal con cargo a créditos de Investigación, aprobado por la Comisión Gestora de la Universidad Pablo de Olavide en su sesión número 41.ª de fecha 19.2.2002 (Acta 2/2002, punto 9.º).

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, según disponen los artículos 4.1, 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Rectorado, en el plazo de un (1) mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 112.1 , 123.1 y 124.1 de la LPACAP.

Sevilla, 24 de julio de 2019.- El Rector, Vicente Carlos Guzmán Fluja.

ANEXO I

A. CONTRATOS PARA TITULACIONES EN EL MARCO DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL

1. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PEJ2018-002910-A

1.1. Número de contratos: 1.

1.2. Referencia: PEJ2018-002910-A.

1.3. Título Actuación: Servicio de Espectrometría de Masas para Proteómica y Metabolómica: Puesta a punto de nuevas metodologías de Bioanálisis.

1.4. Responsable: Bruno Martínez Haya.

1.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en el Anexo II de esta Resolución, con la siguiente especificidad:

Representante/s en la Comisión Evaluadora: Moral Martos, Francisco.

1.6. Perfil del contrato:

• Calibración y mantenimiento preventivo de los equipos de cromatografía y espectrometría de masas.

• Gestión de reactivos y patrones bioquímicos.

• Ejecución de protocolos de tratamiento y preparación de muestras para su análisis.

• Gestión de carga de muestras y planes de trabajo para la validación de los métodos de proteómica y metabolómica.

• Registro y análisis de datos.

• Realización de informes preliminares de resultados.

1.7. Requisitos mínimos del personal candidato:

• Técnico de Formación Profesional de Grado Superior en Laboratorio en Diagnóstico Clínico.

1.8. Condiciones del contrato:

• Definición del puesto: Técnico Especialista de Apoyo a la Investigación.

• Tipo de contrato: Contrato en prácticas.

• Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 1.250 € (retribución anual bruta 15.000 €).

• Horas semanales: Tiempo completo (37 horas y media en cómputo semanal).

• Duración: 24 meses.

• Aplicación Presupuestaria: 1800614408 541A 6410121.

• Expediente Económico: 2019/0004360.

1.9. Otros méritos a valorar:

• Certificado Nivel Mínimo B1 de inglés, francés y/o alemán (Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente). En caso de tratarse de un nacional de un Estado donde el inglés, el francés o el alemán sea idioma oficial, se considerará acreditada esta circunstancia con la presentación de copia del pasaporte o tarjeta de identidad en vigor.

• Experiencia profesional o investigadora en proteómica y/o metabolómica (incluidas prácticas profesionales).

B. CONTRATOS PARA TITULACIONES UNIVERSITARIAS

1. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PEJ2018-002524-A

1.1. Número de contratos: 1.

1.2. Referencia: PEJ2018-002524-A.

1.3. Título Actuación: Formación en Fenotipaje en el Servicio de Animalario.

1.4. Responsable: Agnes Gruart i Massò.

1.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en el Anexo II de esta resolución, con la siguiente especificidad:

Representante/s en la Comisión Evaluadora: Agnes Gruart i Massò.

1.6. Perfil del contrato:

• Mantenimiento y manipulación de los animales estabulados en el animalario. Control de bienestar y alimentación, y registro de peso y comportamiento.

• Participación en baterías de pruebas de comportamiento (rota-rod, campo abierto, laberinto en T, inhibición por pre-pulso, pruebas de equilibrio y motoras, etc.) tanto para ratones como para ratas, así como realización de medidas cuantitativas.

• Realización de pruebas de aprendizaje de condicionamiento operante en jaulas de Skinner.

• Realización de registros electrofisiológicos de forma simultánea a las tareas de aprendizaje para conocer la actividad del cerebro durante dicho proceso, incluyendo la fabricación de electrodos de tungsteno (tetrodos o similares, para estimulación y registro) e implantarlos mediante microcirugía estereotáxica.

1.7. Requisitos mínimos del personal candidato:

• Licenciado/a o Graduado/a en alguna de estas titulaciones: Biomedicina, Ciencias Biológicas, Biotecnología, o Psicología.

• Certificado de «Competencia de bienestar animal en animales utilizados para experimentación y otros fines científicos», Categoría B.

1.8. Condiciones del contrato:

• Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación.

• Tipo de contrato: Contrato en prácticas.

• Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 1.368,50 € (retribución anual bruta 16.422 €).

• Horas semanales: Tiempo completo (37 horas y media en cómputo semanal).

• Duración: 24 meses.

• Aplicación Presupuestaria: 1800614401 541A 6410121.

• Expediente Económico: 2019/0004352.

1.9. Otros méritos a valorar:

• Certificado Nivel Mínimo B1 de inglés (Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente). En caso de tratarse de un nacional de un Estado donde el inglés sea idioma oficial, se considerará acreditada esta circunstancia con la presentación de copia del pasaporte o tarjeta de identidad en vigor.

• Conocimientos de informática a nivel usuario (Word, Excel y similares).

2. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PEJ2018-002537-A.

2.1. Número de contratos: 1.

2.2. Referencia: PEJ2018-002537-A.

2.3. Título Actuación: Gestión de la Transferencia de Conocimiento y Resultados de la Investigación de la UPO.

2.4. Responsable: Rosario Jiménez Rodríguez.

2.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en el Anexo II de esta resolución, con la siguiente especificidad:

Representante/s en la Comisión Evaluadora: Rosario Jiménez Rodríguez.

2.6. Perfil del contrato:

• Detección de demandas tecnológicas del entorno empresarial.

• Asesoramiento a investigadores y empresas sobre acuerdos para el desarrollo de proyectos colaborativos de I+D+i.

• Gestión y seguimiento de Proyectos colaborativos de I+D+i.

• Apoyo en la organización de Encuentros y Mesas de Transferencia de Tecnología y eventos de Divulgación científica.

• Gestión de la IPR derivada de la investigación.

• Asesoramiento a investigadores para la creación de spin-off de Base Tecnológica.

2.7. Requisitos mínimos del personal candidato:

• Licenciado/a o Graduado/a en alguna de estas titulaciones: Derecho, Administración y Dirección de Empresas o Marketing e Investigación de Mercados.

• Certificado Nivel Mínimo B2 de inglés (Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente). En caso de tratarse de un nacional de un Estado donde el inglés sea idioma oficial, se considerará acreditada este requisito con la presentación de copia del pasaporte o tarjeta de identidad en vigor.

2.8. Condiciones del contrato:

• Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación.

• Tipo de contrato: Contrato en prácticas.

• Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 1.368,50 € (retribución anual bruta 16.422 €).

• Horas semanales: Tiempo completo (37 horas y media en cómputo semanal).

• Duración: 24 meses.

• Aplicación Presupuestaria: 1800614402 541A 6410121.

• Expediente Económico: 2019/0004357.

2.9. Otros méritos a valorar:

• Certificado de Nivel superior a B2 de inglés (Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente). En caso de tratarse de un nacional de un Estado donde el inglés sea idioma oficial, se considerará acreditada esta circunstancia con la presentación de copia del pasaporte o tarjeta de identidad en vigor.

• Cursos de formación relacionados con el perfil del contrato.

• Experiencia en el manejo de aplicaciones informáticas y gestores de contenido web

• Participación en proyectos de I+D.

• Iniciativa y habilidades organizativas y de comunicación.

3. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PEJ2018-002538-A.

3.1. Número de contratos: 1.

3.2. Referencia: PEJ2018-002538-A.

3.3. Título Actuación: Gestión de la I+D en Proyectos Internacionales.

3.4. Responsable: Rosario Jiménez Rodríguez.

3.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en el Anexo II de esta resolución, con la siguiente especificidad:

Representante/s en la Comisión Evaluadora: Rosario Jiménez Rodríguez.

3.6. Perfil del contrato:

• Gestión de proyectos.

• Apoyo en el seguimiento de los proyectos europeos en ejecución.

• Apoyo en la redacción de informes técnicos.

• Apoyo en las tareas de justificación técnica y económica-administrativa.

• Apoyo en la gestión de auditorías.

• Elaboración de memorias e indicadores.

• Tareas de promoción y asesoramiento.

• Búsqueda, difusión y promoción de oportunidades de participación en el Programa Marco H2020 y otros programas internacionales de I+DT.

• Gestión portal web UPOresearch.

• Gestión de eventos/jornadas y cursos para promover la participación en H2020.

• Asesoramiento técnico y acompañamiento al investigador en la preparación de propuestas de financiación.

3.7. Requisitos mínimos del personal candidato:

• Licenciado/a o Graduado/a en alguna de estas titulaciones: Biología, Biotecnología, Física o Química.

• Certificado Nivel Mínimo B2 de inglés (Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente). En caso de tratarse de un nacional de un Estado donde el inglés sea idioma oficial, se considerará acreditada este requisito con la presentación de copia del pasaporte o tarjeta de identidad en vigor.

3.8. Condiciones del contrato:

• Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación

• Tipo de contrato: Contrato en prácticas.

• Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 1.368,50 € (retribución anual bruta 16.422 €).

• Horas semanales: Tiempo completo (37 horas y media en cómputo semanal).

• Duración: 24 meses.

• Aplicación Presupuestaria: 1800614403 541A 6410121.

• Expediente Económico: 2019/0004353.

3.9. Otros méritos a valorar:

• Nivel acreditado de inglés superior a B2.

• Conocimiento acreditado de otros idiomas.

• Cursos de formación relacionados con el perfil del contrato.

• Experiencia en el manejo de aplicaciones informáticas y gestores de contenido web.

• Participación en proyectos de I+D.

• Iniciativa y habilidades organizativas y de comunicación.

4. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PEJ2018-002646-A.

4.1. Número de contratos: 1.

4.2. Referencia: PEJ2018-002646-A.

4.3. Título Actuación: Microscopio Electrónico de Barrido.

4.4. Responsable: Manuel Díaz Azpiroz.

4.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en el Anexo II de esta resolución, con la siguiente especificidad:

Representante/s en la Comisión Evaluadora: Manuel Díaz Azpiroz.

4.6. Perfil del contrato:

• Trabajos en microscopía electrónica:

o Recepción y preparación de muestras.

o Análisis a distintas presiones y con distintos detectores.

o Mantenimiento y puesta a punto del equipo.

• Gestión de fungible.

• Gestión de bases de datos de usuarios.

• Informes de resultados y de uso del equipo.

4.7. Requisitos mínimos del personal candidato:

• Licenciado/a o Graduado/a en alguna de estas titulaciones: Física, Química, Geología o Ciencias Ambientales, así como Ingeniero/a de Materiales o Geológico.

• Certificado Nivel Mínimo B1 de inglés (Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente). En caso de tratarse de un nacional de un Estado donde el inglés sea idioma oficial, se considerará acreditada este requisito con la presentación de copia del pasaporte o tarjeta de identidad en vigor.

4.8. Condiciones del contrato:

• Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación.

• Tipo de contrato: Contrato en prácticas.

• Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 1.368,50 € (retribución anual bruta 16.422 €).

• Horas semanales: Tiempo completo (37 horas y media en cómputo semanal).

• Duración: 24 meses.

• Aplicación Presupuestaria: 1800614404 541A 6410121.

• Expediente Económico: 2019/0004358.

4.9. Otros méritos a valorar:

• Se valorarán adicionalmente otras titulaciones universitarias además de la marcada como principal.

• Se valorará la acreditación en inglés superior a la exigida en los requisitos mínimos.

• Experiencia en microscopía electrónica.

• Otra experiencia en técnicas de análisis de materiales (microscopía óptica, DRX, XRF, etc.).

• Formación específica en microscopía electrónica.

• Otra formación específica en otras técnicas de análisis de materiales (microscopía óptica, DRX, XRF, etc.).

5. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PEJ2018-002898-A.

5.1. Número de contratos: 1.

5.2. Referencia: PEJ2018-002898-A.

5.3. Título Actuación: Fortalecimiento y mejora de la gestión administrativa del Servicio de Gestión Centralizada de la I+D (Área de Investigación).

5.4. Responsable: Esperanza Pérez Mañas.

5.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en el Anexo II de esta resolución, con la siguiente especificidad:

Representante/s en la Comisión Evaluadora: Esperanza Pérez Mañas.

5.6. Perfil del contrato:

• Gestión de convocatorias de selección de personal asociadas a proyectos y ayudas de I+D.

o Preparación y elaboración convocatorias de selección: verificación ajuste con normativa de aplicación, elaboración de costes, elaboración de perfiles de contratación, redacción convocatoria.

o Gestión Administrativa de la convocatoria: gestión de firmas, documentación de actos del proceso selectivo, publicación SIBOJA, publicación TEO.

o Elaboración del borrador de las actas de las comisiones de evaluación: convocatoria reuniones comisiones de valoración y asistencia.

o Incorporación del personal seleccionado: formalización de la contratación laboral, afiliación SS, comunicación contratación, gestión administrativa del contrato.

o Gestión relación de servicios del personal seleccionado: gestión de vicisitudes de la relación laboral, gestión de ceses.

• Gestión de ayudas de Recursos Humanos Estatales y de la Junta de Andalucía.

o Preparación de la incorporación: análisis de las características de la convocatoria, elaboración de costes, solicitud del adelanto de crédito, documentación administrativa.

o Incorporación del personal seleccionado: formalización de la contratación laboral, afiliación SS, comunicación contratación, gestión administrativa del contrato.

o Seguimiento de la contratación: remisión al organismo financiador documentación exigida por la ayuda; gestión de prórrogas; gestión informes de la Comisión de Doctorado (personal predoctoral); gestión memorias finales requeridas por los Proyectos de Excelencia para el personal predoctoral y 5.º año.

o Gestión relación de servicios del personal incorporado: gestión de vicisitudes de la relación laboral, gestión de ceses.

• Gestión del Plan Propio de Investigación de la Universidad Pablo de Olavide.

o Elaboración de las resoluciones de convocatoria de las distintas modalidades de ayudas del Plan Propio.

o Asesoramiento técnico al personal investigador sobre la convocatoria y presentación de solicitudes.

o Pre-valoración de las solicitudes admitidas y elaboración de informe para la Comisión de Investigación.

o Elaboración de la lista provisional y definitiva de admitidos y excluidos.

o Publicación en medios electrónicos oficiales UPO (TEO).

• Difusión y seguimiento de la oferta de financiación para actividades de I+D.

o Análisis y gestión de convocatorias externas e internas de actividades de investigación.

o Consulta de los Boletines Oficiales (BOE, BOJA, etc).

o Consulta de la Base Nacional de Subvenciones.

o Consulta de las plataformas electrónicas del MINECO y Ministerio de Educación para el seguimiento de las distintas fases en las que se encuentran las convocatorias.

o Análisis de las condiciones de las convocatorias (requisitos exigidos, documentación necesaria y circunstancias requeridas).

o Asesoramiento técnico sobre las convocatorias a la comunidad investigadora.

5.7. Requisitos mínimos del personal candidato:

• Licenciado/a o Graduado/a en Derecho.

5.8. Condiciones del contrato:

• Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación.

• Tipo de contrato: Contrato en prácticas.

• Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 1.368,50 € (retribución anual bruta 16.422 €).

• Horas semanales: Tiempo completo (37 horas y media en cómputo semanal).

• Duración: 24 meses.

• Aplicación Presupuestaria: 1800614405 541A 6410121.

• Expediente Económico: 2019/0004354.

5.9. Otros méritos a valorar:

• Certificado Nivel Mínimo B1 de inglés (Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente). En caso de tratarse de un nacional de un Estado donde el inglés sea idioma oficial, se considerará acreditada esta circunstancia con la presentación de copia del pasaporte o tarjeta de identidad en vigor.

• Cursos de formación relacionados con el perfil del contrato.

• Experiencia en el manejo de aplicaciones ofimáticas.

6. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PEJ2018-002900-A.

6.1. Número de contratos: 1.

6.2. Referencia: PEJ2018-002900-A.

6.3. Título Actuación: Fortalecimiento y mejora de la gestión económica del Servicio de Gestión Centralizada de la I+D (Área de Investigación).

6.4. Responsable: Esperanza Pérez Mañas.

6.5. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en el Anexo II de esta resolución, con la siguiente especificidad:

Representante/s en la Comisión Evaluadora: Esperanza Pérez Mañas.

6.6. Perfil del contrato:

• Gestión y fiscalización del gasto efectuado mediante la cuenta de «pago directo».

o Fiscalización de gastos efectuados.

o Informe sobre las consultas paramétricas de Avisos de integración y resolución de sus incidencias.

o Conciliación bancaria de la cuenta de Pago Directo del Área de Investigación, motivando las desviaciones, entre lo contabilizado y la tesorería.

o Informe sobre las facturas que están incumpliendo el periodo de pago a 30 días, detectando el motivo, con el fin de realizar un estudio sobre las principales motivaciones y sus posibles soluciones.

o Control del módulo de contratos menores, para el cumplimiento de la nueva Ley de Contratos del Sector Público.

• Gestión y fiscalización del gasto efectuado mediante la cuenta de «caja fija»

o Fiscalización de gastos efectuados.

o Informe y gestión de las liquidaciones de comisiones de servicios.

o Informe y gestión de los anticipos económicos.

o Informe sobre liquidación de mensualidades en programas de movilidad.

o Informe sobre las consultas paramétricas de Avisos de integración y resolución de sus incidencias.

o Conciliación bancaria de la cuenta de Caja Fija del Área de Investigación, motivando las desviaciones, entre lo contabilizado y la tesorería.

• Gestión y control de la justificación económica de proyectos.

o Planificar y elaborar la justificación económica según lo establecido en la convocatoria siguiendo los requisitos de la misma y de la normativa de la ley de subvenciones y otras.

o Informe de prioridad del pago de gastos teniendo en cuenta el plazo exigido en la normativa para el proyecto a justificar.

o Conciliación entre los documentos de pago y los documentos justificativos de los gastos.

o Elaboración de cuentas justificativas.

o Realizar los informes y estadísticas demandado por los distintos órganos y organismos financiadores sobre importe justificado, importe de las ayudas financiadas con fondos europeos, entre otros.

• Gestión y control de los procedimientos de reintegro.

o Análisis y estudio de los acuerdos de inicio de procedimientos de reintegro efectuados por los distintos organismos financiadores.

o Elaboración de alegaciones contra los acuerdos de inicio de procedimientos de reintegro.

o Seguimiento de las distintas fases del acuerdo de inicio procedimiento de reintegro.

o Ejecución del procedimiento de reintegro.

o Elaboración de recursos administrativos contra la resolución definitiva de reintegro.

6.7. Requisitos mínimos del personal candidato:

• Licenciado/a o Graduado/a en Administración y Dirección de Empresas.

6.8. Condiciones del contrato:

• Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación.

• Tipo de contrato: Contrato en prácticas.

• Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 1.368,50 € (retribución anual bruta 16.422 €).

• Horas semanales: Tiempo completo (37 horas y media en cómputo semanal).

• Duración: 24 meses.

• Aplicación Presupuestaria: 1800614406 541A 6410121.

• Expediente Económico: 2019/0004359.

6.9. Otros méritos a valorar:

• Certificado Nivel Mínimo B1 de inglés (Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente). En caso de tratarse de un nacional de un Estado donde el inglés sea idioma oficial, se considerará acreditada esta circunstancia con la presentación de copia del pasaporte o tarjeta de identidad en vigor.

• Cursos de formación relacionados con el perfil del contrato.

• Experiencia en el manejo de aplicaciones ofimáticas.

7. PROCESO SELECTIVO DE REFERENCIA PEJ2018-002903-A.

7.1. Número de contratos: 1.

7.2. Referencia: PEJ2018-002903-A.

7.3. Título Actuación: Formación profesionalizante en el Servicio de Fisiopatología Celular.

7.4. Responsable: Juan Carlos Rodríguez Aguilera.

7.5. Perfil del contrato:

• Técnicas de laboratorio: Cálculos previos y preparación de reactivos, realización de ensayos sencillos, preparación de reactivos para otras personas, realización de ensayos completos o de experimentos completos.

• Gestión de laboratorio: Realizar inventarios, verificar caducidades, participar en compras sencillas, selección de reactivos, gestión de compras, control de stocks, esquema FIFO.

• Planificación: Elaboración de agenda diaria, anticipar agenda semanal, diseñar plan mantenimiento equipos, planificar objetivos mensuales/trimestre.

• Gestión de Conocimiento: Aprender bases de datos, realizar consultas, elaboración protocolos basados en literatura, vigilancia tecnológica periódica y planificada.

• Equipos: Mantenimiento equipos laboratorio, Integración de agenda en la del grupo, Asistencia a reuniones, diseño experimental autónomo supervisado.

7.6. Comisión Evaluadora: Se constituirá según lo establecido en el Anexo II de esta Resolución, con la siguiente especificidad:

Representante/s en la Comisión Evaluadora: Juan Carlos Rodríguez Aguilera.

7.7. Requisitos mínimos del personal candidato:

• Licenciado/a o Graduado/a en alguna de estas titulaciones: Biología, Biomedicina, Bioquímica, Biotecnología, Farmacia o Química.

7.8. Condiciones del contrato:

• Definición del puesto: Titulado Superior de Apoyo a la Investigación.

• Tipo de contrato: Contrato en prácticas.

• Retribución mensual íntegra (incluido prorrateo de pagas extraordinarias): 1.368,50 € (retribución anual bruta 16.422 €).

• Horas semanales: Tiempo completo (37 horas y media en cómputo semanal).

• Duración: 24 meses.

• Aplicación Presupuestaria: 1800614407 541A 6410121.

• Expediente Económico: 2019/0004355.

7.9. Otros méritos a valorar:

• Certificado Nivel Mínimo B2 de inglés (Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas o equivalente). En caso de tratarse de un nacional de un Estado donde el inglés sea idioma oficial, se considerará acreditada esta circunstancia con la presentación de copia del pasaporte o tarjeta de identidad en vigor.

• Publicaciones en revistas científicas.

• Comunicaciones a congresos científicos.

• Actividades científicas de divulgación.

• Otros conocimientos científicos o técnicos no reglados directamente relacionados con las tareas a realizar.

ANEXO II

(COMPOSICIÓN DE CADA COMISIÓN EVALUADORA)

El Sr. Vicerrector de Investigación y Transferencia de Tecnología que actuará como Presidente. En los casos necesario, será sustituido por el Vicerrector de Profesorado, Francisco Martín Bermudo.

• El vocal titular (o en caso necesario, su suplente) de la Comisión de Investigación de la Universidad Pablo de Olavide que ostente en la misma la representación departamental más afín al perfil del contrato.

• Un miembro propuesto por la representación de personal laboral de la Universidad.

• El Director del Área de Investigación que actuará como Secretario, con voz, pero sin voto; en caso necesario le sustituirá el Jefe de Unidad de Gestión de la Investigación.

• Cada Comisión Evaluadora incorporará a sus trabajos un asesor especialista (representante en la Comisión Evaluadora), tal y como se especifica en el Anexo I. Estos asesores colaborarán, exclusivamente, en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

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