Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 31/07/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 6 de junio de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería, dimanante de autos núm. 3/2018. (PP. 1604/2019).

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NIG: 0401342120170018574.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 3/2018. Negociado: T6.

Sobre: Posesión (art. 430-466 CC).

De: Bankia Hábitat, S.L.U.

Procurador: Don Salvador Martín Alcalde.

Letrada: María Antonia Palmero Pérez.

Contra: Ignorados ocupantes. C/ San Remo, núm. 34, 3.º C, Samuel Fernández Cortes y Carmen María Cortes Sánchez.

Procuradora: Doña Aurora Montes Clavero.

Letrado: Enrique José Cerrudo Lucas.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 3/2018 seguido a instancia de Bankia Hábitat, S.L.U., frente a ignorados ocupantes C/ San Remo, núm. 34, 3.º C, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 166/2019

En Almería, a 29 de mayo de 2019.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por la parte actora se presentó, en nombre y representación de Bankia Hábitat, S.L.U., demanda de Juicio Verbal de Desahucio por Precario contra los ignorados ocupantes de la vivienda sita en calle San Remo, núm. 34, planta 3.ª, puerta C, de Almería, y terminó suplicando que se dictara sentencia estimando la demanda, condenando a los demandados a desalojar el referido inmueble, dejándolo libre y expedito a disposición de la actora.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta en nombre y representación de Bankia Hábitat, S.L.U., condenando a Samuel Fernández Cortes y Carmen María Cortes Sánchez, así como a cualesquiera otros ignorados ocupantes de la vivienda sita en calle San Remo, núm. 34, planta 3.ª, puerta C, de Almería, a desalojar el referido inmueble, dejándolo libre y expedito a disposición de la actora, so pena de lanzamiento en caso de que los demandados no abandonen la finca voluntariamente.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Y encontrándose dichos demandados, ignorados ocupantes C/ San Remo, núm. 34, 3.º C, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Almería, a seis de junio de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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