Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 05/08/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de abril de 2018, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Marbella, dimanante de autos núm. 248/2016. (PP. 1907/2019).

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NIG: 2906942C20160001746.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 248/2016. Negociado: 04.

Sobre: Responsabilidad Civil.

De: MM Property Investment

Procurador: Sr Juan Carlos Palma Díaz.

Contra: Yassir Wahbi.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 248/2016 seguido a instancia de MM Property Investment frente a Yassir Wahbi se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por la representación de la parte actora fue presentada, con fecha 4 de marzo de 2016, demanda de juicio ordinario frente a la parte demandada antes mencionada, en cuyo suplico interesaba se dicte sentencia conforme a la cual se le condene al pago de la suma de 12.138,47 euros, más los intereses legales y costas.

Segundo. Admitida a trámite la demanda, se da traslado de la demanda a la demandada, la cual no contesta, siendo declarada en rebeldía con fecha 31 de julio de 2017, señalándose la audiencia previa para el 14 de diciembre de 2017, en que tiene lugar, denegándose la posibilidad de ampliar el petitum, proponiéndose prueba documental, y quedando los autos directamente vistos para sentencia de acuerdo con el art. 429.8 de la LECivil.

Tercero. En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales.

FALLO

Debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por MM Property Investment frente a Yassir Wahbi, y, en su consecuencia, estimando el total de las pretensiones de la parte actora contra la misma, se condena a la demandada al pago de la suma de 12.138, 47 euros, más los intereses legales desde demanda, más costas.

Notifíquese a las partes.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Yassir Wahbi, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Marbella, a diecinueve de abril de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición detransmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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