Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 06/08/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 25 de julio de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Málaga, dimanante de autos núm. 1527/2018.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00160329.

NIG: 2906742C20010003699.

Procedimiento: Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 1527/2018. Negociado: IA.

De: Don Germán Pérez Muñoz.

Procuradora: Sra. María Angustias Martínez Sánchez-Morales.

Letrado: Sr. Roberto Carlos Limón Mota.

Contra: Doña Esther García Rodríguez.

E D I C T O

En el presente procedimiento Familia. Modificación medidas supuesto contencioso 1527/2018 seguido a instancia de Germán Pérez Munoz frente a Esther García Rodríguez se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

FALLO

Debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por don Germán Pérez Muñoz contra doña Esther García Rodríguez, acordando la modificación de las medidas adoptadas en los autos de Separación núm. 270/2001, con efectos desde la fecha de esta sentencia: Se extingue la pensión de alimentos de los hijos Germán y Francisco José, quedando reducida la pensión de alimentos fijada en el procedimiento de Separación a la mitad de su cuantía actual con sus actualizaciones.

La pensión de alimentos del hijo Daniel se mantiene por el plazo de un año desde la fecha de esta sentencia, subsistiendo a partir de dicha fecha la pensión de Aitor, que será la mitad del importe total en aquella fecha.

No se imponen las costas a ninguna de las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 de la LEC). El recurso se interpondrá en el plazo de 20 días conforme al art. 458 de la LEC en su nueva redacción de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal.

Para la admisión a trámite del recurso, previamente, deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandada, Esther García Rodríguez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Málaga, a veinticinco de julio de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF