Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 163 de 26/08/2019

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Anuncio de 16 de agosto de 2019, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por el que se da publicidad a la convocatoria para la cobertura del puesto directivo de la Jefatura de Sección de la nueva Estructura de mandos intermedios de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía.

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Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, que exige la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la selección del personal de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se dispone la publicación de la Resolución, cuyo tenor literal a continuación se transcribe:

«RESOLUCIÓN DEL GERENTE DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DE LA JEFATURA DE SECCIÓN DE CONTROL INTERNO DE LA MISMA.

El artículo 94, apartados 6 y 7, del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Real Decreto 1/2010, de 2 de marzo, determina que: “6. Las agencias públicas empresariales y sociedades mercantiles del Sector Público Andaluz que se encuentren sometidas a control financiero permanente deberán contar con unidades propias de control interno, que colaborarán con la Intervención General de la Junta de Andalucía en el desarrollo de los trabajos de ejecución del plan anual de auditorías.

La Intervención General, por su parte, podrá determinar las entidades de la Junta de Andalucía no sometidas a control financiero permanente que deberán establecer dichas unidades de control interno, atendiendo al volumen de su actividad o a otras razones que así lo aconsejen.

7. El personal que se integre en las unidades de control interno y se asigne a la colaboración con la Intervención General de la Junta de Andalucía estará adscrito orgánicamente al máximo órgano de dirección de las entidades referidas y actuará de forma exclusiva para aquella y bajo su dependencia funcional única. Su contratación y cese requerirá previa conformidad de la Intervención General de la Junta de Andalucía”.

Los Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, aprobados por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, han supuesto la introducción de diversos cambios en aspectos tan relevantes como el régimen jurídico y las potestades públicas de la Agencia, la determinación de los puestos de trabajo que tienen la consideración de personal directivo de la misma y diversas cuestiones en materias de programación, control y personal, entre éstas, la expresa adecuación de la unidad de control interno a lo dispuesto en el precitado artículo 94 TRLGHPJA, a través del artículo 28.4 de los citados Estatutos, a cuyo tenor: “Será de aplicación lo establecido en el artículo 94 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía respecto a la dependencia funcional y actuación de forma exclusiva para la Intervención General de la Junta de Andalucía del personal que se integre en la unidad de control interno, que quederá orgánicamente adscrita a la Dirección General”.

En cumplimiento de tales preceptos, el Consejo Rector de la Agencia, en sesión celebrada el 21 de junio de 2018, aprobó la nueva estructura de mandos intermedios, de acuerdo con la cual, la hasta entonces Unidad de Control Interno y Auditoría pasó a integrarse dentro del Convenio Colectivo a través de la figura de la Jefatura de Sección, siéndole, pues, de aplicación, al igual que a los demás mandos intermedios configurados en la estructura administrativa de la Agencia, lo dispuesto en el artículo 30.3 de los reiterados Estatutos, según el cual “...no tendrán consideración de personal directivo de la Agencia y serán cubiertos preferentemente mediante procedimientos de promoción interna por personal de la Agencia. En su provisión se velará por la representación equilibrada de hombres y mujeres conforme a los establecido en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, y en la legislación básica estatal en materia de igualdad.”

De conformidad con lo anterior y sin perjuicio de los criterios impartidos por la Intervención General sobre el particular, el artículo 10 del IV Convenio Colectivo de la Agencia establece el régimen aplicable para la cobertura de estos puestos en los siguientes términos:

“Artículo 10. Jefaturas de Sección y de Equipo

1. Las jefaturas de sección y equipo son los máximos niveles de gestión de la Agencia, funciones estas no directivas que serán desempeñadas por personal de plantilla, salvo lo dispuesto en el art. 1.2 y disposición transitoria del presente convenio.

2. Se nombrarán las responsabilidades de Jefatura de Sección y de Equipo por libre designación entre candidatos que provengan de la plantilla propia de la Agencia y podrán ser cesados por libre remoción. Al producirse su cese, se destinará a un puesto de trabajo correspondiente a su grupo profesional en su mismo centro de trabajo o, en su defecto, provincia.

3. La designación se llevará a cabo previo concurso mediante convocatoria pública interna que se anunciará en los tablones de anuncios de los servicios centrales y de las gerencias provinciales y en la intranet de la Agencia, y en donde se establezcan los requisitos de titulación, idoneidad y méritos a valorar. La persona candidata deberá presentar una memoria en la que haga constar los méritos y capacidades que a su juicio hacen idónea su candidatura así como esquema que propone para la organización y desarrollo de las funciones a su cargo y, en su caso, reparto de tareas y forma de dirección del equipo o sección.

4. En el procedimiento de selección de estas Jefaturas, se constituirá una Comisión de Selección en la que intervendrán con voz, pero sin voto los Representantes de los Trabajadores. La Dirección designará al candidato más idóneo de entre una terna aprobada en la comisión de selección y ponderando en su conjunto las cualidades de las personas aspirantes, mediante informe motivado de la idoneidad del candidato seleccionado en el que se mencionen los principales elementos tenidos en cuenta para la idoneidad.

5. En el caso de quedar desierta la convocatoria pública, la Dirección designará directamente un trabajador para desempeñar las funciones de Jefatura.”

Encontrándose vacante actualmente la Jefatura de Sección a que se viene haciendo referencia, cuya cobertura resulta obligatoria en cumplimiento de la normativa citada, consultada la Intervención General de la Junta de Andalucía y en ejercicio de las facultades atribuidas a esta Gerencia por el art. 16.2.a) de los reiterados Estatutos,

HE RESUELTO

Primero. Aprobar la convocatoria pública para la cobertura de la Jefatura de Sección de Control Interno de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía.

Segundo. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en estas bases y, en lo no previsto expresamente en las mismas, por lo regulado en el Convenio Colectivo vigente en la Agencia.

1. Objeto de la convocatoria:

Puesto de trabajo: Jefatura de Sección de Control Interno.

Número de plazas: 1.

Lugar de trabajo: Servicios Centrales.

Retribución: Conforme Tabla Salarial 2019, que se encuentra publicada en la Intranet.

2. Información del puesto ofertado:

Titulación requerida: Licenciatura o Grado en Administración y Dirección de Empresas, en Economía o equivalente, o Licenciatura o Grado en Derecho o equivalente.

Misión del puesto: La colaboración en el desarrollo de los trabajos de control que competen a la Intervención General en la entidad, siguiendo, a tal efecto, las instrucciones de los órganos correspondientes de ésta, el seguimiento de las recomendaciones y, en su caso, la propuesta de medidas concretas, así como el control regular posterior sobre la totalidad de las operaciones de contenido económico de la Agencia con la finalidad de comprobar el cumplimiento de la legalidad y de las normas y directrices de aplicación, el examen de las cuentas anuales y el examen y juicio crítico sobre la gestión de la entidad de conformidad con los planes y programas acordados por su Dirección General a través de la Comisión de Control; le corresponde, igualmente, el impulso de la actividad de auditoría interna y externa de la Agencia.

La misión descrita se desempeñará con separación de funciones de las del resto de la entidad y, en especial, de las de los respectivos departamentos de gestión económico-financiera y/o de recursos humanos, teniendo en cuenta que, aún cuando el puesto tiene dependencia orgánica de la Dirección General de AVRA, el trabajo se desarrollará con dependencia funcional exclusiva de la Intervención General de la Junta de Andalucía.

Formación: Se valorará y baremará la siguiente formación:

Títulos de postgrado que incluyan contenidos de las materias objeto del trabajo (MBA o similar).

Cursos de auditoría en el sector público.

Otros cursos de auditoría.

Cursos sobre contratación, subvenciones y otros relacionados con la materia objeto del puesto de trabajo, tablas dinámicas y SAP.

La baremación de dicha formación será, en caso de responder a la de los planes de formación de la Agencia, la prevista en los mismos y según el documento acreditativo de su realización por los interesados en cuanto no contradigan a los planes de formación.

La formación anterior o ajena a los planes de formación se baremará según Anexo 1, apartado 2.

3. Requisitos de la candidatura:

Podrán participar en el proceso de selección las personas que reúnan los siguientes requisitos de carácter excluyentes:

a) Ser personal de plantilla propia de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía de conformidad con el artículo 10 del IV Convenio Colectivo.

b) Tener relación laboral vigente en la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía o suspendida por IT, maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, riesgo durante el embarazo y/o lactancia, desde la publicación de la presente convocatoria hasta la formalización de la resolución de adscripción. Se admitirán las solicitudes de los/las excedentes forzosos siempre que a fecha de finalización de presentación de solicitudes de la presente convocatoria hayan solicitado la reincorporación inmediata a la Agencia.

c) Estar, al momento de finalización de presentación de solicitudes, en posesión del título universitario expedido por el Ministerio correspondiente, o bien acreditar la convalidación u homologación pertinente emitida por dicho Ministerio conforme al marco legal de aplicación.

d) No estar afectado/a por las inhabilitaciones de ascenso previstas en el Régimen Disciplinario del IV Convenio Colectivo de AVRA.

e) No estar afectado/a por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias del puesto objeto de la convocatoria.

f) No hallarse inhabilitado/a para el desempeño de la profesión o funciones relacionadas con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria.

g) No estar incurso/a en ninguna de las incompatibilidades que determina la legislación vigente.

h) Presentar una Memoria de Gestión en formato A4 con una extensión máxima de 3 páginas, en la que haga constar los méritos y capacidades que a juicio de la persona aspirante hace idónea su candidatura, así como el esquema que el/la candidato/a propone para la organización y desarrollo de las funciones a su cargo y, en su caso, reparto de tareas y forma de dirección del equipo o sección. Los/as candidatos/as que pasen a la terna expondrán, si son requeridos al efecto, la memoria de gestión ante la Comisión de selección o la Dirección General de la Agencia.

i) Carnet de conducir vigente.

j) Disponibilidad para viajar.

k) Especial disponibilidad y dedicación inherente a su responsabilidad.

l) Asumir la responsabilidad inherente al puesto ofertado como gestor/a de equipos de trabajo, relacionadas con las materias de absentismo, formación, dirección por objetivos, organización, planificación y supervisión del trabajo.

m) Experiencia de, al menos, dos años en labores de consultoría o auditoría general que acrediten una experiencia en el sector financiero y/o en áreas funcionales de control de recursos humanos y materiales, y/o en gestión económica, presupuestos, resultados contables y cuentas anuales.

n) Obtener la puntuación mínima de 60 puntos, computado entre el apartado de “experiencia profesional” y “formación”.

4. Comisión de selección:

La Comisión de Selección estará compuesta por la Jefatura de Equipo de gestión de personas y relaciones laborales o persona en quien delegue, y hasta un máximo de dos miembros más designados por la Dirección General de la Agencia y dos representantes de los/as trabajadores/as, que intervendrán en la Comisión con voz pero sin voto.

Uno de los miembros designados en representación de la Dirección actuará como Secretario/a de dicha Comisión de Selección.

Corresponde a la Comisión de Selección el desarrollo de las distintas fases del proceso, así como la propuesta de una terna de candidatos/as a la Dirección General.

La Comisión de Selección podrá estar asesorada por entidades o técnicos especialistas.

5. Recogida y presentación de solicitudes:

La solicitud para participar en el proceso de selección se encuentra anexa a la presente convocatoria.

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación acreditativa de méritos finalizará el 13 de septiembre 2019 a las 14:00 horas.

Sin perjuicio de los medios establecidos legalmente, la presentación de la Solicitud y la Memoria de Gestión deberá dirigirse a la Jefatura de Equipo de gestión de personas y relaciones laborales y se entregará en soporte papel en el Registro de los Servicios Centrales de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, sito en c/ Pablo Picasso s/n, 41018, de Sevilla, o en cualquiera de los Registros de las Direcciones Provinciales de la Agencia de Andalucía. El horario para registrar solicitudes es de 9:00 a 14:00 de lunes a viernes.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el/la funcionario/a de Correos.

Cuando la solicitud se envíe por correo, la persona interesada deberá acreditar la fecha y hora de imposición del envío en la oficina de Correos y Telégrafos y anunciar a AVRA, en el mismo día, la remisión de la oferta mediante fax o burofax. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la solicitud si es recibida en AVRA con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, cinco días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la solicitud, ésta no será admitida en ningún caso.

La presentación de la solicitud fuera de plazo será causa automática de exclusión del proceso de selección.

La documentación acreditativa que acompaña la solicitud deberá ser introducida en CANDIL, plataforma habilitada para los datos laborales y académicos de todo el personal de AVRA; es decir, los datos referentes a experiencia laboral y formación realizadas tanto dentro como fuera de la Agencia así como títulos académicos, carnet de conducir, conocimientos de aplicaciones informática, etc.

Al acceder a CANDIL se introducirán los datos curriculares, los cuales conformarán el C.V.

El acceso a la aplicación se realizará a través del siguiente enlace:

http://candil2.avra.junta-andalucia.es/candil2/login.seam?cid=22.

No computarán aquellas acciones formativas correspondiente al Plan de Formación 2017-2018 que aún no estén completadas y/o finalizadas en algunas de sus ediciones o sesiones.

6. Documentación acreditativa a aportar:

La documentación que cada candidato/a deberá aportar por registro será la siguiente:

Formulario de solicitud cumplimentado y firmado, indicando el correo electrónico donde se desea recibir las notificaciones.

Memoria de Gestión, en la que haga constar los méritos y capacidades que a juicio de la persona aspirante hace idónea su candidatura, así como esquema que propone para la organización y desarrollo de las funciones a su cargo y, en su caso, reparto de tareas y forma de dirección del equipo o sección.

La documentación que cada candidato/a deberá cumplimentar y aportar en CANDIL será la siguiente:

Toda la documentación acreditativa tanto de la “formación” como de la “experiencia y méritos profesionales”, así como títulos académicos, carnet de conducir, conocimientos de idiomas, de aplicaciones informáticas…

La Sección de Recursos Humanos se pone a disposición de los/as candidatos/as para facilitarles el acceso a la documentación que exista en su expediente pero no se hace responsable de completar aquellas solicitudes que se presenten sin dicha documentación acreditativa de la “experiencia y méritos profesionales” y de la “formación”, que deberá ser aportada para ser tenida en cuenta por la Comisión de Selección.

La Comisión de Selección podrá requerir a las candidaturas, concediendo a tal efecto un plazo de tres días laborables, para la presentación de aquellos documentos que se consideren aclaratorios o necesarios para la correcta valoración de su solicitud. Una vez finalizado dicho plazo no se admitirá documentación. Dicha documentación podrá ser requerida por escrito, acusando recibo, mediante el correo electrónico indicado por la persona candidata en su solicitud.

6.1. Documentación acreditativa de la experiencia profesional fuera de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía:

La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida laboral actualizado, contrato de trabajo, certificado de empresa, o nombramiento de funcionario, o cualquier otro medio admitido en Derecho, etc.

Cuando se aporte el certificado de funciones, éste debe cumplir los siguientes requisitos:

Denominación del puesto con indicación de las funciones inherentes al mismo.

Sellado y firmado por la empresa y/o entidad que lo expide.

Datos oficiales de la empresa que certifica.

La experiencia y méritos profesionales por cuenta propia habrá de acreditarse mediante certificación visada por el Colegio Profesional de los trabajos realizados, o cualquier otro medio admitido en Derecho, y deberá justificarse mediante formulación de “curriculum” profesional en el que de forma pormenorizada se describa la actividad profesional y los méritos que puedan concurrir en el aspirante, no valorándose aquella experiencia que no tenga relación con el puesto ofertado.

6.2. Documentación acreditativa de la formación que no consta en la aplicación de CANDIL de MI FORMACIÓN AVRA:

- Formación recibida:

Denominación del curso.

Centro, organismo o institución oficial, con acreditada solvencia, que lo expide.

Descripción del programa impartido.

Número de horas.

- Formación impartida:

Certificado acreditativo de las horas de docencia y del programa impartido, expedido por el organismo competente dentro de la institución con acreditada solvencia que patrocine esa actividad de docencia.

- Publicaciones o ponencias:

Copia del artículo publicado y de la ponencia impartida, que serán de entidad suficiente y relacionada con las funciones del puesto objeto de la convocatoria. Dicha ponencia estará acompañada de un certificado acreditativo expedido por el organismo competente de la institución con acreditada solvencia que lo patrocine.

Del artículo publicado, se deberá acreditar la autoría.

No se tendrán en cuenta publicaciones o ponencias en que la participación haya consistido en distribuir, difundir, maquetar, imprimir o dar formato al contenido cuya autoría intelectual corresponde a otros.

En todo caso los/as candidatos/as tendrán que tener acreditados documentalmente todos sus méritos con anterioridad a la fecha de la propuesta de terna candidatos/as por la Comisión de Selección.

7. Procedimiento de selección:

Las bases generales para la ponderación de los méritos de las personas candidatas atenderán a los valores siguientes, con los pesos que se consignan en el Anexo 1:

- Experiencia Profesional adicional a la mínima requerida para la participación en el proceso de selección.

- Formación.

Para baremar la experiencia profesional aportada por las candidaturas en relación con el perfil del puesto ofertado, la Comisión de Selección se basará en las funciones descritas en la “Misión del Puesto” (apartado 2 de las presentes bases).

No se valorará el solapamiento de periodos de trabajo. Si concurriera el solapamiento de experiencias y méritos profesionales en un mismo periodo, se tendrá en consideración el más favorable, con el porcentaje de dedicación que se acuerde por la Comisión de Selección.

El Informe de Vida Laboral tendrá carácter orientativo y acreditativo de los periodos temporales cotizados por la persona candidata.

La baremación de la formación será, en caso de responder a la de los planes de formación de la Agencia, la prevista en los mismos y según el documento acreditativo de su realización por los interesados en cuanto no contradigan a los planes de formación.

La formación anterior o ajena a los planes de formación se baremará según Anexo 1, apartado 2.

La Comisión de Selección procederá al análisis curricular de los datos aportados por las personas candidatas, a fin de comprobar que cumplen los requisitos exigidos y se adecuan al perfil del puesto ofertado, de acuerdo con los criterios de baremación contenidos en el Anexo 1 de la presente convocatoria.

En aquellos casos en que existan más de tres candidaturas con idéntica puntuación final, se procederá al desempate conforme a los siguientes criterios:

1. Experiencia Profesional sin tope.

2. El género menos representado en el conjunto de todas las jefaturas de sección y equipo actualmente ocupadas.

Finalizado el proceso de selección, la Comisión propondrá a la Dirección General una terna de candidaturas, siempre que ello fuera posible.

La Dirección General designará la candidatura más idónea de entre una terna propuesta por la Comisión de Selección, ponderando en su conjunto las cualidades de las personas aspirantes mediante informe motivado de la idoneidad de la candidatura seleccionada en el que se mencionen los principales elementos tenidos en cuenta para la valoración, entre los que se incluirá la memoria de gestión presentada por las personas candidatas.

Con carácter previo a la resolución, se dará cuenta a la Intervención General del resultado del proceso, con remisión de la lista de candidaturas presentadas y su puntuación, la documentación aportada por las tres candidaturas con mayor puntuación y propuesta de la seleccionada, al objeto de que por la misma se preste, en su caso, la conformidad a que se refiere el artículo 97.7 TRLGHPJA.

El nombramiento para cubrir el puesto de Jefatura de Sección se llevará a cabo mediante libre designación entre las personas candidatas que provengan de la plantilla de la Agencia, pudiendo tener lugar el cese, igualmente, por libre remoción en cualquier momento.

Al producirse el cese en el desempeño de la Jefatura de Sección, la persona cesada será adscrita a un puesto de trabajo correspondiente a su grupo profesional en su mismo centro de trabajo o, en su defecto, provincia.

En el caso de quedar desierta la convocatoria pública, la Dirección General designará directamente a un/a trabajador/a para desempeñar las funciones de Jefatura de Sección.

8. Procedimiento de reclamación:

Los interesados podrán presentar reclamaciones ante la Gerencia en el plazo de cinco días laborables desde la publicación o resolución de cualquiera de las fases del proceso.

La resolución de la Gerencia sobre la reclamación presentada será recurrible, en el plazo de un mes desde su notificación, ante la Dirección General, cuya resolución será definitiva, y contra la misma podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social en el plazo de dos meses sin necesidad de interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional social.

En el supuesto de que transcurra un mes sin haber sido notificada la resolución que resuelva las reclamaciones, el/la interesado/a podrá formalizar la demanda en el plazo de dos meses ante la jurisdicción social sin necesidad de interponer reclamación previa a la vía judicial social.

En Sevilla a la fecha de la firma digital. El Gerente, Jaime Valenzuela Bruque.»

La solicitud de participación, los anexos, la memoria de estructura orgánica y la información sobre protección de datos y política de privacidad se encuentran publicadas en la web de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía a través del siguiente enlace: www.juntadeandalucia.es/avra/.

Sevilla, 16 de agosto de 2019.- El Gerente, Jaime Valenzuela Bruque.

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