Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 28/01/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Resolución de 20 de diciembre de 2018, de la Delegación Territorial de Educación en Sevilla, de concesión de subvenciones a Federaciones Provinciales de Asociaciones del Alumnado y a Asociaciones del Alumnado en Andalucía de centros docentes sostenidos con fondos públicos encaminadas al fomento de la participación durante el curso 2018-2019.

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La Orden de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo de 2011), de la Consejería de Educación, estableció las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a Federaciones Provinciales de Asociaciones del Alumnado y a Asociaciones del Alumnado en Andalucía de centros docentes sostenidos con fondos públicos para el fomento de la participación.

Por Resolución de 11 de mayo de 2018, junto a lo establecido en el extracto de la misma (BOJA núm. 98, de 23.5.2018), se efectúa la convocatoria para el curso 2018-2019.

Esta Delegación Territorial, en el ejercicio de la delegación de competencias establecida en el artículo 15.1 de la Orden de 14 de enero de 2014 (BOJA núm. 11, de 17.1.2014), por la que se delegan competencias en diversos órganos de la Consejería, y de conformidad con el apartado 13 del Cuadro Resumen de la Orden de 15 de abril de 2011, anteriormente citada, vista la Propuesta de Resolución Definitiva emitida por la Comisión de Evaluación de fecha 26 de noviembre de 2018,

HA RESUELTO

Primero. No conceder ayudas económicas dentro de esta línea de subvención, de acuerdo con lo contemplado en el punto Segundo.

Segundo. Considerar como desestimadas las entidades relacionadas en el documento Anexo, por los motivos que se mencionan en el mismo.

Tercero. Este procedimiento de concesión de ayudas económicas se rige por lo previsto en las bases reguladoras y por lo previsto en la resolución de la convocatoria, así como en las normas que se mencionan a continuación:

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su Disposición final primera.

2. El Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su reglamento.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. La Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, en el Título VII de su texto Refundido, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

5. La Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Andaluza para el ejercicio que se resuelve.

6. El Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos para la concesión de subvenciones de la Junta de Andalucía.

7. La Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

8. La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

9. Y el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.

Cuarto. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, ante el mismo órgano que dicta la presente resolución, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o alternativa y directamente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación/publicación, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, conforme a lo establecido en los artículos 8.2.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 20 de diciembre de 2018.- La Delegada, María Francisca Aparicio Cervantes.

ANEXO

RELACIÓN DE SOLICITUDES DESESTIMADAS

ENTIDADES MOTIVO
FEDERACIÓN PROVINCIAL DE ASOCIACIONES DEL ALUMNADO «SINDICATO DE ESTUDIANTES DE SEVILLA» ERROR EN EL PRESUPUESTO DE LA SUBVENCIÓN SOLICITADA RECOGIDO EN LA REFORMULACIÓN
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