Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 28/01/2019

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 23 de enero de 2019, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se abre plazo para que las personas aspirantes que han superado la fase de oposición para el acceso a la condición de laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en la categoría profesional de Psicólogo/a (1030), presenten el autobaremo de sus méritos.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00149555.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Publicado el listado de personas opositoras que han superado el ejercicio de la fase de oposición por la Comisión de Selección del proceso selectivo para el acceso a la condición de laboral fijo, por el sistema de concurso-oposición, en la categoría profesional de Psicólogo/a (1030), convocado por Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de 24 de mayo de 2018, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en el apartado 4 de la base sexta de dicha resolución, este Instituto Andaluz de Administración Pública

RESUELVE

Primero. Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición disponen de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para presentar, dirigido al Instituto Andaluz de Administración Pública, el autobaremo de sus méritos y, en su caso, el aporte de la documentación acreditativa de los mismos, en el modelo que figura como anexo de la presente resolución.

Segundo. La presentación del modelo de autobaremo se podrá realizar por cualquiera de los procedimientos siguientes:

Presentación telemática:

La presentación electrónica se realizará ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica), en la que tendrán habilitada la opción de «autobaremo».

La solicitud de autobaremo presentada ante el Registro Telemático Único de la Junta de Andalucía no podrá ser modificada en ningún caso, generándose automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como de fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.

Presentación manual:

La presentación se ajustará al modelo que figura como anexo de la presente resolución, y está disponible en la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública (www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica).

Tercero: La documentación acreditativa de los méritos autobaremados deberá ir ordenada y numerada según el orden en que se citen los méritos en el autobaremo, debiendo consistir en fotocopias simples. Los méritos alegados y autobaremados que consten inscritos en el Registro General de la Consejería de Hacienda y Administración Pública no precisarán de acreditación documental por parte de las personas aspirantes que así lo consignaran en su impreso de autobaremo.

Cuarto. Los méritos habrán de ir referidos al día de publicación en el BOJA de la resolución de convocatoria de las presentes pruebas selectivas, de acuerdo con el baremo que se detalla.

Quinto. Los méritos a valorar por la Comisión de Selección, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los alegados, autobaremados y acreditados documentalmente por las personas aspirantes durante el plazo de presentación de autobaremo, no tomándose en consideración los alegados con anterioridad al inicio de ese plazo o con posterioridad a la finalización del mismo, ni aquellos méritos no autobaremados.

Sevilla, 23 de enero de 2019.- El Director, José María Sánchez Bursón.

ANEXO DE AUTOBAREMO

Descargar PDF