Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 180 de 18/09/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Mercantil

Edicto de 24 de mayo de 2018, del Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Cádiz, dimanante de autos núm. 404.06/2011. (PP. 1128/2019).

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NIG: 1101242M20110000356.

Procedimiento: Pz. Inc. concursal oposic. calificación (art. 171) 404.06/2011. Negociado: 6.

De: Administracion Concursal, Ministerio Fiscal.

Contra: Promociones Mijuanca, S.L., José Ibáñez Humanes.

Procuradora: Sra. Ana María Gutiérrez de la Hoz.

EDICTO

En el presente procedimiento 404.06/2011, seguido para la calificación del concurso de Promociones Mijuanca, S.L., CIF B-11787439, y en la que se encuentra afectado de culpabilidad don José Ibáñez Humanes, se ha dictado sentencia, sobre calificación del concurso, que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 351/18

En Cádiz, a 21 de mayo de 2018.

FALLO

Declaro culpable el concurso de Promociones Mijuanca, S.L.

Declaro persona afectada por la calificación a don José Ibáñez Humanes.

Condeno a don José Ibáñez Humanes:

- A la pena de inhabilitación para administrar bienes ajenos por un periodo de cinco años.

- A la pérdida de cualquier derecho que pudiese tener en el presente concurso

- Y a devolver a la masa activa: 56.980,00 €, por la Regularización de la finca 17556, el valor asentado en cuenta 4399.0024, por la venta del vehículo Mercedes, que es saldado el 31.12.2010 con el asiento 1232 en concepto de Regularización, y 11.600 € por la deuda pendiente y regularizada de la embarcación vendida el 5.4.2009 a don José Vicente Sanz Maño.

Condeno a don José Ibáñez Humanes a la cobertura del cien por cien del déficit concursal. Se imponen las costas de este incidente a don José Ibáñez Humanes.

Notifíquese a las partes la presente resolución.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que será resuelto por la Ilustrísima Audiencia Provincial de Cádiz.

Así lo acuerda, manda y firma doña Ana Marín Herrero, Magistrada del Juzgado Mercantil número Uno de Cádiz. Doy fe.

Y encontrándose José Ibáñez Humanes en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Cádiz, a veinticuatro de mayo de dos mil dieciocho.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, y ex Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos).»

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