Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 29/01/2019

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Consejería de Salud y Familias

Resolución de 22 de enero de 2019, de la Delegación Territorial de Igualdad, Salud y Políticas Sociales en Córdoba, por la que se hace pública resolución al amparo del Decreto-ley 3/2017, de 19 de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.

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Habiéndose resuelto por la Secretaría General de Servicios Sociales de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, recurso de alzada núm. 175/2018 y núm. 176/2018, en relación con las solicitudes sobre la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía (Decreto-ley 3/2017 de 19 de diciembre, BOJA núm. 245, 26.12.2017), formuladas por las personas cuyo DNI se relacionan, y tramitadas en los expedientes administrativos que se relacionan, se ha intentado su notificación sin efecto, de forma que, en cumplimiento del art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), se procede a notificar la resolución recaída con el siguiente contenido básico:

EXPTE. DNI/NIE RESOLUCIÓN
3327/2018 49833302F Estimación recurso de alzada
5790/2018 30822568S Estimación recurso de alzada

Advertencia. Asimismo, se indica que contra la citada resolución, que agota la vía administrativa, conforme dispone el art. 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), contra ella cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso Administrativo en Córdoba en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la presente publicación, en los términos previstos en los artículos 25, 45, 46, 78 y demás concordantes de la Ley 29/19998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Córdoba, 22 de enero de 2019.- La Delegada, María de los Ángeles Luna Morales.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44, y en la disposición adicional tercera, de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será determinante a los efectos de su notificación.»

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