Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 04/10/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 18 de septiembre de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 585/2019.

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Procedimiento: 156/19.

Ejecución de títulos judiciales 585/2019. Negociado: 04.

NIG: 2906744420190002013.

De: Don Borja Fernández González.

Contra: Ravicca Delicatessen e Ibéricos, S.L., Calprese, S.L., y Fogasa.

EDICTO

Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 585/2019 a instancia de la parte actora don Borja Fernández González contra Ravicca Delicatessen e Ibéricos, S.L., Calprese, S.L., y Fogasa sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado resolucion de fecha del tenor literal siguiente en su parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral existente entre Borja Fernández González y Ravicca Delicatessen e Ibéricos, S.L., Calprese, S.L., y Fogasa, con efectos desde el día de hoy.

Se condena a dicha empresa a que abone al ejecutante la cantidad de 10.045,45 euros en concepto de indemnización por tal extinción; y 3.005,6 euros en concepto de salarios de trámite.

Notifíquese a las partes este auto con indicación de que frente a la misma, cabe formular recurso de reposición en el plazo de los tres dias hábiles siguientes a su notificación.

Así por este Auto, lo acuerda manda y firma la Iltma. Sra. doña Victoria Gallego Funes, Magistrada Juez del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado Ravicca Delicatessen e Ibéricos, S.L., y Calprese, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a dieciocho de septiembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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