Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 196 de 10/10/2019

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 29 de septiembre de 2019, de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, por la que se declara la caducidad y archivo del procedimiento administrativo de deslinde parcial de la vía pecuaria denominada «Cañada Real de la Armada» en el tramo que discurre desde el Canal del Bajo Guadalquivir hasta el límite con la actuación Buenavista I, en el término municipal de Dos Hermanas, provincia de Sevilla.

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Vista la propuesta de caducidad y archivo del procedimiento administrativo de deslinde de la vía pecuaria denominada «Cañada Real de la Armada», en el tramo que discurre desde el canal del Bajo Guadalquivir hasta el límite con la actuación Buenavista I, en el término municipal de Dos Hermanas, en la Provincia de Sevilla, formulada por la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en Sevilla resultan los siguientes:

HECHOS

Primero. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de fecha 22 de diciembre de 2016, se acordó el inicio del procedimiento administrativo de deslinde y desafectación parcial de la vía pecuaria denominada «Cañada Real de la Armada», en el tramo que discurre desde el canal del Bajo Guadalquivir hasta el límite con la actuación Buenavista I, en el término municipal de Dos Hermanas, en la Provincia de Sevilla.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de fecha 30 de mayo de 2018, se acuerda la tramitación por separado de los procedimientos administrativos de deslinde y desafectación de la vía pecuaria denominada «Cañada Real de la Armada», en el tramo que discurre desde el canal del Bajo Guadalquivir hasta el límite con la actuación Buenavista I, en el término municipal de Dos Hermanas, en la Provincia de Sevilla.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos la resolución del procedimiento de deslinde, en virtud de lo preceptuado en el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y en el artículo 21.1 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Conforme a lo establecido en el artículo 25.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se señala que «En los procedimientos iniciados de oficio, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, no exime a la Administración del cumplimiento de la obligación legal de resolver, produciendo los siguientes efectos:….b) En los procedimientos en que la Administración ejercite potestades sancionadoras o, en general, de intervención, susceptibles de producir efectos desfavorables o de gravamen, se producirá la caducidad. En estos casos, la resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones, con los efectos previstos en el artículo 95.»

Considerando que el plazo máximo determinado para resolver el procedimiento administrativo de deslinde de la vía pecuaria «Cañada Real de la Armada», ha expirado sin recaer resolución expresa, como consecuencia de la ardua tarea en la identificación previa de los titulares colindantes tanto catastrales como registrales asumidos por el Ayuntamiento de Dos Hermanas, en el marco de colaboración administrativa entre ambas administraciones, justificado por el elevado número de interesados.

Vistos la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normativa de obligado cumplimiento,

RESUELVO

Declarar la caducidad y ordenar el archivo del procedimiento de deslinde parcial, instruido por la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en Sevilla, de la vía pecuaria «Cañada Real de la Armada», en el tramo que discurre desde el canal del Bajo Guadalquivir hasta el límite con la actuación Buenavista I, en el término municipal de Dos Hermanas, en la provincia de Sevilla, iniciado mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de fecha 22 de diciembre de 2016.

El acuerdo por el que se inicie el nuevo procedimiento de deslinde podrá disponer, si procede, la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido no se haya visto alterado por el transcurso del tiempo y que pudieran hacerse valer en un momento posterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de la presente resolución.

Sevilla, 29 de septiembre de 2019.- El Director General, Ángel Andrés Sánchez García.

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