Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 30/01/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 16 de enero de 2019, del Juzgado de lo Social núm. Seis de Málaga, dimanante de autos núm. 384/2018.

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Procedimiento: Procedimiento Ordinario 384/2018. Negociado: 01.

NIG: 2906744420180005043.

De: Don Rubén Reina Ortega.

Abogado: Don Ceferino G. Sánchez Aichmann.

Contra: Red Dimensiona, S.L.

EDICTO

Doña Luciana Rubio Bayo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 384/2018 a instancia de la parte actora don Rubén Reina Ortega contra Red Dimensiona, S.L. sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado resolución de fecha sentencia del tenor literal siguiente:

SENTENCIA nÚM. 466/2018

En Málaga, a cuatro de diciembre de dos mil dieciocho.

Vistos por doña Victoria Gallego Funes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número Seis de Málaga, los precedentes autos número 384/2018 seguidos a instancia de don Rubén Reina Ortega, representado por Letrado/a Sr/a. Sánchez Aichaman, frente a la entidad Red Dimensional, S.L. que no comparece, sobre reclamacion de cantidad.

F A L L O

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Rubén Reina Ortega, frente a la entidad Red Dimensional, S.L, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad 2.632,87 euros, más el interés moratorio del 10% sobre los conceptos salariales.

Notifíquese la presente resolución a las partes y a Fogasa en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma no cabe recurso de suplicación,

Así, por esta, mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado Red Dimensiona, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a dieciséis de enero de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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