Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 30/01/2019

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Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad

Anuncio de 6 de noviembre de 2018, de la Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo en Sevilla, por el que publica la Resolución de 8 de octubre de 2018, por la que se concede Autorización Administrativa previa y de construcción que se cita, ubicada en el término municipal de Alcalá de Guadaíra (Sevilla). (PP. 3072/2018).

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N/Ref.: DE/RGV/JGC.

Expte.: 278.750.

R.E.G.: 4.081.

Visto el escrito de solicitud formulado por Planta Solar OPDE Andalucía 1, S.L.,

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 15 de marzo de 2018, la sociedad mercantil Planta Solar OPDE Andalucía 1, S.L. (B-71324339), solicita Autorización Administrativa previa y de construcción para la implantación de la Instalación fotovoltaica de Generación de Energía Eléctrica conectada a Red denominada «HSF Zafra», con una potencia instalada de 49,99 MW, y ubicada en el término municipal de Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

Segundo. De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante R.D. 1955/2000), así como lo dispuesto en el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (en adelante Decreto 356/2010), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncio en el BOJA número 140, de fecha 20 de julio de 2018, sin que se produjeran alegaciones durante el periodo de exposición pública.

Así mismo, tal y como establece el citado Título VII del RD 1955/2000, se dio traslado por plazo de veinte días de la solicitud y documento técnico, a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos se pronunciaran al efecto y emitieran el informe que correspondiera, son estos:

- Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra.

- Diputación de Sevilla.

- Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

- Enagas, S.A.

- Endesa Distribución Eléctrica, S.L.

- Red Eléctrica de España, S.A.

- Delegación Territorial de M.A. y Ordenación del Territorio.

- Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte.

Dándose la circunstancia de que existe conformidad de la beneficiaria con las alegaciones e informes que en los plazos reglamentarios han sido aportados durante el procedimiento de tramitación, y que obran en el expediente de referencia.

Tercero. Con fecha 5 de marzo de 2018, la compañía Endesa Distribución Eléctrica, S.L., establece a favor de la mercantil Planta Solar OPDE Andalucía 1, S.L., las condiciones de acceso y conexión a la red eléctrica para la evacuación de la energía eléctrica generada por la instalación denominada «HSF Zafra», asignando 49,9 Mwp (45,836 MWn), en una nueva posición de autoproductor ubicada en 132 kV de la SET Dos Hermanas (Distribución).

Cuarto. Con fecha 25 de septiembre de 2018, la Delegación Territorial en Sevilla de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo establecido en el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y de ahorro y de eficiencia energética de Andalucía, emite un informe que acredita la compatibilidad urbanística para la instalación referenciada en las condiciones establecidas en la misma.

Quinto. Con fecha 27 de septiembre de 2018, la Delegación Territorial en Sevilla de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010 emite Informe favorable de carácter vinculante de Autorización Ambiental Unificada, en el cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos naturales.

A los anteriores antecedentes de hecho, le corresponden los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La competencia para resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación Territorial en virtud de lo dispuesto en:

- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

- Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por Decreto 107/2018, de 19 de junio.

- Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

- Decreto de la Presidenta 5/2018, de 6 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

- Real Decreto 1091/1981, de 24 de abril, sobre traspaso de competencias, funciones y servicios a la Junta de Andalucía en materia de Industria y Energía.

- Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Segundo. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos. Y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, en relación con su anexo primero, así como el artículo 30 del Decreto 356/2010, la actuación objeto de la presente resolución está sometida al requisito de Informe Vinculante sobre Autorización Ambiental Unificada, el cual se resolvió favorablemente con fecha 27 de septiembre de 2018. Su texto integro se encuentra a disposición de los administrados en la página web de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente.

Cuarto. Se ha cumplido el trámite reglamentario establecido en el artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de Fomento de las Energías Renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en el que se hace referencia al cumplimiento de los preceptos impuestos por la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Por todo lo expuesto, esta Delegación Territorial en Sevilla de Conocimiento y Empleo de la Junta de Andalucía,

RESUELVE

Primero. Conceder a favor de la sociedad mercantil Planta Solar OPDE Andalucía 1, S.L. (B-71324339), Autorización Administrativa previa y de construcción para la implantación de la Instalación fotovoltaica de Generación de Energía Eléctrica conectada a Red denominada «HSF Zafra», con una potencia instalada de 49,99 MW, y ubicada en el término municipal de Alcalá de Guadaira (Sevilla).

Siendo éstas sus características principales:

Peticionario: Planta Solar OPDE Andalucía 1, SL (B-71324339).

Domicilio: PI Santos Justo y Pastor, s/n, CP 31510, Fustiñana (Navarra).

Denominación de la Instalación: HSF Zafra.

Término municipal afectado: Alcalá de Guadaíra (Sevilla).

Emplazamiento del HSF: Polígono 33, parcelas 32, 33, 35, 40, 39, 7.

Finalidad de la Instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología Fotovoltaica (b.1.1 RD Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos).

Características principales:

Parque Solar Fotovoltaico.

- Campo solar Fotovoltaico constituido por 147.030 paneles fotovoltaicos de 340 Wp de potencia (modelo ETSOLAR ET-p672340WW_1500V módulos o similar), en condiciones STC normalizadas, agrupados en cadenas de 30 unidades en serie montadas sobre estructuras de seguimiento del este al oeste con una separación de 7 metros.

- Conjunto de 28 inversores de 1.637 kVA de potencia AC (modelo Ingecon Sun 1640TLUB630 Outdoor o similar), formando 7 Power Station de 6.560 kVA, agrupados en estaciones de 4 inversores, transformador de 20 kV y celdas de protección y de línea, por tanto la instalación estará formada por 6 subcampos de 6.548 kVA de salida AC y 7.140 kWp de potencia instada en campo solar, y un subcampo de 6.548 kVA de salida AC y 7.150.,2 kWp de potencia instalada en campo solar.

- Dispositivos de mando y protección

- Seguidores a 1 eje horizontal, con rango de seguimiento +60 º a – 60 º, motor de 150 W o similar.

- Red subterránea de media tensión (20 kV) y baja tensión.

- Potencia instalada (pico) de generación: 49,99 MWp (art. 3 R.D. 413/2014).

- Potencia nominal de la instalación: 45,836 MW (art. 3 Decreto 50/2008).

- Tensión de evacuación: 132 kV.

Subestación Eléctrica de Transformación OPDE Zafra.

Emplazamiento en coordenadas U.T.M. aproximadas X=252579 e Y=4146119 del Huso 30S.

Tipo: Privada.

Configuración de la subestación, la subestación estará constituida:

- Parque de 132 KV explotación del Promotor.

- Parque de 20 KV explotación del Promotor.

- Transformación explotación del Promotor.

- Sistema de control y protecciones.

- Sistema de Medida.

- Sistema de Servicios Auxiliares.

- Sistema de Telecomunicaciones.

- Sistema de puesta a tierra.

- Sistema de Seguridad.

Las posiciones de la Subestación serán las siguientes:

- 1 posición de línea de 132 kV.

- 1 Posición de transformación de 50 MVA.

- 4 posiciones de 20 kV en edificio prefabricado.

- 1 posición de medida.

- 1 posición de reserva de medida.

- 1 posición de control.

- Posición de servicios auxiliares.

Segundo. Esta Autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la puesta en servicio de la instalación:

- Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones que han sido preceptivas para concederla, caduquen o bien queden igualmente sin efecto.

- El plazo de puesta en marcha será de dos años contados a partir de la fecha de la presente resolución. Transcurrido dicho plazo sin que el peticionario hubiese obtenido, previa solicitud por razones justificadas, prórroga del mismo, podrá entenderse la caducidad del mismo.

- El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en funcionamiento.

- Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.

- La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella. En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes.

- El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos, empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos por el órgano competente en materia medio ambiental.

Tercero. Habiéndose presentado en esta Delegación Territorial, Proyecto de Desmantelamiento y Restitución de la presente instalación, se acredita el cumplimiento del art. 52.6 de la Ley 7/2002 y se establece el importe de la garantía a constituir por parte del titular, en una cuantía igual al importe de los gastos de restitución de los terrenos a su estado original, Ochocientos cuarenta y cuatro mil doscientos diecisiete euros (844.217 €), que deberá constituirse ante el Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaira (Sevilla).

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 6 de noviembre de 2018.- El Delegado, Juan Borrego Romero.

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