Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 23/10/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de septiembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Granada, dimanante de autos núm. 741/2017. (PP. 2430/2019).

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NIG: 1808742C20170015109.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 741/2017. Negociado: 2.

De: Caixabank, S.A.

Procurador/a: Sr/a. Luisa María Guzmán Herrera.

Letrado: Sr. Juan José García García.

Contra: María Elvira Gutiérrez Cruz y José Chicano Román.

Procuradora: Sra. Silvia Molino Guerrero.

Letrado: Sr/a. Juan Antonio Luque Maza.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 741/2017 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Granada a instancia de Caixabank, S.A., contra María Elvira Gutiérrez Cruz y José Chicano Román se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 41/2019

En Granada, a 20 de marzo de 2019.

Doña Claudia M.ª López Peña, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Granada, habiendo visto los presentes autos del Juicio Ordinario núm. 741/17, seguidos a instancia de la mercantil Caixabank, S.A., representada por la procuradora Sra. Guzmán Herrera y asistida por el letrado Sr. García García contra don José Chicano Román y doña María Elvira Gutiérrez Cruz, en situación ambos de rebeldía procesal, sobre incumplimiento contractual.

FALLO

Estimo la demanda interpuesta por Caixabank, S.A., frente a don José Chicano Román y doña María Elvira Gutiérrez Cruz sobre reclamación de cantidad, y debo efectuar los siguientes pronunciamientos:

Primero. Condeno, conjunta y solidariamente, a don José Chicano Román y a doña María Elvira Gutiérrez Cruz a abonar a la actora la cantidad de once mil quinientos treinta euros con noventa y cuatro céntimos (11.530,94), más el interés remuneratorio que se devengue desde el día diecisiete de mayo de dos mil diecisiete hasta el completo pago.

Segundo. Condeno a los demandados al pago de las costas procesales. Notifíquese a la partes la presente resolución haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este órgano judicial en el plazo de veinte días, previa consignación del depósito de cincuenta euros legalmente establecido, el cual será resuelto por la Audiencia Provincial de Granada. Así lo mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada María Elvira Gutiérrez Cruz extiendo y firmo la presente en Granada, a nueve de septiembre de dos mil diecinueve.- El Letrado de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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