Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 23/10/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 19 de septiembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Chiclana de la Frontera, dimanante de autos núm. 309/2016. (PP. 2560/2019).

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NIG: 1101542C20160001163.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 309/2016. Negociado: 4.

De Industrial de Elevación, S.A.

Contra: Chester Construcciones, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 309/2016 seguido a instancia de Industrial de Elevación, S.A., frente a Chester Construcciones, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por la representación procesal de Industrial de Elevación, S.A., y en consecuencia, condeno a Chester Construcciones, S.L., a abonar a la actora la suma de quinientos ochenta y dos euros y setenta y dos céntimos (582,72 euros), así como los intereses legales devengados por dicha suma desde el momento de interposición de la demanda que da origen a esta litis. Todo ello con expresa imposición de las costas devengadas en estos autos a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y contra ella no cabe interponer recurso ordinario alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgado en primera instancia, lo acuerda, manda y firma, Elena Porras García, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Chiclana y su partido judicial.

Publicación. Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Juez que la dicta, celebrando audiencia pública en el día de la fecha. De todo ello doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Chester Construcciones, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Chiclana de la Frontera, a diecinueve de septiembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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