Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 207 de 25/10/2019

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 3 de septiembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Estepona, dimanante de autos núm. 298/2014. (PP. 2276/2019).

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NIG: 2905142C20140001475.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 298/2014. Negociado: RM.

De: Cdad. P. Las Terrazas de Bel-Air.

Procuradora: Sra. Patricia Salazar Alonso.

Contra: María Isabel Cervantes Gallego, Ramón García Sánchez y Banco Popular Español, S.A.

Procuradora: Sra. Inmaculada Alonso Chicano.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 298/2014, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instruccion núm. Uno de Estepona, Málaga, a instancia de Cdad. P. Las Terrazas de Bel-Air contra María Isabel Cervantes Gallego, Ramón García Sánchez, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 140/2016

En Estepona, a 20 de octubre de 2016.

En nombre de S.M. El Rey,

En la ciudad de Estepona, a 20 de octubre de dos mil dieciséis, Jesús Torres Núñez, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de esta ciudad, ha visto los presentes autos de Juicio Verbal tramitados en este Juzgado bajo el número 298/2014, a instancia de la Comunidad de Propietarios Terraza de Bel-Air de Estepona, representada por la Procuradora de los Tribunales doña Patricia Salazar Alonso y defendida por el Letrado don Juan M. Caracuel Caracuel, contra doña María Isabel Cervantes Gallego y don Ramón García Sánchez, en situación jurídico-procesal de rebeldía, todo ello en acción de reclamación de cantidades derivadas de la existencia de comunidad de propietarios –Propiedad Horizontal–, cifradas en 2.458,71 euros, más intereses y costas. Por todo ello, dicto la presente sentencia.

F A L L O

En atención a lo expuesto, estimo la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales, doña Patricia Salazar Alonso, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Terraza de Bel-Air de Estepona, contra doña María Isabel Cervantes Gallego y don Ramón García Sánchez, en situación jurídico-procesal de rebeldía, por lo que acuerdo:

1. Condeno a doña María Isabel Cervantes Gallego y don Ramón García Sánchez a que entreguen a la Comunidad de Propietarios Terraza de Bel-Air de Estepona, la cantidad de 2.458,71 euros en concepto de principal, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, y con aplicación de lo dispuesto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

2. Condeno a doña María Isabel Cervantes Gallego y don Ramón García Sánchez al pago de las costas procesales devengadas.

Notifíquese la anterior resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma es firme y no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así lo pronuncio, mando y firmo, don Jesús Torres Núñez, Magistrado-Juez de Adscripción Territorial ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Estepona.

El Magistrado-Juez.

Publicación. La presente sentencia ha sido dictada en el día de la fecha, dándosele la publicación prevista en las disposiciones legales. Doy fe.

La Letrada de la Administración de Justicia

Estepona, a tres de septiembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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